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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (03/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de diciembre de 2006 333950 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2004-PCM, se aprueba la estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004 - 2015, cuya misión es brindar mejores condiciones para mejorar la disponibilidad, acceso, uso y estabilidad de alimentos para garantizar la seguridad alimentaría y nutricional de la población peruana, priorizando los grupos vulnerables y en pobreza extrema, contribuyendo con la soberanía Alimentaria del país; Que, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 059-2006-GR.DS-GR Puno del 31 de marzo del 2006, se conforma el Comité Impulsor para la elaboración de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria en la Región Puno, el que estaba integrado por instituciones públicas y privadas competentes en materia de seguridad alimentaría; Que, se debe entender por seguridad alimentaria al acceso material y económica alimentos su fi cientes y nutritivos para todas las personas, de manera que puedan ser utilizados adecuadamente, para satisfacer sus necesidades nutricionales y llevar una vida sana, sin correr riesgos indebidos, depender de dicho acceso, incorporando los conceptos de disponibilidad, uso y estabilidad en el suministro de alimentos. Que, la voluntad política del Gobierno Regional Puno de contribuir a la soberanía y seguridad alimentaría regional y eliminar o disminuir los efectos de los diversos factores determinantes de inseguridad alimentaría de los grupos vulnerables y en extrema pobreza; Que, la responsabilidad de contribuir a la seguridad alimentaría es competente no solo de un sector, sino que corresponde a varios sectores del Estado, al Sector Privado y a la Sociedad Civil en su conjunto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modi fi cada por Ley Nº 27902, estipula en el artículo 6to. Que el desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y e fi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones, que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográ fi ca, el desarrollo social equitativo orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de los varones y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, la referida Ley, en el articulo 49 establece las funciones en materia de salud, consistente en formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia de las políticas nacionales y planes sectoriales; Por lo que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno en uso de las facultades contenidas por el artículo 37 literal a) de la Ley Nº 27867 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales por unanimidad de sus miembros. ORDENA: Artículo Primero: Aprobar el documento de Gestión denominado “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria ERSA 2006- 2015”, así como el documento complementario denominado “Problemática de la Seguridad Alimentaria y Nutricional en la Región Puno”, los mismos que como anexo forman parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo: Insertar en los Planes Regionales Sectoriales la “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria ERSA 2006-2015”. Artículo Tercero: Orientar las inversiones de los sectores públicos y privados y de la sociedad civil en el marco de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria ERSA 2006 – 2015. Artículo Cuarto: Conformar el Consejo Regional de Seguridad Alimentaría de la Región Puno, con la fi nalidad de implementar un conjunto de acciones para viabilizar la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaría 2006-2015, el mismo que estará conformado por las siguientes instituciones: Gobierno Regional de Puno representados por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Gerencia Regional de Desarrollo Económico Dirección Regional de SaludDirección Regional de EducaciónDirección Regional AgrariaDirección Regional de la ProducciónMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social MINDES: FONCODES - PRONAA Colegios Profesionales: NutricionistasUniversidad Nacional del Altiplano CARE PERU Puno CARITAS PunoGobiernos Locales ProvincialesMesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza Artículo Quinto: El Consejo Regional de Seguridad Alimentaría de la Región Puno elaborará y aprobará el Reglamento Interno, asumiendo las funciones y responsabilidades que de éste se deriven. Artículo Sexto: Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, las coordinaciones para el seguimiento y evaluación de la ejecución y cumplimiento de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria ERSA 2006 – 2015. POR TANTO: Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Puno para su promulgación. En Puno a los diez días del mes de noviembre de Dos Mil Seis. DAVID A, JIMENEZ SARDON Presidente del Consejo Regional de Puno. POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Puno a los diez días del mes de noviembre de Dos Mil Seis. DAVID A, JIMENEZ SARDON Presidente del Gobierno Regional de Puno 6351-1 Aprueban relación de Obras de Electrificación Rural que forman parte del Convenio Nº 004-06-MEM, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 254-2006-PR-GR PUNO Puno, 10 de noviembre de 2006EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PUNOVistos, el O fi cio Nº 360-06-MEM/DEP, Convenio Nº 004-06-MEM, O fi cio Nº 638-2006-GR PUNO/GRDE, sobre aprobación de proyectos de inversión Ley Nº 28880; CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2º bienes, servicios y obras a incluirse del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 por el que se establece el Procedimiento Especial para la Ejecución de las Actividades y Proyectos bajo el Ámbito de la Ley Nº 28880, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, es pertinente aprobar la relación de proyectos a ser ejecutados por el gobierno regional puno, que en Anexo Nº 01, forma parte del Convenio Nº 004-06-MEM celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional Puno; En el marco de las funciones y atribuciones conferidas por los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, Ley N° 27783, Ley N° 27867 y su modi fi catoria Ley N° 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la relación de obras de electri fi cación rural consideradas en el Anexo Nº 01, que forma parte del Convenio Nº 004-06-MEM, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional Puno, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 024-2006. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución así como del Anexo Nº 01 aprobado, en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional Puno. Regístrese, comuníquese y archívese.DAVID ANIBAL JIMÉNEZ SARDON Presidente Regional