Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

335069

b) Velar por el buen funcionamiento del Area Natural Protegida, la ejecucion de sus Planes y el cumplimiento de la normatividad vigente; c) Proponer medidas que armonicen el uso de los recursos con los objetivos de conservacion del Area Natural Protegida; d) Supervisar el cumplimiento de los contratos y/o convenios relacionados al manejo del area; e) Supervisar el cumplimiento de los Contratos de Administracion vigentes para el Area Natural Protegida; f) Participar en la elaboracion del respectivo Plan Maestro y velar por su cumplimiento; g) Proponer acciones conducentes a la defensa del Patrimonio de la Nacion vinculado al Area Natural Protegida; h) Facilitar la coordinacion intersectorial para apoyar la gestion de la administracion del Area Natural Protegida; i) Proponer iniciativas para la captacion de recursos financieros; y, j) En el caso que el Area Natural Protegida sea parte de una Reserva de Biosfera, el Comite de Gestion asume las funciones del Comite de Coordinacion de la MORDAZA hasta su consolidacion. Articulo 4º.- Objetivos Los objetivos del Comite de Gestion comprenden: a) Colaborar y apoyar en la gestion y administracion del Area Natural Protegida; b) Coordinar y promover un MORDAZA concertado entre las diferentes instancias sociales, politicas y economicas de la MORDAZA para la gestion y administracion del Area Natural Protegida; c) Absolver consultas y emitir opiniones sobre los asuntos que el Jefe del Area Natural Protegida o la Direccion General, ponga a su consideracion; d) Proponer y facilitar procesos para la elaboracion de normas sobre la gestion del Area Natural Protegida, que MORDAZA posteriormente puestas a consideracion de la Direccion General; e) Apoyar la difusion de la conservacion del Area Natural Protegida; y, f) Apoyar a la administracion del Area Natural Protegida en la conservacion de la misma, el desarrollo de procesos participativos, manejo de conflictos y busqueda de sinergias. Articulo 5º.- Reglamento de Sesiones y Funcionamiento El Reglamento de Sesiones y Funcionamiento del Comite de Gestion, debe contener, la descripcion de su organizacion interna; la lista de integrantes del mismo, indicando el ente al que pertenecen, de ser el caso; procesos para la toma de decisiones; periodicidad de reuniones y actividades; convocatoria y eleccion de cargos; entre otros. El articulo 20º del Reglamento establece que la Intendencia, mediante Resolucion, puede establecer un Reglamento modelo. Articulo 6º.- Reconocimiento El reconocimiento de los Comites de Gestion de las Areas Naturales Protegidas del SINANPE y el reconocimiento de la designacion de los integrantes de su Comision Ejecutiva, compete al INRENA a traves de una Resolucion de Intendencia de Areas Naturales Protegidas. En el caso de las Areas de Conservacion Regional, corresponde otorgar dicho reconocimiento al Gobierno Regional. Articulo 7º.- Participacion La participacion ciudadana es un derecho que se ejerce voluntariamente en forma individual o colectiva, en la busqueda que se recojan los legitimos intereses individuales o de grupo de la poblacion local. Siendo el Comite de Gestion un mecanismo de participacion ciudadana de la mayor importancia para la gestion de las areas naturales protegidas, corresponde al mismo promoverla en todos sus niveles, incluso en los de direccion. Las Areas Naturales Protegidas del SINANPE y las Areas de Conservacion Regional cuentan cada una con Comite de Gestion conformado por un numero no inferior a cinco (5) miembros. En el Comite de Gestion deberan encontrarse representados todos los vinculados a las actividades que

se desarrollan en el area natural protegida, representantes de los gobiernos locales, gobiernos regionales, sector publico y privado, asi como de la poblacion local y de manera especial de los miembros de comunidades campesinas o nativas que desarrollan sus actividades en el ambito de dichas areas. Articulo 8º.- De la Comision Ejecutiva El Comite de Gestion cuenta con una Comision Ejecutiva la cual es su organo ejecutor, uno de cuyos miembros es el Presidente del Comite de Gestion. La conformacion de la Comision Ejecutiva es estipulada por la Asamblea General del Comite de Gestion. La Comision Ejecutiva tiene un minimo de cinco (5) miembros; la Intendencia promueve la equidad en la representacion, con un fuerte componente de la sociedad civil; por ello fomenta que los integrantes de la Comision Ejecutiva incluyan representantes de mas de una actividad economica. Articulo 9º.- Sesiones descentralizadas de la Comision Ejecutiva Un minimo del 40% de las sesiones de la Comision Ejecutiva sera llevada a cabo en lugares distintos a los de la sede administrativa principal del area natural protegida. La determinacion de las localidades donde se llevaran a cabo las mismas debera ser establecida en el Reglamento de Sesiones y Funcionamiento y debera cubrir el ambito del area natural protegida, en tanto sea posible. Estas sesiones deberan convocarse con una anticipacion minima de quince (15) dias comunicando publicamente de las mismas en igual periodo en el local Municipal u otro local estatal principal mediante avisos, en espanol y en el idioma o lengua MORDAZA de mayor uso, invitando a todos los interesados a asistir. Articulo 10º.- Participacion en las sesiones de la Comision Ejecutiva Las sesiones de la Comision Ejecutiva son publicas. Toda persona tiene derecho de asistir aunque su participacion con voz se limita a lo que senale en su momento el Presidente de la misma. En todo caso en todas ellas debe participar un representante del Jefe del ANP o quien este delegue. Capitulo II Procedimiento para el Reconocimiento y Funcionamiento de los Comites de Gestion de las Areas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE y de las Areas de Conservacion Regional Articulo 11º.- Procedimiento para el reconocimiento El reconocimiento de los Comites de Gestion de las areas naturales protegidas del SINANPE, y de las areas de conservacion regional lo realizara el INRENA a traves de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas, organo que emite una Resolucion de Intendencia; el Gobierno Regional realiza el reconocimiento de las areas de conservacion regional a traves de la MORDAZA correspondiente. Para ello se debera seguir el siguiente procedimiento: a) El Jefe del area natural protegida propone al organo competente, Intendencia de Areas Naturales Protegidas o Gobierno Regional segun corresponda, un plan de actividades con su respectivo cronograma. Dicho plan de actividades incluira, una lista tentativa de los integrantes y de ser el caso su organizacion por ambitos geograficos; de existir presupuesto programar previamente reuniones informativas y materiales de difusion; todo lo cual debe ser comunicado previamente a la Intendencia; b) Con el visto MORDAZA del superior competente, el Jefe del area natural protegida invita a los actores involucrados a la Asamblea de Fundacion la misma que debe conducir hasta la designacion de la Comision Ejecutiva, organo que conduce las asambleas a partir de la aludida Asamblea de Fundacion. En la Asamblea de Fundacion los asistentes manifiestan individualmente su interes de conformar el Comite de Gestion del (las) area(s) natural(es) protegida(s), designan a los integrantes de la Comision Ejecutiva Interina, y encargan la elaboracion de su Reglamento de Sesiones y Funcionamiento; c) La Agenda de la Asamblea de Fundacion debe incluir, entre otros puntos:

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