Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2006 (03/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

333953

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2006-CDB Barranco, 30 de noviembre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO: El Informe N° 153-2006-SGL-GAFT/MDB de la Subgerencia de Logistica en la Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Logistica mediante informe N° 153-2006-SGL-GAFT/MDB informa que el MORDAZA de Concurso Publico CP-001/MDB-06 para la contratacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos, iniciado el 22 de MORDAZA del 2006 y con otorgamiento de buena pro en acto publico, el 26 de junio, ha sido interrumpido con el recurso de apelacion presentado por el postor no ganador Innovaciones Tecnologicas del Medio Ambiente S.A., con fecha 5 de MORDAZA del 2006; Que, de conformidad al Art. 153° del D.S. Nº 0842004-PCM ­ Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el recurso de apelacion suspende el MORDAZA desde su interposicion hasta que la resolucion que se pronuncie sobre el mismo MORDAZA quedado consentida; Que, el anterior contrato suscrito para abastecer el referido servicio vence el 3 de diciembre del 2006; Que, el servicio de recojo de residuos solidos es un servicio sumamente importante que no puede dejarse de prestar a la comunidad por cuanto su ausencia compromete la salud y bienestar de la comunidad barranquina; Que, el articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, TUO de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente con la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas de la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, en este caso nos encontramos ante un hecho extraordinario e imprevisible que reviste la forma de desabastecimiento inminente;Que, el literal c) del articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala expresamente que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, el articulo 20° del D. S. Nº 083-2004-PCM, TUO de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el articulo 146° de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, dichos Informes son los del Visto; Que, de conformidad con el literal c) del articulo 20° del D.S. Nº 083-2004-PCM, TUO de Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales. Asimismo, MORDAZA de dicho Acuerdo y los Informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del articulo 19º de la Ley, seran publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, conforme al Informe de la Subgerencia de Logistica, el plazo que se pretende exonerar es de 90 dias calendario o hasta la suscripcion del contrato derivado del MORDAZA regular, si esto ocurre primero, y el monto por el cual se efectuara la exoneracion es hasta por S/. 90,000 (Noventa Mil Nuevos Soles), monto que debera contar con la aprobacion presupuestal correspondiente; De acuerdo con lo informado y conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; con el MORDAZA mayoritario de sus miembros, y con la dispensa de la aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE el Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos, en el distrito de Barranco. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion correspondiente, autorizando a la Subgerencia de Logistica a contratar el "Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos" a traves de acciones inmediatas conforme a lo dispuesto por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por el plazo de 45 dias calendario o hasta la suscripcion del contrato derivado del MORDAZA regular, si esto ocurre primero, hasta por suma de S/. 90,000 (Noventa Mil Nuevos Soles), monto que debera afectarse en la partida presupuestal 5.3.11.34 "Contratacion de Empresa de Servicios". Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA del presente Acuerdo y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal tomar las acciones correspondientes en caso que existieran responsabilidades que sancionar. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 6400-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Crean programa especial de saneamiento tributario Tributar es Avanzar 2006
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 129-MDCH Chaclacayo, noviembre 30 del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO

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