Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2006 (07/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 7 de enero de 2006

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, en tal sentido, es necesario emitir el acto administrativo mediante el cual se designa al funcionario que desempenara dicho cargo; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la licenciada MARITZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Asesor II (F-5) de la Asesoria Tecnica de la Alta Direccion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 00245

Articulo 1º.- Modificar el articulo 3º, el articulo 18, la MORDAZA disposicion complementaria, la primera disposicion transitoria y el anexo 8-A y 8-B del Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 231-2005VIVIENDA. "Articulo 3º.- Alcances 1. Permitir el registro de proyectos de Viviendas de Interes Social - VIS, que no superen los valores establecidos para el otorgamiento del BFH, establecidos en el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional. 2. Proporcionar orientacion y facilidades a los promotores y ETs para el adecuado desarrollo de sus proyectos durante el tiempo de vigencia del registro. 3. La inscripcion en el Registro de Proyectos de Vivienda es gratuita y obligatoria para participar en el Programa Techo Propio." "Articulo 18º.- MORDAZA de Registro La MORDAZA de Registro, faculta al Promotor, ET y/u Organizacion a participar en el Proyecto en la modalidad de Adquisicion de Vivienda Nueva y Construccion en Sitio Propio postulacion colectiva. Esta tendra caracter temporal y se otorgara de acuerdo a la solicitud propuesta por el Promotor o ET. La vigencia de la MORDAZA es de doce (12) meses a partir de la emision de la misma, vencido este plazo, el Promotor y la ET quedaran imposibilitados de participar en el Programa Techo Propio, sin necesidad de comunicacion escrita alguna. (Anexo 11). La MORDAZA se podra emitir por etapas, segun los requisitos presentados por el Promotor o ET para activar el numero de viviendas requerido. A solicitud del promotor o ET, se podra ampliar el plazo de vigencia de la MORDAZA de Registro mas de una vez, para lo cual se debera presentar documentacion sustentatoria." La MORDAZA no autoriza la construccion de las viviendas. El Promotor o ET debera realizar el tramite correspondiente ante la municipalidad respectiva. Para los casos de Construccion en Sitio Propio postulacion Individual y Mejoramiento de Vivienda en las dos modalidades, no se emitira MORDAZA alguna, solo bastara con el procedimiento establecido en el articulo 17º. Para la reactivacion de las siguientes etapas, el Promotor debera presentar la documentacion establecida en los numerales 7.1.1, 7.1.2 y 7.4.4, siempre y cuando no se MORDAZA variado el proyecto DISPOSICION COMPLEMENTARIA "Quinta.- Las Constancias que a la fecha de publicacion del presente, se encuentren vencidas, podran renovar su vigencia (como MORDAZA de Registro segun el Articulo 18º del presente Reglamento) actualizando la documentacion establecida en los siguientes numerales: 7.1.2,7.2.1, 7.2.2, 7.3.1, 7.4.1, 7.4.2, de ser el caso." DISPOSICION TRANSITORIA "Primera.- El plazo establecido para la MORDAZA de la documentacion mencionada en la MORDAZA disposicion complementaria, es hasta el viernes 17 febrero del 2006. Vencido este plazo los proyectos que no hayan podido renovar la vigencia de su MORDAZA, quedaran fuera del registro de proyectos del Programa Techo Propio." Articulo 2º.- Anular el Anexo 3 correspondiente a modelos de Carta Fianza del Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 231-2005VIVIENDA. Registrese, publiquese y cumplase. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

VIVIENDA
Modifican el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, aprobado mediante R.M. Nº 231-2005-VIVIENDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 002-2006-VIVIENDA
MORDAZA, 5 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Habilitacion y Construccion MORDAZA Especial, el cual fue modificado por los Decretos Supremos Nºs. 030-2002-MTC, 014-2002-VIVIENDA y Nº 011-2003-VIVIENDA; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se declaro de interes nacional la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y bajo la administracion del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, otorgado por una sola vez al grupo familiar beneficiario, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, mediante el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 273-2003-VIVIENDA, se establecieron los requisitos para la inscripcion en el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, considerados proyectos de viviendas de interes social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005VIVIENDA, se aprobo el MORDAZA Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional y, por Resolucion Ministerial Nº 2152005-VIVIENDA y su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 227-2005-VIVIENDA se aprobo el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional, que contiene las modalidades de aplicacion del BFH, asi como otras disposiciones referidas a la postulacion, asignacion y desembolso del mismo; Que, es necesario efectuar modificaciones al Reglamento de Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 2312005-VIVIENDA, para su mejor operatividad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

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