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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de diciembre de 2006 334266 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 6567-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN Aprueban Normas Específicas para la transferencia de bienes del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 100-CND-P-2006 Lince, 5 de diciembre de 2006 VISTOS: El Informe Nº 016-2006-CND/GTA y el Informe Nº 066- 2006-CND/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Descentralización, de conformidad con los artículos 22º y 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene a su cargo la dirección y conducción del proceso de descentralización, a cuyo efecto, la Segunda Disposición Transitoria de la norma acotada, lo responsabiliza directamente de todas las acciones y transferencias señaladas en cada una de las etapas del proceso; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, el mismo que dispone las transferencias de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Funciones Sectoriales para el año 2006; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 058- CND-P-2006 se aprobó la Directiva Nº 004-CND-P- 2006: “Normas para la ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia”; Que, la Directiva mencionada establece las disposiciones generales, los procedimientos y los plazos que deberán cumplir las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales para ejecutar las transferencias, según corresponda, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia; así como los Anexos con las normas especí fi cas para las transferencias dispuestas por el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, que aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006; Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM se incorporó en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, la transferencia de maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales; Que, en tal sentido, resulta pertinente dictar la normatividad especí fi ca que establezca los procedimientos, los plazos y los mecanismos de veri fi cación que deberán cumplir el Ministerio de Agricultura y los Gobiernos Regionales receptores, de manera tal, que se ejecute la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP); Que, de otro lado mediante O fi cio Nº 364-2006/ MIMDES/DVMDS, de fecha 22 de noviembre de 2006, el Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, debido a inconvenientes en la suscripción de los Convenios de Cooperación, solicita la reprogramación de los plazos establecidos en el numeral 4. del Anexo 4 “Normas especí fi cas para la transferencia de los programas de complementación alimentaria del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, incluidos en el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM” de la Directiva Nº 004-CND-P-2006 aprobada mediante la Resolución Presidencial Nº 058-CND-P-2006; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesión Ordinaria de fecha 10 de julio de 2006, y de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 27783 y sus normas modi fi catorias, la Ley Nº 27867 y sus normas modi fi catorias y complementarias, la Ley Nº 28273, los Decretos Supremos Nºs 021-2006-PCM y 076-2006-PCM, y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Descentralización, aprobado por Resolución Presidencial Nº 036-CND-P-2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Normas Especí fi cas para la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura dispuesta por el Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, las mismas que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Incorporar el documento aprobado por el artículo 1º como Anexo 5 de la Resolución Presidencial Nº 058-CND-P-2006. Artículo 3º.- Modi fi car el numeral 4 del Anexo 4 de la Directiva Nº 004-CND-P-2006 aprobada mediante la Resolución Presidencial Nº 058-CND-P-2006, el cual queda redactado de la siguiente manera: “4. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS 4.1 Solicitud de Transferencia de los Programas del PRONAA, por parte de los Gobiernos Locales Provinciales, será dirigida al CND y se presentará por escrito hasta el 26 de julio de 2006, en las O fi cinas Zonales del PRONAA. 4.2 La suscripción del Convenio de Cooperación se realizará hasta el 30 de noviembre de 2006. 4.3 La ejecución de los Convenios de Cooperación se inicia a partir de su suscripción y tendrá vigencia hasta 31 de enero de 2007. 4.4 La documentación que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación, será dirigida al CND y presentada por los Gobiernos Locales, en formato impreso en las O fi cinas Zonales del PRONAA, hasta el 11 de diciembre de 2006. 4.5 Las O fi cinas Zonales del PRONAA, son responsables de remitir al CND, tanto las Solicitudes de Transferencia, a las que se re fi ere el numeral 4.1 del presente Anexo, como la documentación que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación, presentada por los Gobiernos Locales Provinciales,