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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de diciembre de 2006 333958 funcional, solicitarán al Órgano de Control Institucional el respectivo examen. Artículo Sétimo.- PUBLICAR, el presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Octavo.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 6392-1 Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2006-A/MC Comas, 27 de noviembre del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMASCONSIDERANDO:Que, el 12 de diciembre próximo se celebra el 45º Aniversario de la Creación Política del distrito de Comas, provincia de Lima; Que, ante este importante acontecimiento, es deber de Gobierno Local estimular la Participación Ciudadana, elevando los auténticos valores nacionales y de compromiso, así como el respeto a nuestros antepasados y remembranzas a los sucesos notables consecuentes con nuestra realidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le con fi ere el Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades ; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL, de todos los inmuebles del distrito de Comas, desde el día 4 al 13 de diciembre del 2006, con ocasión de conmemorarse el 45º Aniversario de la Creación Política del distrito de Comas, provincia de Lima. Artículo Segundo.- El incumplimiento de este dispositivo dará lugar a las sanciones de Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y la Unidad de Relaciones Públicas, la implementación y difusión del presente Decreto, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 6386-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Fijan montos que deberán abonar contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2007 ORDENANZA Nº 286-MDMM Magdalena del Mar, 23 de nopviembre de 2006EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARPOR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 24 de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades que brindan el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de los recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, a cobrar por dichos servicios un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza, Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al Ejercicio 2007; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º, artículos 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZAArtículo 1º.- Fíjese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes o responsables tributarios, por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuesto y distribución de las declaraciones juradas del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2007. Por cada predio adicional se abonará S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Dichos montos se cancelarán conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2007. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 1.00 (Uno y 00/100 Nuevos Soles), el monto mensual que deberán abonar los contribuyentes o responsables tributarios, por concepto de derecho de emisión mecanizada y distribución de las liquidaciones de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo por cada predio correspondiente al Ejercicio 2007. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 6389-1 Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2007 ORDENANZA Nº 287-MDMM Magdalena del Mar, 23 de noviembre de 2006EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 24 de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera