Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (15/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de febrero de 2006 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20 /G6C/G61/G20 /G72/G65/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79 /G72/G65/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2006/MDS Surquillo, 26 de enero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a los Informes Nº 003-2006/GM- MDS del 23 de enero de 2006 de la Gerencia Municipal, Nº 022-2006-GAJ-MDS del 23 de enero de 2006 de laGerencia de Asesoría Jurídica y Nº 011-2006/GPP-MDSdel 20 de enero de 2006 de la Gerencia de Planeamientoy Presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 6º literal f) de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006, Ley Nº 28652 y el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, con la aprobación unánime de sus miembros yla dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACORDÓ: Artículo 1º.- DECLARAR la reorganización y reestructuración orgánica y administrativa de laMunicipalidad de Surquillo hasta por un plazo de sesenta(60) días calendario. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la reformulación de la estructura orgánica municipal así como los instrumentosde gestión respectivos, en concordancia con el PlanAnual y el Plan Integral de Desarrollo Estratégico al 2015,para su elevación al Concejo Municipal dentro del plazodescrito en el artículo anterior, según corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 02735 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G4E/G65/G75/G74/G72/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G79/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 055-2006-MDS Surquillo, 30 de enero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO el Oficio Nº 069-2006-DP/LIMA-GLS de fecha 19 de enero de 2006 de la Oficina Defensorial de Lima dela Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 26859 -Ley Orgánica de Elecciones-, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM se ha convocado a Elecciones Generales el 9 deabril de 2006 para elección de Presidente de la República,Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales y susnormas modificatorias, concordante con el artículo 194ºtercer párrafo de la Constitución Política del Estado y laLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde se lleve a cabo en el año 2006 el procesoelectoral para la elección de Alcaldes Provinciales y Distritales a nivel nacional; Que, en ese marco, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 27815 - Ley delCódigo de Ética de la Función Pública que establece comodeberes de la función pública, entre otros, la neutralidad que exige al servidor público actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índoleen el desempeño de sus funciones demostrandoindependencia a sus vinculaciones con personas, partidospolíticos o instituciones; la transparencia que ordena alservidor público a ejecutar los actos del servicio de manera transparente, brindando y facilitando información fidedigna, completa y oportuna; el Uso Adecuado de los Bienes delEstado que importa la protección y conservación de losbienes del Estado, sin emplear o permitir que otros losempleen para fines particulares; y la Responsabilidad queexige a todo servidor público a desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública; Que, asimismo, el artículo 150º de la Ley Orgánica de Municipalidades exige a los alcaldes y regidores, asícomo los funcionarios y servidores de los gobiernoslocales a velar por el desarrollo de los procesos electorales sin interferencias ni presiones, a fin de permitir que los ciudadanos expresen sus preferenciaselectorales en forma auténtica, espontánea y libre, dentrodel marco constitucional y legal que regula la materia,estando prohibidos de realizar actividad política partidariao electoral durante los procesos electorales en los horarios de oficina, bajo responsabilidad, así como el no uso de la infraestructura de los gobiernos locales pararealizar reuniones o actos políticos o para elaborarinstrumentos de propaganda política a favor o en contrade organizaciones políticas o de candidatos; Que, conforme a lo expuesto, en ejercicio de las funciones conferidas en el último párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Secretaria Generalha formulado la Directiva Nº 001-2006-SG-MDS, Directivasobre Neutralidad y Transparencia de la Municipalidad deSurquillo durante los Procesos Electorales del Año 2006, aefectos de garantizar que el derecho de participación política se ejerza con absoluta libertad y en igualdad de condiciones, conforme con las normas constitucionales y legales queregulan la materia, asegurando la actuación neutral ytransparente de todos los servidores municipales en elmarco de las normas precedentemente citadas; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 001-2006- SG-MDS, Directiva sobre Neutralidad y Transparencia de la Municipalidad de Surquillo durante los ProcesosElectorales del Año 2006. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General la adecuada difusión de la Directiva aprobada en el artículoanterior, a través del portal electrónico de la Municipalidad de Surquillo, así como su debida notificación a los titulares de los órganos administrativos municipales para sucomunicación y divulgación a sus respectivos servidoresmunicipales integrantes. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recursos Humanos la publicación y circulación adecuada de la Directiva aprobada en el artículo 1º a todos los funcionarios y servidores de confianza, servidores empleadosnombrados y contratados bajo cualquier modalidad(incluyendo aquellos contratados bajo la modalidad delocación de servicios no personales), servidores obrerosy practicantes de la Municipalidad de Surquillo, para su debido cumplimiento, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- PONER en conocimiento al Concejo Municipal del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 02739