Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

1. Charla informativa, del Jefe del ANP o un representante de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas o Gobierno Regional, segun corresponda, respecto a la naturaleza y objetivos del Comite de Gestion; 2. Identificacion de las instituciones y personas asistentes; 3. Breve MORDAZA de cada institucion y personas, precisando su interes en participar del Comite; 4. Definicion del mecanismo de identificacion de votantes, asi como metodos de votacion para dicha Asamblea, en base a la propuesta que presente el Jefe del area natural protegida; 5. Eleccion de la Comision Ejecutiva, entre cuyos miembros deben elegir al Presidente del Comite de Gestion; 6. Determinacion del plazo para elaborar una propuesta de Reglamento de Sesiones y Funcionamiento, en base al modelo aprobado la Intendencia; y, 7. Revision de la conformacion del Comite para identificar a las personas y grupos de interes que aun no estan adecuadamente representados en el Comite a fin de cursarles invitaciones a unirse al mismo. d) En el caso de instituciones publicas o personas juridicas, MORDAZA publicas o privadas, el representante legal de cada una de ellas debe remitir una comunicacion formal a la Presidencia del Comite de Gestion manifestando su conformidad de participar en el Comite de Gestion e identificando un representante titular y un alterno para efectos del mismo; dicha comunicacion debe tambien especificar la vigencia de la representacion, la misma que no podra ser mayor del mandato del representado. Igualmente se MORDAZA en el caso de que el representante titular o alterno deje de pertenecer a las instituciones publicas o personas juridicas MORDAZA publicas o privadas, debiendo comunicar a la Presidencia del hecho y designar a los nuevos representantes titular y alterno; e) El jefe del area natural protegida actua como secretario del Comite de gestion llevando las actas de las sesiones tanto de la Asamblea de Miembros como de la Comision ejecutiva; f) El Presidente del Comite de Gestion comunica formalmente a la Intendencia o Gobierno Regional, segun sea el caso, acerca de la conformacion del Comite de Gestion y la eleccion de los integrantes de su Comision Ejecutiva Interina, asi como indica el plazo en el que se comprometen a presentar su propuesta de Reglamento de Sesiones y Funcionamiento, el mismo que no podra exceder de treinta (30) dias naturales; g) Una vez que la Comision encargada de elaborar la propuesta de Reglamento de Sesiones y Funcionamiento, apruebe la misma, el Presidente del Comite de Gestion pone a consideracion de la Intendencia o del Gobierno Regional, segun sea el caso, el reconocimiento del Comite de Gestion del area natural protegida, la conformacion de la Comision Ejecutiva y la aprobacion del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento. Debiendo adjuntar a su solicitud el mencionado reglamento debidamente suscrito por los miembros de la Comision Ejecutiva, MORDAZA de Acta de Asamblea de Fundacion y MORDAZA de las cartas de designacion de los miembros del Comite de Gestion. La Intendencia o Gobierno Regional, segun sea el caso, en un periodo de hasta veinte (20) dias naturales analiza si la propuesta esta enmarcada dentro de las pautas que la normatividad establece al respecto; de considerarlo pertinente, la puede observar. Transcurrido dicho periodo y de no mediar observacion escrita de la Intendencia o Gobierno Regional, la Asamblea de Miembros procede a su aprobacion. Dicha aprobacion es comunicada formalmente a los referidos organos; h) El Intendente Areas Naturales Protegidas o el Presidente del Gobierno Regional, en el plazo de veinte (20) dias naturales luego de recibida la solicitud de reconocimiento a la que se refiere el punto anterior, emiten la Resolucion de Intendencia o la MORDAZA que corresponda al Gobierno Regional de Reconocimiento, que incluye el primer reconocimiento a la Comision Ejecutiva; i) La Comision Ejecutiva Interina ejerce sus funciones como tal hasta la notificacion de la Resolucion de Intendencia o MORDAZA del Gobierno Regional de reconocimiento; j) El Comite de Gestion queda formalmente instalado en la primera asamblea de instalacion posterior a los reconocimientos a los que se alude en el articulo 6º del presente documento.

Dicha sesion es dirigida por el Presidente del Comite y con la asistencia del Jefe del area natural protegida. En la misma sesion la Comision Ejecutiva automaticamente deja de tener la naturaleza de interina para todos los efectos; k) Las propuestas de modificaciones al mencionado Reglamento son, previamente a su aprobacion, remitidas a la Intendencia o Gobierno Regional para su analisis. El Comite de Gestion funciona en adelante, de acuerdo a lo que establece su Reglamento, y promoviendo el dialogo, coordinacion, intercambio de informacion y concertacion entre sus miembros; asi como dedicandose a los roles encomendados por la normatividad aplicable. Articulo 12º.- En caso el area natural protegida no cuente con un Jefe En caso el area natural protegida no cuente con Jefe oficialmente designado, para el caso de las areas naturales protegidas del SINANPE, el Intendente a solicitud de parte o de oficio designara a la persona que asumira las funciones designadas para el mismo en el presente Procedimiento y solo hasta la designacion del Jefe. Con respecto al Gobierno Regional, esta instancia decidira sobre la designacion. Capitulo III Procedimiento para la Renovacion de Reconocimiento de las Comisiones Ejecutivas de los Comites de Gestion de las Areas Naturales Protegidas del SINANPE y de las Areas de Conservacion Regional; asi como, para la aprobacion del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento Articulo 13º.- Renovacion Cada dos (02) anos, en base a criterios de eficacia y eficiencia, se renueva el reconocimiento a la Comision Ejecutiva y la aprobacion del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de los Comites de Gestion de las areas naturales protegidas del SINANPE y de las Areas de Conservacion Regional a traves de la respectiva MORDAZA emitida por los organos competentes. Articulo 14º.- Procedimiento para la renovacion Para la emision de la MORDAZA respectiva se sigue el siguiente procedimiento: a) MORDAZA de los noventa (90) dias naturales para que se cumpla con los dos (2) anos de tener vigencia la Resolucion de Intendencia de Reconocimiento o Renovacion vigente, el Jefe del area natural protegida o, en caso no estar designado este oficialmente, el Director de Operaciones de la Intendencia, emite un informe al Intendente en el cual analiza las labores desempenadas por la Comision Ejecutiva, y sobre la aplicabilidad del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento en el ultimo periodo, y si es que se debe renovar el Reconocimiento; b) Sobre la base de dicho informe y a su consideracion, el Intendente emite una Resolucion en la cual renueva o no el reconocimiento. De considerar que la renovacion no es adecuada, establece un plazo no mayor a ciento veinte (120) dias naturales para la conformacion de una nueva Comision Ejecutiva y/o aprobacion de un MORDAZA Reglamento de Sesiones y Funcionamiento; c) Si el Intendente no ha emitido una Resolucion de Renovacion hasta el dia siguiente de vigencia del reconocimiento anterior, el mismo se realiza automaticamente por un periodo igual. Capitulo IV De los Mecanismos de Organizacion de los Presidentes de los Comites de Gestion de las Areas Naturales Protegidas Articulo 15º.- Promocion de mecanismos Se promueve la implementacion de uno o varios mecanismos que organicen las iniciativas de caracter nacional o regional que los Presidentes de los Comites de Gestion decidan promover, como una via adicional a fin de efectivizar la participacion ciudadana. Estos mecanismos puede contemplar el establecimiento de un Consejo de Coordinacion, o figura similar. Articulo 16º.- Autonomia de los mecanismos de organizacion

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