TEXTO PAGINA: 47
PÆg. 309553 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de enero de 2006 Que, en tal sentido, es necesario emitir el acto administrativo mediante el cual se designa al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la licenciada MARITZA MARGOT DOMINGUEZ GAMARRA,en el cargo de Asesor II (F-5) de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 00245 VIVIENDA Modifican el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, aprobado mediante R.M. N” 231-2005-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2006-VIVIENDA Lima, 5 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial, el cual fue modificado por los DecretosSupremos Nºs. 030-2002-MTC, 014-2002-VIVIENDA y Nº 011-2003-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se declaró de interés nacional la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y bajola administración del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creó el Bono Familiar Habitacional como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, otorgado por una sola vez al grupo familiarbeneficiario, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, mediante el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, aprobado por Resolución Ministerial Nº 273-2003-VIVIENDA, seestablecieron los requisitos para la inscripción en el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, considerados proyectos de viviendas de interés social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005- VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento del Bono Familiar Habitacional y, por Resolución Ministerial Nº 215-2005-VIVIENDA y su modificatoria Resolución Ministerial Nº 227-2005-VIVIENDA se aprobó el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional, que contiene lasmodalidades de aplicación del BFH, así como otras disposiciones referidas a la postulación, asignación y desembolso del mismo; Que, es necesario efectuar modificaciones al Reglamento de Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 231-2005-VIVIENDA, para su mejor operatividad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 3º, el artículo 18, la quinta disposición complementaria, la primera disposición transitoria y el anexo 8-A y 8-B del Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio,aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 231-2005- VIVIENDA. “Artículo 3º.- Alcances 1. Permitir el registro de proyectos de Viviendas de Interés Social - VIS, que no superen los valores establecidos para el otorgamiento del BFH, establecidos en el Reglamento del Bono Familiar Habitacional. 2. Proporcionar orientación y facilidades a los promotores y ETs para el adecuado desarrollo de sus proyectos durante el tiempo de vigencia del registro. 3. La inscripción en el Registro de Proyectos de Vivienda es gratuita y obligatoria para participar en el Programa Techo Propio.” “Artículo 18º.- Constancia de Registro La constancia de Registro, faculta al Promotor, ET y/u Organización a participar en el Proyecto en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio postulación colectiva. Esta tendrá carácter temporaly se otorgará de acuerdo a la solicitud propuesta por el Promotor o ET. La vigencia de la constancia es de doce (12) meses a partir de la emisión de la misma, vencido esteplazo, el Promotor y la ET quedarán imposibilitados de participar en el Programa Techo Propio, sin necesidad de comunicación escrita alguna. (Anexo 11). La constancia se podrá emitir por etapas, según los requisitos presentados por el Promotor o ET para activar el número de viviendas requerido. A solicitud del promotor o ET, se podrá ampliar el plazo de vigencia de la Constancia de Registro más de una vez, para lo cual se deberá presentar documentaciónsustentatoria.” La constancia no autoriza la construcción de las viviendas. El Promotor o ET deberá realizar el trámite correspondiente ante la municipalidad respectiva. Para los casos de Construcción en Sitio Propio postulación Individual y Mejoramiento de Vivienda en las dos modalidades, no se emitirá constancia alguna, solo bastará con el procedimiento establecido en el artículo17º. Para la reactivación de las siguientes etapas, el Promotor deberá presentar la documentación establecida en losnumerales 7.1.1, 7.1.2 y 7.4.4, siempre y cuando no se haya variado el proyecto DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA “Quinta.- Las Constancias que a la fecha de publicación del presente, se encuentren vencidas, podrán renovar su vigencia (como Constancia de Registro según el Artículo 18º del presente Reglamento) actualizando ladocumentación establecida en los siguientes numerales: 7.1.2,7.2.1, 7.2.2, 7.3.1, 7.4.1, 7.4.2, de ser el caso.” DISPOSICIÓN TRANSITORIA “Primera.- El plazo establecido para la presentación de la documentación mencionada en la quinta disposición complementaria, es hasta el viernes 17 febrero del 2006. Vencido este plazo los proyectos que no hayan podidorenovar la vigencia de su constancia, quedarán fuera del registro de proyectos del Programa Techo Propio.” Artículo 2º.- Anular el Anexo 3 correspondiente a modelos de Carta Fianza del Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio,aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 231-2005- VIVIENDA. Regístrese, publíquese y cúmplase. RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento