Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2006 (03/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de diciembre de 2006

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Declaran como MORDAZA de Tratamiento Especial a la provincia fronteriza de Purus
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Ucayali, mediante Oficio Nº 0604-2006-G.R. UCAYALI-P-GGR-SG, recibido el 1 de diciembre de 2006) ORDENANZA REGIONAL Nº003-2006-GRU/CR Pucallpa, 16 de febrero del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica vigente, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion-Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Modificado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº28013 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de febrero del 2006. CONSIDERANDO: Que, el Inc. a) del Art. 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru establece que son deberes primordiales del Estado, ente otros, defender la soberania nacional, promover el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion, establecer y ejecutar la politica de fronteras; asi como promover la integracion, el desarrollo y la cohesion de las zonas fronterizas, en concordancia con la politica exterior. Que, mediante Acuerdo Nº 006-2003 "Se acuerda por mayoria dar un tratamiento especial a la provincia de Purus por parte del Gobierno Regional de Ucayali, para que las instituciones de Desarrollo Social y Economico realicen Proyectos que les permita ejecutar obras en beneficio Provincial, acordado en Sesion de Consejo de fecha 20 de enero del 2003. Que, el Gobierno Central ha dispuesto la creacion del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, como organo de Poder Ejecutivo encargado de proponer la politica de Estado en materia de Desarrollo Fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento (Art. 1º del D.S. Nº 057-2001-PCM). Para la ejecucion de sus funciones se han establecido, como organos desconcentrados tres Comisiones Macro-Regionales de Desarrollo Fronterizo. Asimismo se dispuso el establecimiento de Comites Regionales de Desarrollo Fronterizo, cuyas funciones seran asumidas por el organo consultivo del Gobierno Regional. Igualmente, al nivel de gobiernos locales se dispuso el establecimiento de Comites para el Desarrollo Integral Sostenible de la Provincia/Distrito, propuestos de conformidad con la R.S. Nº 358-2001-PCM, que aprueba los Lineamientos Basicos para el Desarrollo Integral de Zonas de Frontera y de Menor Desarrollo Relativo. Que, mediante R.S. Nº 358-2001-PCM, se aprueban los Lineamientos Basicos para el Desarrollo Integral de Zonas de Fronteras y de Menor Desarrollo Relativo, que tienen como finalidad la formulacion de

un esquema de promocion del desarrollo regional (en zonas de fronteras) que se sustente en una politica de transferencia directa de recursos a la poblacion beneficiaria; y gestiones a traves de diversos mecanismos que tendrian como objetivo fomentar su desarrollo a largo plazo a traves de: - Estudios de Pre-inversion para su aplicacion en las zonas de frontera. - Inversion en formacion de capital humano. - Prestacion coordinada de infraestructura y bienes publicos. - Acuerdos de cooperacion e integracion fronteriza entre el Peru y Brasil. - Un fondo de fomento a la competitividad local, aplicando el enfoque de corredor economico. - Utilizacion de la via fluvial y el MORDAZA brasilero. - Implementacion de circuitos de informacion directa a la poblacion que permita la transparencia y el seguimiento del manejo de los recursos asignados a los programas, planes y proyectos. - El cumplimiento del Tratado de 1910 con el Brasil de Libre Negociacion y Comercio para formalizar la conexion multimodal con MORDAZA de Dios. Que, la debil estructura MORDAZA en las zonas de Purus, las deficiencias de su articulacion en el territorio Regional, la carencia de infraestructura de apoyo a las actividades productivas, la falta de normas para la promocion de la inversion privada y la escasa importancia y diversificacion de los servicios, limitan sus posibilidades de desarrollo ubicandolas en una situacion de desventaja frente a los procesos de integracion fronteriza promovidos por el Peru y Brasil. Que, es necesario articular las acciones de la Region y de las organizaciones representativas de las sociedades de las zonas de frontera, a fin de promover y orientar adecuadamente el desarrollo y la integracion fronteriza. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de febrero del 2006; ORDENA: Articulo Primero.DECLARAR MORDAZA DE TRATAMIENTO ESPECIAL A LA PROVINCIA FRONTERIZA DE PURUS, con la finalidad de fomentar su desarrollo, dinamizar la economia comercial y promover la integracion fronteriza con el Brasil, dentro de un MORDAZA comercial, cultural y ambiental. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ucayali, la elaboracion de los lineamientos basicos y la coordinacion con las demas instituciones para el cumplimiento de la presente ordenanza, bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ucayali, disponer las acciones para que las Gerencias Regionales elaboren proyectos dirigidos hacia la provincia de Purus, el cumplimiento a la presente ordenanza, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ucayali, continuar con la actividad de vuelos de apoyo civicos con el presupuesto correspondiente para la provincia de Purus. Por tanto mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6369-1

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