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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G30/G38/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de enero de 2006 derivadas del Contrato Nº 226-2003-CG, se ha producido un perjuicio económico para la Contraloría Generalascendente a la suma de S/. 63 318,06, la misma quedebe ser resarcida de conformidad con lo previsto en elartículo 1321º del Código Civil; En uso de las facultades previstas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y deconformidad con el Decreto Ley Nº 17537 y susmodificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legalespor los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 01364 J N E /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/GF3/G72/G6D/G75/G6C/G61/G20/G64/G65 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G20 /G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G79/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G22/G41/G76/G61/G6E/G7A/G61/G20/G50/G61/GED/G73/G20/G2D/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN Nº 012-2006-JNE Expediente Nº 019-2006Lima, 19 de enero de 2006 VISTO, el oficio Nº 026-2006-JEE/LC remitido por el Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Centro,elevando el expediente que contiene la solicitud deinscripción de la fórmula de candidatos a la Presidenciay Vicepresidencias de la República, presentada por elseñor Wilo Rodríguez Gutiérrez, personero legal nacional del partido político “Avanza País - Partido de Integración Social”; CONSIDERANDO: Que el 4 de enero de 2006, el partido político “Avanza País - Partido de Integración Social” presentó ante elJurado Electoral Especial de Lima Centro una solicitudde inscripción de fórmula de candidatos a la Presidenciay Vicepresidencias de la República para su participaciónen las Elecciones Generales del año 2006, la que fue admitida a trámite por dicho jurado electoral mediante Resolución Nº 004-2006-JEE/LC de fecha 7 de enero de2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 10del mismo mes; y, habiendo transcurrido el plazo legalsin que se hayan interpuesto tachas contra loscandidatos que integran la referida fórmula, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro expidió la Resolución Nº 022-2006-JEE/LC de fecha 13 de enero de 2006,declarando consentida la citada Resolución Nº 004-2006-JEE/LC; Que se ha verificado que la solicitud de inscripción de fórmula de candidatos presentada por el partido político “Avanza País - Partido de Integración Social” cumple con las exigencias señaladas en los artículos 104º, 106ºy 109º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, y lonormado en los artículos 3º y 4º del Reglamento aprobadopor Resolución Nº 393-2005-JNE de fecha 14 dediciembre de 2005; por lo que, resulta arreglado a derecho proceder a su inscripción definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 111º de la Ley Nº 26859;El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por el partido político “Avanza País - Partidode Integración Social”, para participar en las EleccionesGenerales del año 2006, cuya conformación es lasiguiente: CARGO AL QUE POSTULA NOM BRE DEL CANDIDATO Presidente de la República Ulises Humala Tasso Primer Vicepresidente de la República Pedro Cenas Casamayor Segundo Vicepresidente de la República Constante Traverso Flores Artículo Segundo.- Disponer que las Declaraciones Juradas de Vida de los candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República por el partido político“Avanza País - Partido de Integración Social”, seanincorporadas a la página Web del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de que sean de conocimiento público, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23º de la Ley dePartidos Políticos Nº 28094, modificado por la LeyNº 28624. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolución, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENASVELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 01327 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/GF3/G72/G6D/G75/G6C/G61/G20/G64/G65 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G2D/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G22/G52/G65/G73/G75/G72/G67/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G22 RESOLUCIÓN Nº 013-2006-JNE Expediente Nº 014-2006 Lima, 19 de enero de 2006 VISTO, el oficio Nº 022-2006-JEE/LC remitido por el Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Centro,elevando el expediente que contiene la solicitud deinscripción de la fórmula de candidatos a la Presidenciay Vicepresidencias de la República, presentada por el señor Ántero Esaúd Astor Anaya, personero legal nacional del partido político “Resurgimiento Peruano”; CONSIDERANDO: Que el 30 de diciembre de 2005, el partido político “Resurgimiento Peruano” presentó ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro una solicitud de inscripción de fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República para su participaciónen las Elecciones Generales del año 2006, la que fueadmitida a trámite por dicho jurado electoral medianteResolución Nº 001-2006-JEE/LC de fecha 3 de enero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 5 del mismo mes; y, habiendo transcurrido el plazo legal sinque se hayan interpuesto tachas contra los candidatosque integran la referida fórmula, el Jurado ElectoralEspecial de Lima Centro expidió la Resolución Nº 007-