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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (27/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de diciembre de 2006 335493 Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2005- VIVIENDA se autorizó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a suscribir con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, la Cuarta Addenda al Convenio aprobado por Resolución Suprema Nº 009-2004-VIVIENDA, a fin de ejecutar el componente del Programa Mejoramiento Integral de Barrios denominado Mejoramiento Integral de Viviendas y Pueblos Rurales “Mejorando Mi Pueblo”; y autoriza al Ministerio a efectuar transferencias hasta por un monto total de Ocho Millones Trescientos Ochenta y Seis Mil Novecientos Cuarenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles (S/. 8 386 947, 00) para ser administrados por el PNUD; Que, según el Informe Técnico Nº 029-2006- VIVIENDA-PMMP/DNG del Proyecto Mejorando Mi Pueblo, se considera que en el marco de la Resolución Suprema Nº 009-2005-VIVIENDA, el Convenio suscrito con el PNUD y la Cuarta Addenda, es conveniente realizar la transferencia fi nanciera de S/. 1 977 724,98 (Un Millón Novecientos Setenta y Siete Mil Setecientos Veinticuatro y 00/98 Nuevos Soles) para la ejecución de ocho de los Proyectos del componente Mejoramiento Integral de Viviendas y Pueblos Rurales - Mejorando Mi Pueblo; Que, de conformidad con el artículo 75º inciso h) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por Ley Nº 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el Programa Mi Barrio; De conformidad con la Ley Nº 27792, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto modi fi cada por Ley Nº 28652, y la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 - Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006 aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF-76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera por un monto de S/. 1 977 724,98 (UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/98 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para la ejecución de ocho Proyectos de Mejoramiento Integral de Viviendas y Pueblos Rurales - Mejorando Mi Pueblo: Nombre del Proyecto Código SNIPMonto a Transferir CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS EN LA AV. MIGUEL F. CERRO, DEL CENTRO POBLADO DE VICE33821 S/. 269 322,90 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO POBLADO DE RUMISAPA35602 S/. 210 234,38 CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS EMPEDRADOS, VEREDAS Y ESCALINATAS DE LOS JIRONES CUZCO, PUNO, BOSQUES Y MALCONGA DISTRITO DE AMARILIS–PROVINCIA DE HUANUCO - HUANUCO36302 S/. 265 721,79 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO POBLADO DE CACATACHI35748 S/. 210 234,38 CONSTRUCCIÓN PLAZA PRINCIPAL DE LLACUARI C. P. LLACUARI, DISTRITO DE SINCOS – JAUJA - JUNÍN36050 S/. 169 863,59 AMPLIACIÓN DE LA PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE LOS COLONOS36458 S/. 293 163,75 PAVIMENTACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS EN LAS CALLES 2 DE MAYO Y MIGUEL GRAU DEL CENTRO POBLADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ANDAJES36622 S/. 270 085,84 PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS DE LAS CALLES 28 DE JULIO Y SAN MARTÍN DEL CENTRO POBLADO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE MARAY37091 S/. 289 098,35 TOTAL S/. 1 977 724, 98 Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2006 de la Unidad Ejecutora 002 Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad: Transferencias para intervenciones del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios, en la Fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 9821-2 Aprueban transferencia financiera a favor del BANMAT para la administración y entrega de subsidios que permitan la construcción de viviendas en sitio propio o mejoramiento en zonas urbanas y rurales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 503-2006-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2005- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 081-2005-PCM, se declara en Estado de Emergencia por desastre natural las provincias de Lamas, San Martín, El Dorado, Moyobamba, Huallaga, Picota, Mariscal Cáceres, Bellavista, Tocache y Rioja del departamento de San Martín, las provincias de Chachapoyas, Luya, Rodríguez de Mendoza y Utcubamba del departamento de Amazonas; las provincias de Bolívar y Pataz del departamento de La Libertad; la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto; la provincia de Huari del departamento de Ancash; y las provincias de San Ignacio y Celendín del departamento de Cajamarca; así como las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro del departamento de Moquegua; Que, por Decreto Supremo Nº 022-2005-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 040-2006-VIVIENDA se crea el Programa de Reconstrucción de Viviendas en las zonas y localidades afectadas por los sismos del 25 de septiembre y 1 de octubre del 2005 adscrito al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2005, autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2005, hasta por la suma de S/. 416 000 000,00 en la fuente de Recursos Ordinarios, habiéndose considerado el pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con la suma S/. 19 636 845,00 y corresponde al Programa de Reconstrucción de Viviendas la suma de S/.10 000 000,00 y luego mediante Resolución Ministerial Nº 300-2005-VIVIENDA se aprobó el desagregado y detalles que se destinan al Proyecto de Apoyo Social y Obras de Emergencia; Que, asimismo, según el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 032-2005 se autorizó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para que mediante Resolución de su Titular, realice las transferencias fi nancieras que resulten necesarias para las entidades que participan de la ejecución del Programa Reconstrucción de Viviendas, creado mediante Decreto Supremo Nº 022-2005-VIVIENDA, incluyendo entre otros al Banco de Materiales S.A.C.- BANMAT y, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2005-VIVIENDA se aprobó las transferencias fi nancieras hasta por el monto de S/. 8 274,045,00 de los cuales a favor del BANMAT S/. 4 531 290.00 ; a favor de COFOPRI S/. 994 073, 00 y a favor de SENCICO S/. 367 276,00 respectivamente; Que, la Ley Nº 28880, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006 hasta S/. 1 937 189 157,00 y según la Distribución del Gasto del Gobierno Nacional, Anexo 2 asigna S/. 9 687 128,00 al Programa Reconstrucción de Viviendas; Que, mediante Informe Técnico Nº 273-2006/PREV, del Programa Reconstrucción de Viviendas, se requiere la transferencia fi nanciera por S/. 9 513 128, 00 a BANMAT (Nueve Millones Quinientos Trece Mil Ciento Veintiocho