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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de diciembre de 2006 334267 mencionada en el numeral 4.4 precedente, en versión impresa y en forma magnética vía correo electrónico a transferencias2006@cnd.gob.pe, en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la mencionada documentación. 4.6 La validación de la documentación para el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación por parte del CND, será realizada hasta el 15 de diciembre de 2006. 4.7 El CND emitirá y publicará en el Diario O fi cial El Peruano, la correspondiente Resolución que contenga la lista de los Gobiernos Locales Provinciales que hayan cumplido los Mecanismos de Veri fi cación, a más tardar el 20 de diciembre de 2006. 4.8 La suscripción de las Actas de Entrega y Recepción y Convenios de Gestión con los Gobiernos Locales Provinciales, que hayan cumplido los Mecanismos de Verifi cación, se realizará hasta el 31 de enero de 2007. 4.9 La transferencia efectiva de los recursos a Gobiernos Locales Provinciales que hayan cumplido los Mecanismos de Veri fi cación se realizará a partir de enero del año 2007, para lo cual el MIMDES, con opinión favorable del CND, emitirá la norma correspondiente e informará al MEF.” Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO RAZA URBINA Presidente ANEXO “NORMAS ESPECÍFICAS PARA LA TRANSFERENCIA DE LA MAQUINARIA AGRÍCOLA Y PESADA, IMPLEMENTOS Y EQUIPOS AGRÍCOLAS DEL PROGRAMA MAQUINARIA AGRÍCOLA, AGROINDUSTRIAL Y PESADA (PMAAP) DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, INCLUIDA EN EL DECRETO SUPREMO Nº 076-2006-PCM” 1. BASE LEGAL 1.1 Resolución Ministerial Nº 0564-96-AG modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 131-98-AG que crea el Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) como un programa especial del Ministerio de Agricultura. 1.2 Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006. 1.3 Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM que amplia el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006. 2. DEFINICIONES Para efectos del presente Anexo, cuando se haga mención a los términos que se señalan a continuación, se entenderán referidos a: 2.1 Comisión de Transferencia de Entrega: a la reunión de Funcionarios y Servidores Públicos, y/o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, que laboran en el Ministerio de Agricultura que entregará la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP). 2.2 Comisión de Transferencia de Recepción: a la reunión de Funcionarios y Servidores Públicos, o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, que labora en los Gobiernos Regionales que recibirán la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP). 2.3 Informe Preparatorio: al documento elaborado por la Comisión de Transferencia de Entrega que contendrá los resultados del ordenamiento administrativo, técnico y legal de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP). 3. GOBIERNOS REGIONALESSe detalla a continuación la relación de Gobiernos Regionales considerados para la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM: Gobierno Regional Total Equipos Amazonas 5 Ancash 142Apurímac 47Arequipa 91Ayacucho 72Cajamarca 24Cusco 123Huancavelica 22 Huánuco 27 Ica 128Junín 19La Libertad 100Lambayeque 141Lima 90Madre de Dios 9Moquegua 32 Pasco 42 Piura 151Puno 264San Martín 39Tacna 36Tumbes 44Ucayali 19TOTAL 1 667 4. PROCEDIMIENTOS La transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales, sin perjuicio de las disposiciones generales establecidas en la Directiva Nº 004-CND-P-2006, aprobada por la Resolución Presidencial Nº 058- CND-P-2006, se sujetará al siguiente procedimiento: 4.1. El Ministerio de Agricultura, mediante Resolución Ministerial, conforma la Comisión de Transferencia de Entrega, la cual estará presidida por el Viceministro o su representante e integrada, además, por un máximo de tres (3) Funcionarios, Servidores Públicos o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia. El Presidente de la Comisión podrá conformar Subcomisiones de trabajo. 4.2. Los Gobiernos Regionales, mediante Resolución Ejecutiva Regional, conformarán una Comisión de Transferencia de Recepción, que estará presidida por el Titular del Pliego o su representante e integrada, además, por un máximo de tres (3) Funcionarios, Servidores Públicos o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia. 4.3. La Comisión de Transferencia de Entrega, realizará el ordenamiento administrativo, técnico y legal objeto de la transferencia. El Presidente de la Comisión o su representante suscribirá y entregará el Informe Preparatorio a los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción, a más tardar el 28 de febrero de 2007. 4.4. Las Comisiones de Transferencia de Recepción elaborarán la documentación que les permita respaldar el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación que se detallan en el numeral 5 del presente Anexo, la misma que será enviada por los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción al Presidente de la Comisión de Transferencia de Entrega y al Consejo Nacional de Descentralización para su validación, a más tardar el 28 de febrero de 2007. 4.5. El Consejo Nacional de Descentralización revisa y aprueba el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación y emite la Resolución respectiva que declara apto al Gobierno Regional para acceder a la transferencia correspondiente.