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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2006 (23/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G30/G38/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de enero de 2006 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 046-2006-MEM/DM Lima, 19 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 527-2005- MEM/DM del 30 de diciembre de 2005, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos yEgresos, así como la Estructura Funcional Programáticade Apertura proporcionada por la Dirección Nacional dePresupuesto Público, correspondiente al Año Fiscal 2006del Ministerio de Energía y Minas; Que, con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, que regula el procedimientode elaboración y el contenido de los Planes Anuales deAdquisiciones y Contrataciones de las Entidades delSector Público; disponiendo que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberá ser aprobado dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a lafecha de la aprobación del presupuesto institucional; Que, el contenido del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, considera las necesidadesde bienes, servicios en general, de consultoría y ejecución de obras, de cada una de las direcciones y oficinas usuarias; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,establece que cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad; Que, la Oficina General de Administración ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001 MEM Central del Ministerio de Energía y Minas para el año fiscal 2006, en base al Presupuesto Institucional deApertura y a las necesidades de bienes, servicios yobras de las diferentes unidades orgánicas de laInstitución; Que, en consecuencia es necesario aprobar el citado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobadopor Decreto Supremo Nº 025-2003-EM y susmodificatorias los Decretos Supremos Nº 034-2003-EMy Nº 066-2005-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001 MEMCentral del Ministerio de Energía y Minas para el añofiscal 2006, el mismo que en documento adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Abastecimiento, publique la presente Resolución y el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la UnidadEjecutora Nº 001 MEM Central para el año fiscal 2006,en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de su expedición. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Informática, publique la presente Resolución y el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de la Unidad EjecutoraNº 001 MEM Central para el año fiscal 2006, en la página WEB del Ministerio de Energía y Minas: www.minem.gob .pe.Artículo 4º.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el artículo 1º, se ponga a disposición de los interesadospara su revisión o adquisición al precio de costo dereproducción en la Av. Las Artes Sur Nº 260, San Borja,Ministerio de Energía y Minas - Oficina de Abastecimientos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 01334 PRODUCE /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G74/G69/G6E/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2006-PRODUCE Lima, 19 de enero de 2006 Visto; el Informe Nº 028-2005-PRODUCE/VMI-DNI- DNTC del 28 de octubre de 2005, emitido por la Direcciónde Normas Técnicas y Control; CONSIDERANDO: Que, conforme a los artículos 12º y 13º de la Ley Nº 23407, Ley General de Industrias, en el Registro deProductos Industriales Nacionales se inscribenobligatoriamente todos los productos industriales manufacturados en el país, de acuerdo con los requisitos e información establecidos en el Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-82-ITI/IND, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-89-ICTI/IND, seestablecieron las normas reglamentarias para la inscripciónen el Registro de Productos Industriales Nacionales; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 082-2003-PRODUCE aprobó la nueva lista de productosindustriales manufacturados en el país que requieren deOpinión Previa para su inscripción en el Registro deProductos Industriales Nacionales; estableciéndose en suartículo 3º, que los productos incluidos en su Anexo 1 obtendrán transitoriamente su inscripción en dicho Registro en forma automática, en tanto no se aprueben los requisitoso información específica que en cada caso deberán cumplirlos usuarios para su inscripción; Que, en el Anexo 1 de la indicada Resolución Ministerial se encuentran incluidos los extintores, productos para los cuales no se establecieron requisitos específicos a cumplir para solicitar su inscripción en el Registro de ProductosIndustriales Nacionales, por lo que es necesario establecerlos; Estando a lo opinado por la Dirección de Normas Técnicas y Control de la Dirección Nacional de Industriaen el informe del visto; De conformidad con la Ley Nº 23407, Ley 27789, Ley 27444, Decreto Supremo Nº 029-82-ITI-IND, modificadopor Decreto Supremo Nº 010-89-ICTI-IND y ResoluciónMinisterial Nº 082-2003-PRODUCE. Con el visado del Viceministro de Industria y la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Para la inscripción en el Registro de Productos Industriales Nacionales, los fabricantesde los productos denominados extintores, deberáncumplir con acreditar los requisitos y/o información establecidos en los Anexos Nº 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción