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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G30/G38/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de enero de 2006 2006-JEE/LC de fecha 8 de enero de 2006, declarando consentida la citada Resolución Nº 001-2006-JEE/LC; Que se ha verificado que la solicitud de inscripción de fórmula de candidatos presentada por el partido político“Resurgimiento Peruano” cumple con las exigenciasseñaladas en los artículos 104º, 106º y 109º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, y lo normado en los artículos 3º y 4º del Reglamento aprobado por ResoluciónNº 393-2005-JNE de fecha 14 de diciembre de 2005; porlo que, resulta arreglado a derecho proceder a suinscripción definitiva, de conformidad con lo previsto enel artículo 111º de la Ley Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por el partido político “ResurgimientoPeruano”, para participar en las Elecciones Generalesdel año 2006, cuya conformación es la siguiente: CARGO AL QUE POSTULA NOM BRE DEL CANDIDATO Presidente de la República Ántero Asto Flores Primer Vicepresidente de la República Carlos Arturo Bentín Guedes Segundo Vicepresidente de la República Roberto Luis Pineda Cuellar Artículo Segundo.- Disponer que las Declaraciones Juradas de Vida de los candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República por el partido político“Resurgimiento Peruano”, sean incorporadas a la páginaWeb del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de quesean de conocimiento público, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, modificado por la Ley Nº 28624. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolución,para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMIREZPEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENASVELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e) 01328 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/GF3/G72/G6D/G75/G6C/G61/G20/G64/G65 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G20 /G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G79 /G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G22/G52/G65/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN Nº 014-2006-JNE Expediente Nº 021-2006 Lima, 19 de enero de 2006 VISTO, el oficio Nº 028-2006-JEE/LC remitido por el Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Centro,elevando el expediente que contiene la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por elseñor Gino Raúl Romero Curioso, personero legal delpartido político “Restauración Nacional”; CONSIDERANDO: Que el 5 de enero de 2006, el partido político “Restauración Nacional” presentó ante el Jurado ElectoralEspecial de Lima Centro una solicitud de inscripción defórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República para su participación en las EleccionesGenerales del año 2006, la que fue admitida a trámite por dicho jurado electoral mediante Resolución Nº 008-2006-JEE/LC de fecha 8 de enero de 2006, publicada en elDiario Oficial El Peruano el día 10 de enero de 2006; y,habiendo transcurrido el plazo legal sin que se hayaninterpuesto tachas contra los candidatos que integran la referida fórmula, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro expidió la Resolución Nº 021-2006-JEE/LC defecha 13 de enero de 2006, declarando consentida lacitada Resolución Nº 008-2005-JEE/LC; Que se ha verificado que la solicitud de inscripción de fórmula de candidatos presentada por el partido político “Restauración Nacional” cumple con las exigencias señaladas en los artículos 104º, 106º y 109º de la LeyOrgánica de Elecciones Nº 26859, y lo normado en losartículos 3º y 4º del Reglamento aprobado por ResoluciónNº 393-2005-JNE de fecha 14 de diciembre de 2005; porlo que, resulta arreglado a derecho proceder a su inscripción definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 111º de la Ley Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por el partido político “Restauración Nacional”, para participar en las Elecciones Generales del año 2006,cuya conformación es la siguiente: CARGO AL QUE POSTULA NOM BRE DEL CANDIDATO Presidente de la República Humberto Lay Sun Primer Vicepresidente de la República Máximo San Román Cáceres Segundo Vicepresidente de la República María Eugenia De la Puente De la Puente de Ontaneda Artículo Segundo.- Disponer que las Declaraciones Juradas de Vida de los candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República por el partido político“Restauración Nacional”, sean incorporadas a la páginaWeb del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de quesean de conocimiento público, con arreglo a lo dispuestoen el artículo 23º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, modificado por la Ley Nº 28624. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolución,para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMIREZPEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENASVELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e) 01329 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20 /G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G71/G75/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G73/G61/G52/GED/G6F/G20/G41/G6D/G61/G72/G69/G6C/G6C/G6F/G20/G79/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 047-2006-JEF/RENIEC Lima, 18 de enero de 2006