Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2006 (15/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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creditos preferenciales o financiamientos a las micro y pequenas empresas, buscando lineas especiales para este fin, procedentes de organismos financieros nacionales o internacionales, en coordinacion con otros sectores; g) Otras funciones que se le asigne. Articulo 40º.- De la Unidad de Registro. Son funciones de la Unidad de Registro: a) Establecer, organizar, procesar expedientes y mantener en funcionamiento el Registro Nacional de las Personas con Discapacidad, gremios e instituciones de personas con discapacidad, instituciones de servicio relacionadas, asi como profesionales, docentes y tecnicos que tengan vinculacion con la poblacion con discapacidad; b) Formular, ejecutar, evaluar la expedicion del documento que acredita la inscripcion de personas naturales, juridicas y otro MORDAZA de instituciones, en el Registro Nacional, desarrollando planes informaticos que garanticen la seguridad, confidencialidad y confiabilidad en la informacion; c) Disenar y elaborar reportes estadisticos del Registro estableciendo indicadores de gestion para la toma de decisiones; d) Otras funciones que se le asigne. CAPITULO III DIRECCION DE NORMATIVIDAD. Articulo 41º.- De la Direccion de Normatividad. 41.1 Es el organo tecnico de linea, encargado de formular, proponer, cautelar y hacer cumplir los dispositivos de proteccion, atencion e igualdad de oportunidades de la persona con discapacidad. Esta a cargo de un funcionario, quien depende de la Secretaria Ejecutiva y tiene las siguientes funciones: a) Cautelar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la normatividad pertinente nacional o internacional referida al respeto de los derechos: economicos, sociales, culturales, deportivos, civiles, politicos, al desplazamiento, equiparidad y accesibilidad de la persona con discapacidad; b) Evaluar y proponer en materia de discapacidad toda MORDAZA y resolucion para la prevencion, atencion e integracion social de las personas con discapacidad; asi como de mecanismos para la supervision y participacion y vigilancia ciudadana para el cumplimiento de la normatividad en materia de discapacidad; c) Dirigir los mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones que en materia de discapacidad se encuentran reguladas; d) Proponer reglamentos que permitan precisar la organizacion y responsabilidades de intervencion de personas con discapacidad mediante sus organizaciones en los planes, programas y proyectos que el CONADIS desarrolla; e) Propiciar el desarrollo de eventos dirigidos al publico en general para difundir y promover el cumplimiento de las resoluciones y normatividad referidas a personas con discapacidad estableciendo mecanismos e instancias de supervision y vigilancia ciudadana; f) Evaluar y proponer documentos de concertacion con el sector privado para la obtencion de beneficios en aspectos de prevencion, seguridad social, rehabilitacion, atencion de salud, trabajo, educacion, deportes y accesibilidad; g) Coordinar con las unidades organicas de linea de la institucion, los mecanismos que permitan la adecuada supervision de los organismos competentes en materia de discapacidad, demandando acciones de cumplimiento de aplicacion y respeto a la normatividad vigente. h) Evaluar y proponer los dispositivos, directivas, normas y criterios necesarios para el funcionamiento de una red de apoyo a las organizaciones de personas con discapacidad en el ambito Nacional, Regional y Local; i) Formular, ejecutar y evaluar su Plan Operativo; j) Otras funciones que se le asigne. 41.2 La Direccion de Normatividad cuenta con los siguientes organos: - Unidad de Desarrollo Normativo. - Unidad de Control Normativo.

Articulo 42º.- De la Unidad de Desarrollo Normativo. Son funciones de la Unidad de Desarrollo Normativo: a) Formular en materia de discapacidad toda MORDAZA y resolucion para la prevencion, atencion e integracion social de las personas con discapacidad; asi como de mecanismos para la supervision y participacion y vigilancia ciudadana para el cumplimiento de la normatividad en materia de discapacidad; b) Estructurar reglamentos que permitan precisar la organizacion y responsabilidades de intervencion de personas con discapacidad mediante sus organizaciones en los planes, programas y proyectos que el CONADIS desarrolla; c) Organizar y ejecutar eventos dirigidos al publico en general para difundir y promover el cumplimiento de las resoluciones y normatividad referidas a personas con discapacidad; d) Formular y proponer documentos de concertacion con el sector privado para la obtencion de beneficios en aspectos de prevencion, seguridad social, rehabilitacion, atencion de salud, trabajo, educacion, deportes y accesibilidad; e) Formular dispositivos, directivas, normas y criterios necesarios para el funcionamiento de una red de apoyo a las organizaciones de personas con discapacidad en el ambito Nacional, Regional y Local; f) Otras funciones que se le asigne. Articulo 43º.- De la Unidad de Control Normativo. Son funciones de la Unidad de Control Normativo: a) Disenar y ejecutar mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones que en materia de discapacidad se encuentran regulados; b) Disenar e implementar mecanismos e instancias para la supervision y vigilancia ciudadana de la normatividad en materia de Discapacidad; c) Desarrollar programas de supervision de los organismos competentes, demandando acciones de cumplimiento de aplicacion y respeto a la normatividad en materia de discapacidad; d) Atender las denuncias, pedidos y reclamos de las personas con discapacidad, gremios e instituciones de y para las personas con discapacidad, sobre el incumplimiento de las normas que regulan temas de discapacidad; e) Proponer la actualizacion de las disposiciones normativas que regulan la materia de discapacidad; f) Otras funciones que se le asigne. TITULO IX REGIMEN ECONOMICO Articulo 44º.- De los recursos economicos. De conformidad con la Ley Nº 27050 constituyen recursos economicos del CONADIS, los siguientes: a) Los recursos asignados presupuestalmente por el Estado. b) El porcentaje de los recursos obtenidos mediante juego de loteria y similares, realizados por las Sociedades de Beneficencia conforme lo establece la MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 26918, o directamente manejados por los gremios de las personas con discapacidad. c) Los recursos directamente recaudados obtenidos por el desarrollo de sus actividades y por los servicios que presta, asi como por las multas impuestas por incumplimiento de las disposiciones de la Ley Nº 27050 y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 003-2000-PROMUDEH. d) Los recursos provenientes de la cooperacion tecnica internacional. e) Las donaciones y legados. f) Los fondos provenientes de las colectas que organice oficialmente. TITULO X REGIMEN LABORAL Articulo 45º.- Del regimen laboral. El personal del CONADIS esta sujeto al regimen laboral de remuneraciones y beneficios sociales establecidos para los trabajadores de la Administracion Publica, por Decreto Legislativo Nº 276.

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