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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2006 (26/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 311076 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de enero de 2006 de Lima doctores: Aracelli Denyse Baca Cabrera, Susana Ynés Castañeda Otsu y Rosa María Catacora Villasante y; finalmente del señor doctor Roberto Barandiarán Dempwolf, Presidente de la Segunda Sala Penal Especialde Lima, los mismos que continuarán conociendo los procesos a su cargo. Artículo Segundo.- DISPONER la permanencia en el mes de vacaciones de los señores Jueces Penales Especiales doctores: Angela Magalli Báscones Gómez Velásquez, Jorge Octavio Barreto Herrera, AntoniaSaquicuray Sanchez y Carolina Lizárraga Houghton, los mismos que continuarán conociendo los procesos a su cargo. Artículo Tercero.- DISPONER que la doctora Angela Magalli Báscones Gómez Velásquez, Juez titular a cargo del 1º Juzgado Penal Especial de Lima, alterne elDespacho del 2º Juzgado Penal Especial de Lima del primero al quince de febrero de los corrientes asimismo; que el doctor Jorge Octavio Barreto Herrera, Juez titulara cargo del Tercer Juzgado Penal Especial de Lima, alterne el Despacho del Segundo Juzgado Penal Especial de Lima del dieciséis de febrero al dos de marzo del presenteaño. Artículo Cuarto.- DISPONER que la doctora Antonia Saquicuray Sanchez, Juez titular a cargo del 5º JuzgadoPenal Especial de Lima, alterne el Despacho del 4º Juzgado Penal Especial de Lima a partir del seis al quince de febrero de los corrientes asimismo; que la doctoraCarolina Lizárraga Houghton, Juez titular a cargo del Sexto Juzgado Penal Especial de Lima, alterne el Despacho del Cuarto Juzgado Penal Especial de Limadel dieciséis al veinticuatro de febrero del presente año. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital de la CorteSuperior de Justicia de Lima y de los magistrados. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima 01598 Establecen que en caso de impedi- mento, recusación, inhibición odiscordia de Vocales de Salas Labo-rales, el Presidente del Colegiado procederÆ a llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 35-2006-P-CSJLI/PJ Lima, veinticinco de enero del 2006VISTOS y CONSIDERANDO: Que, en la tramitación y resolución de procesos en las Salas Superiores, se presentan impedimentos, recusaciones, inhibiciones y/o discordias de los señores Vocales; Que, el Art. 145º de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que en los casos de discordia o impedimento de uno o más vocales, el Presidente procede a llamar a losMagistrados Consejeros que corresponda, comenzando por el menos antiguo. En defecto de lo anterior, llama a los Vocales de la misma especialidad de otras Salas, si lohubiera y luego de las Salas de otra especialidad, siempre empezando por el menos antiguo, en el orden de prelación que establece el Consejo Ejecutivocorrespondiente; Que, instalado el Consejo Ejecutivo Distrital en esta Corte Superior de Justicia en el año 2002, luego de haberestado suspendidos los artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sobre el particular, los Vocales Consejeros que lo integran, no desempeñan funciones en el órganocolegiado de gobierno a dedicación exclusiva, lo hacen en adición a las labores jurisdiccionales propias de sufunción como Magistrados, razón por la cual, se ven en la imposibilidad de atender, además, la gran cantidad de requerimientos de las Salas ante la presentación de los casos citados en el párrafo precedente, que muchasveces ocurren en forma simultánea; Que, en tal sentido, en lo que compete a las Salas Laborales, es conveniente dictar las medidascorrespondientes, en concordancia con el segundo párrafo de la norma acotada, con el fin de cautelar el debido proceso que redunde en una pronta y eficienteadministración de justicia, oficializando la forma cómo han venido procediendo las indicadas Salas hasta la fecha al presentarse dichos casos; Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 4) del Art. 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER que en caso de impedimento, recusación, inhibición o discordia de uno o más Vocales de determinada Sala Laboral, el Presidentedel Colegiado procederá a llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad, tal como se detalla a continuación: - La 1º Sala llamará al Vocal de la 2º Sala; - La 2º Sala llamará al Vocal de la 3º Sala;- La 3º Sala llamará al Vocal de la 1º Sala; Artículo Segundo.- En caso que el Vocal a que se refiere el artículo primero no pudiera intervenir por abstención, excusa o recusación debidamente comprobada y aceptada, se procederá a llamar almagistrado de la Sala competente que precede en antigüedad al llamado por ley. Artículo Tercero.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OCMA, Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, Salas Laborales, ODICMA, Oficina deAdministración Distrital, Oficina de Protocolo y Oficina de Prensa e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima 01541 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario para realizar visita tØcnica al Banco de Israel RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 004-2006-BCRP Lima, 25 de enero de 2006CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación para que este Banco Central realice una visita técnica en el Banco de Israel allevarse a cabo los días 30 y 31 de enero, en Jerusalén, Israel; Que, en la citada reunión se tratarán temas de la Banca Central sobre la medición de expectativas, organización del proceso de proyección: desdolarización y operaciones cambiarias, por lo que el Directorio haconsiderado conveniente la participación de este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 19 de enero de 2006;