Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2006 (16/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 16 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, los articulos 201º y 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senalan que para obtener la renovacion de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es necesario cumplir con los requisitos que en dicha MORDAZA se detalla, MORDAZA aplicable en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television; asimismo debe acompanarse el proyecto de comunicacion, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones opina mediante Informe Nº 1179-2005MTC/17.01.ssr, que la estacion autorizada a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., se encuentra en aptitud tecnica y legal para continuar operando el servicio de radiodifusion y cumple con los requisitos tecnicos y legales correspondientes, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovacion presentada por la citada empresa, incluyendo el cambio de ubicacion de la estacion solicitado, asi como la adecuacion del MORDAZA de emision conforme a lo establecido en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Servicio Frecuencia/Canal : TV-VHF : MORDAZA 4 BANDA I FRECUENCIA VIDEO : 67.25 MHz FRECUENCIA AUDIO : 71.75 MHz Modalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision : OCY-3B : Video: 5M45C3F Audio: 50K0F3E : Comercial

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en consecuencia vencera el 6 de setiembre de 2013. La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La Titular de la autorizacion esta obligada a trasladar la planta de transmision de la estacion fuera del perimetro MORDAZA en el plazo de siete (7) anos, computados a partir del 1 de MORDAZA de 2005, de acuerdo a lo senalado en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento General de la Ley de Radio y Television. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 00808

Otorgan autorizaciones para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en UHF en los departamentos de MORDAZA y La MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 012-2006-MTC/03
MORDAZA, 10 de enero del 2006 VISTO, el Expediente Nº 2002-005457 presentado por la EMPRESA RADIODIFUSORA DISAGA S.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion por television en UHF, en la localidad de Canete-Imperial-Quilmana, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan. Asimismo, debe acompanarse la documentacion tendiente a verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 1224-2005-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la EMPRESA RADIODIFUSORA DISAGA S.R.L., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la MORDAZA mencionada empresa, la MORDAZA del Proyecto de Comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la Administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo

Potencia Nominal del Transmisor : Video: 250 w Audio: 25 w Ubicacion de la Estacion: Estudios : Esquina MORDAZA MORDAZA y Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 1099 - MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de Lima. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste Latitud Sur Planta : 77° 02' 15" : 12° 04' 40"

: Jr. Lucar y MORDAZA Nº 644, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste Latitud Sur : 77° 31' 41" : 09° 31' 38"

MORDAZA de Servicio

: El area comprendida dentro del contorno de 68 dBµV/m

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