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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G33/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de enero de 2006 postulante Marko Ortega Pineda en el primer lugar del Orden de Mérito con 53.50 puntos; quedando comoelegibles los postulantes: Percy Donato Aza Morales en elsegundo lugar con 52.50 puntos y Francisco Loayza en el tercer lugar con 51.10 puntos; De conformidad con el cuarto párrafo del numeral 5.3.4 PROCESO DE SELECCIÓN DE LA DIRECTIVA Nº 001-CND-P-2003 LINEAMIENTOS GENERALES PARA ELCONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE DIRECTORESREGIONALES SECTORIALES, aprobada por Resolución Directoral Nº 012-CND-P-2003; En el marco de las funciones y atribuciones conferidas por los artículos 197º y 198º de la Constitución Política delPerú, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modificatoria LeyNº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de puesto y de funciones de DIRECTOR REGIONAL DETRANSPORTES Y COMUNICACIONES PUNO del GOBIERNOREGIONAL DE PUNO, efectuado a través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 293-2005-PR-GR.PUNO el 11 de noviembre de 2005, al servidor de carrera ZENON MARTÍNPALOMINO ASENCIO, a partir del 31 de diciembre de 2005,dándole gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR en el cargo de confianza de DIRECTOR REGIONAL de TRANSPORTES y COMUNICACIONES del GOBIERNO REGIONAL DE PUNO, a don MARKO ORTEGA PINEDA, a partir del 3 de enerode 2006, en mérito al contenido del Informe N° 01-2005-GR PUNO/MTC, emitido por la Comisión de Concurso. Regístrese, comuníquese y archívese. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDON Presidente Regional 00855 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G66/G65/G62/G72/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2006 La Molina, 13 de enero de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 13981 de fecha 6 de febrero de 1962, se creó el distrito de La Molina en la provincia deLima; Que, la Municipalidad Distrital de La Molina ha organizado un homenaje con motivo de celebrar el XLIV Aniversario desu Creación Política, programando realizar en estaimportante fecha diversos actos cívicos-culturales; Que, asimismo conviene reafirmar los sentimientos de Civismo de la Comunidad como medio para lograr su unión y prosperidad; Estando al mérito de lo expuesto y a las facultades conferidas por el Artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de La Molina, desde el 1 al 28 defebrero del 2006 , con motivo de conmemorarse el XLIV Aniversario de la Creación Política del distrito de La Molina. Artículo Segundo.- Las instituciones públicas y privadas, así como los domicilios particulares de la jurisdicción, darán cumplimiento al presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia de Imagen, Comunicación y Participación Vecinal la difusión delpresente dispositivo municipal; y, a la Policía Municipal laverificación de su cumplimiento.Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 00836 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G79/G20/G52/G65/G6C/G69/G67/G69/G6F/G73/G6F/G20/G67/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G6F/G2C /G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6C/G20/G32/G35/G20/G64/G65/G20/G66/G65/G62/G72/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2006 La Molina, 13 de enero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a lasmunicipalidades como órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es política de la actual administración otorgar las mayores facilidades a los vecinos del distrito que deseenregularizar y/o formalizar su estado civil ante el registrocorrespondiente, de conformidad con lo establecido en el Código Civil; Que, a la fecha en la jurisdicción del distrito, existen parejas que, por diversas razones, no han podido contraermatrimonio; por lo que, a efectos de proteger la familia yfomentar esta institución fundamental y básica de lasociedad, resulta pertinente convocar a un Matrimonio Comunitario Civil y Religioso gratuito; Que, mediante Ordenanza Nº 031-2000, se aprobó la exoneración del pago de derechos, la dispensa de lapublicación de Edictos Matrimoniales y la exoneración delos plazos legales para la celebración de los MatrimoniosCiviles Comunitarios que realice la municipalidad; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Comunitario Civil y Religioso gratuito en lajurisdicción del distrito de La Molina, a realizarse el día 25de febrero del 2006. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Bienestar Social y Desarrollo Humano y a la Unidad de Registros Civiles el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 00837 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1106-2005 La Molina, 30 de diciembre de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27806 modificada por la Ley Nº 27927, se aprobó la “Ley de Transparencia y Acceso ala Información”, la misma que promueve la transparencia