Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2006 (07/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 7 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00300

De conformidad con el Articulo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00301

JNE
Autorizan realizacion de publicidad estatal referida al Primer Congreso Iberoamericano de Catastro "Gestion Catastral, Nuevas Tecnologias y Registro de Propiedad Inmueble", presentada por la SUNARP
RESOLUCION Nº 426-2005-JNE
MORDAZA, 29 de diciembre de 2005 VISTO el Oficio Nº 1231-2005-SUNARP-GG, de fecha 27 de diciembre de 2005, mediante el cual la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos solicita al MORDAZA Nacional de Elecciones le autorice realizar publicidad estatal; CONSIDERANDO: Que, analizados los contenidos de la MORDAZA publicitaria para el Primer Congreso Iberoamericano de Catastro denominado "Gestion Catastral, Nuevas Tecnologias y Registro de Propiedad Inmueble", cuya autorizacion solicita la entidad, la misma que esta impresa en los modelos de afiches y volantes que se adjuntan a la solicitud, tenemos, que los mismos no hacen alusion u otra senal similar al de alguna organizacion politica de forma tal que la ciudadania la relacione directa o indirectamente, con esta o con el partido politico gobernante; por tanto, no contravienen lo dispuesto en el articulo 192º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859; Por el considerando expuesto, El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la realizacion de la publicidad estatal referida al Primer Congreso Iberoamericano de Catastro denominado "Gestion Catastral, Nuevas Tecnologias y Registro de Propiedad Inmueble", presentada por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos mediante el Oficio Nº 1231-2005-SUNARP-GG. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 00185

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 567-2005-CG
MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 Visto, el Informe Especial Nº 391-2005-CG/ORCH, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Bellavista - MORDAZA, por el periodo enero 1996 - diciembre 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control de la Contraloria General de la Republica y en virtud a las denuncias presentadas ante este Organo Superior de Control, se dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Distrital de Bellavista - MORDAZA, a fin de determinar si los recursos municipales manejados a traves de una cuenta corriente en una entidad bancaria se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa, y si se ha cumplido con el MORDAZA de transferencia relacionado con la entrega de toda la documentacion de propiedad municipal, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente; Que, como resultado de la referida accion de control, la Comision de Auditoria ha determinado que como consecuencia de la acumulacion de los intereses moratorios del saldo deudor generado en la citada cuenta corriente, asi como, por la falta de realizacion de gestiones que hubieran detenido el incremento de dichos intereses por parte de las ex autoridades municipales, se ha ocasionado deuda, demanda y posterior sentencia judicial a favor de la entidad bancaria, hecho que ha generado un dano economico a la mencionada entidad por el importe de S/. 255 547,75, el mismo que debe ser resarcido conforme a lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto;

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