Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 310662

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

Moquegua. En estricto cumplimiento de la MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA ordenada por el Trigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion otorgada a FIMA S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 128-99-PE/DNPP. Articulo 3º.- Incorporar a CORPORACION PESQUERA ILO S.A.C. en el Anexo IV - A de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, como titular de la licencia para la operacion de la planta de harina de pescado, excluyendo de la misma a la empresa FIMA S.A. Articulo 4º.- La empresa CORPORACION PESQUERA ILO S.A.C., debera operar la planta de procesamiento pesquero para la produccion de harina de pescado de alto contenido proteinico con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final. Articulo 5º.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolucion quedara sin efecto en el caso que el poder judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene, o concluya el MORDAZA contencioso administrativo con sentencia firme y desfavorable al titular de los derechos indicados; ademas del incumplimiento de lo establecido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento pesquero para la produccion de harina de pescado de alto contenido proteinico sin contar con la debida autorizacion, sera causal de caducidad del derecho otorgado y de las sanciones aplicables conforme a la normatividad vigente. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional Sectorial de la Produccion de MORDAZA, a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA - Trigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA y consignarse en el Por tal de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 01165

Que mediante Resolucion Numero Veinte del 25 de noviembre del 2005 emitida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA que obra en el expediente Nº 2004-0063-SC01, concede medida cautelar de innovar solicitada por el Ministerio de la Produccion por la cual se suspenden los efectos de la Resolucion Directoral Nº 051-2005-PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de febrero del 2005 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 9 de marzo del mismo ano; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 0022006-PRODUCE/DNEPP-Dchi y la opinion favorable del area legal de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento a la Resolucion Numero Veinte del 25 de noviembre del 2005 emitida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, suspendase los efectos de la Resolucion Directoral Nº 051-2005-PRODUCE/DNEPP del 14 de febrero del 2005 que otorgo al senor FREDDY N. MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Cesionario de MORDAZA M. MANRRIQUE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera con capacidad de bodega de 371.61 m3, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en cumplimiento a lo dictaminado por el Juzgado Mixto de Huarmey. Articulo 2º.- Excluir la Resolucion Directoral Nº 0512005-PRODUCE/DNEPP del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Oficina de Procuraduria Publica y Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 01166

En cumplimiento de resolucion judicial, suspenden efectos de la R.D. Nº 051-2005-PRODUCE/DNEPP que , otorgo autorizacion de incremento de flota a persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-2006-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 9 de enero del 2006

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de Consejero en el Servicio Diplomatico a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0075-2006-RE
MORDAZA, 13 de enero de 2006

Visto la Resolucion Numero Veinte del 25 de noviembre del 2005 emitida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 051-2005PRODUCE/DNEPP del 14 de febrero del 2005, en estricto cumplimiento con de lo ordenado en el Expediente Nº 2004-009 por el Juzgado Mixto de Huarmey, se otorgo al senor FREDDY N. MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Cesionario de MORDAZA M. MANRRIQUE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera con capacidad de bodega de 371.61 m 3, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto;

CONSIDERANDO: Que el Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debio viajar a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA el 2 de enero de 2006 en Comision de Servicios; De conformidad con el inciso f) del articulo 185º y articulo 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al Exterior, y su Reglamento, D.S. Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, en via de regularizacion, el viaje a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA del Consejero en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.