Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2006 (23/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 23 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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del 2005, la Resolucion Nº 162-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005; la Resolucion Nº 098-2005CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, el Informe Nº 050-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 12 de diciembre del 2005, el Acuerdo de Pleno Nº 347-2005CONAFU del 6 de diciembre del 2005, Resolucion Nº 223-2005-CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005; el Acuerdo de Pleno Nº 358-2005-CONAFU-P de fecha 20 de diciembre del 2005, en uso de las facultades conferidas por el inciso c), del Art. 20º y el articulo 39º Inc. d), del Estatuto - CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Universidad Privada San MORDAZA el Funcionamiento de su Filial Universitaria en la MORDAZA de MORDAZA con las siguientes carreras profesionales: Ingenieria Informatica y Sistemas, Administracion, Derecho y Ciencias Politicas, Enfermeria, Contabilidad, Arquitectura, Psicologia y Educacion. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Filial Universitaria en la MORDAZA de MORDAZA de la Universidad Privada San MORDAZA, funcionara con sus autoridades designadas de acuerdo a Ley, MORDAZA uso pleno de la autonomia universitaria que le otorga la Constitucion Politica del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, el Decreto Legislativo Nº 882 y demas disposiciones complementarias y conexas; y conforme a los terminos, condiciones y requisitos que aparecen en el proyecto de la Filial presentada ante el CONAFU. Articulo Tercero.- Notifiquese, a la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines de Ley. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente WUILDER MORDAZA MORDAZA Secretario General 01320

Reconocen nuevos integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Privada MORDAZA Valdelomar S.A., con sede en la MORDAZA de Ica
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 247-2005-CONAFU MORDAZA, 21 de diciembre del 2005 VISTOS; La Ley Nº 26439, la Resolucion Nº 0982005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, la Resolucion Nº 222-97-CONAFU de fecha 19 de marzo de 1997, la Resolucion Nº 211-2003CONAFU, de fecha 13 de noviembre del 2003, el Expediente Nº 2003-2160, el Acuerdo del Pleno Nº 0522005-CONAFU, la Carta s/n de fecha 22 de noviembre del 2005, el informe Nº 378-2005-CEAA-CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, la Carta s/n de fecha 27 de octubre del 2005, el Informe Nº 383-2005-CEAACONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, Acuerdo de Pleno Nº 360-2005-CONAFU del 20 de diciembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones; evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional de las nuevas universidades a nivel nacional y tambien solicitudes de autorizacion

para funcionamiento definitivo; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional y definitivo, teniendo ademas como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que, mediante Resolucion Nº 098-2005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, se resuelve en su Articulo Segundo: El CONAFU se rige por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modificatorias, complementarias, y su Reglamento especificos, que precisa en su Articulo 3º: Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, inciso a) Evaluar las solicitudes de autorizacion de funcionamiento de nuevas universidades publicas y privadas en el ambito nacional y, emitir resoluciones aprobando los proyectos, autorizando o denegando su funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley Nº 26439 y los Reglamentos respectivos; que senala en su Articulo 4º inciso a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente, en su inciso b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria, en su inciso c) Certificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por el Articulo 7º de la Ley Nº 26439, Ley de Creacion del CONAFU, para otorgar la autorizacion de Funcionamiento provisional de una universidad y en su Articulo 11º inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades y, en el inciso t) Asumir las funciones que por Ley, estatuto o reglamentos especificos corresponda al Pleno del CONAFU; Que, mediante la Resolucion Nº 222-97-CONAFU de fecha 19 de marzo de 1997, se resuelve Primero: Autorizar el funcionamiento provisional de la Universidad Privada "Abraham Valdemomar" con sede en la MORDAZA de Ica, con las carreras profesionales de: Obstetricia, Ingenieria Agroindustrial, Educacion con las especialidades de Audicion y Lenguaje, Informatica y Computacion e Idiomas. Todas las carreras tendran 50 vacantes por semestre; Segundo: La Universidad Privada MORDAZA Valdelomar funcionara de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, sus normas complementarias pertinentes, la Ley Nº 26439 y sus Reglamento; y Tercero: La Universidad autorizada por la presente Resolucion, estara sujeta a la evaluacion permanente prevista en el inciso c) del articulo 2º de la Ley Nº 26439; Que, mediante la Resolucion Nº 211-2003-CONAFU, de fecha 13 de noviembre del 2003, se resuelve Primero: REVOCAR la Resolucion Nº 222-97-CONAFU del 19 de marzo del 2000, que autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad Privada MORDAZA Valdelomar; Segundo: DAR por concluidas las funciones de la Comision Organizadora de la Universidad Privada MORDAZA Valdelomar, en los cargos de Presidente desempenado por el doctor MORDAZA Basilies MORDAZA MORDAZA, reconocido mediante Resolucion Nº 154-203CONAFU del 2 de agosto del 2003; de Vicepresidente Academico y Vicepresidente Administrativo cargos desempenados por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, reconocidos mediante las Resolucion Nº 231-2002-CONAFU del 16 de setiembre del 2000; Tercero: DESIGNAR a la Comision de Cierre y Liquidacion de la Univesidad Privada MORDAZA Valdelomar, la que desempenara sus funciones de acuerdo con la Ley Nº 23733, Ley Nº 26439, el Reglamento de Cierre y Liquidacion de Universidades con Autorizacion Provisional de Funcionamiento, aprobado por Resolucion Nº 088-2002-CONAFU del 23 de MORDAZA del 2002 y demas reglamentos del CONAFU, la que estara integrada por las siguientes personas: Ing. Letelier Mass MORDAZA (Presidente); CPC MORDAZA MORDAZA Izaga (Liquidador Academico) y el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Liquidador Administrativo);

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