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El Peruano Lima, sábado 9 de diciembre de 2006 334279 de manera que se incluya en el procedimiento, a la RAA y la Remuneración Única por Ampliaciones Menores, así como, se modi fi quen los formatos para la entrega de información correspondiente a tales ingresos; Que, finalmente, se ha expedido el Informe legal OSINERG-GART/AL-134-2006 de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, el mismo que complementa la motivación que sustenta la decisión del regulador, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en la Página WEB del OSINERG: www. osinerg.gob.pe, del Proyecto de Resolución que modi fi ca la norma “Procedimiento para la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica del Contrato de Concesión Sistemas de Transmisión Eléctrica ETECEN - ETESUR”, documento que fi gura como Anexo de la presente resolución. Artículo 2°.- Defi nir un plazo máximo de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de prepublicación a que se re fi ere el Artículo 1°, para que los interesados remitan por escrito, a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, ubicado en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima, sus comentarios y sugerencias a la pre-publicación. Dichos comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico N° 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: ra@osinerg. gob.pe. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG la recepción y análisis que se presenten respecto al proyecto de norma, así como, la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo del OSINERG. Artículo 4°.- La presente resolución y su anexo deberán ser publicados en el Diario O fi cial El Peruano. Igualmente deberán ser consignados en la página WEB del OSINERG www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Proyecto de Norma Modi fi cación del “Procedimiento para la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica del Contrato de Concesión Sistemas de Transmisión Eléctrica ETECEN – ETESUR” Las sugerencias al presente documento se recibirán en la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía hasta 15 días calendario contados desde la fecha de la presente publicaciónCorreo Electrónico: ra@osinerg.gob.pe Fax N°: (511) 224 0491 Cartas Dirigidas a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG Av. Canadá 1460 Lima 41, Perú Página Web: www.osinerg.gob.pe Lima, 5 de diciembre de 2006 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN OSINERG N° 635-2006-OS/CD El Estado Peruano suscribió, con la empresa Red de Energía del Perú S.A. (en adelante “REP”), el Contrato de Concesión Sistemas de Transmisión Eléctrica ETECEN y ETESUR (en adelante “CONTRATO REP”), en setiembre de 2002, sobre la base de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de las Normas con Rango de Ley que Regulan la Entrega en Concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos (en adelante “TUO”), aprobado mediante Decreto Supremo N° 059-96-PCM y sus modi fi catorias, en cuyo Artículo 25º, modi fi cado por el Artículo 2° de la Ley N° 26885 establece que “ … El organismo regulador correspondiente velará que se cumplan los términos y condiciones propuestos en la oferta del adjudicatario del respectivo concurso o licitación, formulada de conformidad con los incisos a que se re fi ere este artículo, los que se incorporarán en el contrato de concesión ”. Por su parte, el Anexo Nº 7 del CONTRATO REP estableció los criterios generales para el pago de la Remuneración Anual Garantizada (en adelante “RAG”) a REP, dentro de los cuales se señala el procedimiento de liquidación anual a seguir; así mismo, se dispone que otros procedimientos de detalle sean establecidos, de ser necesario, por el OSINERG. En ese sentido, mediante Resolución OSINERG Nº 336-2004-OS/CD se aprobó el “Procedimiento para la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica del Contrato de Concesión Sistemas de Transmisión Eléctrica ETECEN – ETESUR“ (en adelante el “PROCEDIMIENTO”), con el objetivo de normar el procedimiento complementario para efectuar la liquidación y fi jación anual de la RAG. Posteriormente, con fechas 31 de marzo de 2006 y 26 de julio de 2006 el Estado Peruano y REP ha suscrito minutas mediante las cuales se acuerda la modificación del Contrato REP relacionada con las ampliaciones que construya el referido concesionario de transmisión y con el cálculo de la Remuneración Anual. Con respecto al tema específico de la liquidación, estas minutas han modificado el Anexo Nº 7 del Contrato REP de modo que en el proceso de cálculo de la liquidación se incluya los ingresos provenientes de la Remuneración Anual de las Ampliaciones (“en adelante RAA”) y la Remuneración por las Ampliaciones Menores. Por tal motivo, es necesario modi fi car el PROCEDIMIENTO a fi n de que sea consistente con los cambios efectuados al Contrato REP, de manera que se incluya, en el procedimiento, a la RAA y la Remuneración por Ampliaciones Menores, así como, se modi fi quen los formatos para la entrega de información correspondiente a los mencionados ingresos. ANEXO PROYECTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPER VISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG N° XXX-2006-OS/CD Lima, XX de XXX de 2006PROYECTO