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PÆg. 309569 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico opresunción de ilícito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, elinicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00300 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 567-2005-CG Lima, 30 de diciembre de 2005 Visto, el Informe Especial Nº 391-2005-CG/ORCH, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Bellavista - Cajamarca, por el período enero 1996 - diciembre 2002; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control de la Contraloría General de la República y en virtud a las denuncias presentadas ante este Órgano Superior deControl, se dispuso la ejecución de una acción de control en la Municipalidad Distrital de Bellavista - Cajamarca, a fin de determinar si los recursos municipales manejados através de una cuenta corriente en una entidad bancaria se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa, y si se ha cumplido con el proceso de transferencia relacionadocon la entrega de toda la documentación de propiedad municipal, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente; Que, como resultado de la referida acción de control, la Comisión de Auditoría ha determinado que como consecuencia de la acumulación de los interesesmoratorios del saldo deudor generado en la citada cuenta corriente, así como, por la falta de realización de gestiones que hubieran detenido el incremento de dichosintereses por parte de las ex autoridades municipales, se ha ocasionado deuda, demanda y posterior sentencia judicial a favor de la entidad bancaria, hecho que hagenerado un daño económico a la mencionada entidad por el importe de S/. 255 547,75, el mismo que debe ser resarcido conforme a lo previsto en el artículo 1321º delCódigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las accioneslegales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, elinicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto;De conformidad con el Artículo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra lospresuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00301 J N E Autorizan realización de publicidad estatal referida al Primer Congreso Iberoamericano de Catastro "Gestión Catastral, Nuevas Tecnologías yRegistro de Propiedad Inmueble",presentada por la SUNARP RESOLUCIÓN Nº 426-2005-JNE Lima, 29 de diciembre de 2005 VISTO el Oficio Nº 1231-2005-SUNARP-GG, de fecha 27 de diciembre de 2005, mediante el cual laSuperintendencia Nacional de los Registros Públicos solicita al Jurado Nacional de Elecciones le autorice realizar publicidad estatal; CONSIDERANDO: Que, analizados los contenidos de la campaña publicitaria para el Primer Congreso Iberoamericano de Catastro denominado "Gestión Catastral, NuevasTecnologías y Registro de Propiedad Inmueble", cuya autorización solicita la entidad, la misma que está impresa en los modelos de afiches y volantes que se adjuntan a lasolicitud, tenemos, que los mismos no hacen alusión u otra señal similar al de alguna organización política de forma tal que la ciudadanía la relacione directa o indirectamente,con ésta o con el partido político gobernante; por tanto, no contravienen lo dispuesto en el artículo 192º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859; Por el considerando expuesto, El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la realización de la publicidad estatal referida al Primer Congreso Iberoamericano de Catastro denominado "Gestión Catastral, Nuevas Tecnologías y Registro de Propiedad Inmueble", presentadapor la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos mediante el Oficio Nº 1231-2005-SUNARP-GG. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENAS VELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIABALLÓN-LANDA CORDOVA, Secretario General 00185