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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (15/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de febrero de 2006 Artículo 18º.- El solo incumplimiento de la presente norma, se hará efectiva la sanción con multa equivalenteal: - Diez por Ciento (10%) de la UIT a Vehículos de carga. - Cinco por Ciento (5%) de la UIT al Centro Comercial. Artículo 19º.- Quedan exceptuados de las sanciones indicadas en el artículo 18º, cisternas municipales,unidades de limpieza pública, cisterna SEDAPAL,unidades vehiculares de auxilio y vehículos que realizan el servicio de apoyo social. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Las infracciones y sanciones de la presente ordenanza deberán ser incorporadas en el reglamento de aplicación de multas y sanciones de laMunicipalidad. Segunda.- El Alcalde de la Municipalidad de Comas, queda facultado para dictar normas complementarias ala presente Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía, previo dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano. Tercero.- El pago de las multas por infracción que genera la presente ordenanza se efectuarán en laSubgerencia de Tesorería y Subgerencia de RecaudaciónOrientación al Contribuyente. Cuarto.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 02696 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C ORDENANZA Nº 182-C/MC Comas, 20 de enero del 2006VISTO: La Ordenanza Nº 118-C/MC de fecha 19 de mayo del 2004, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, de conformidad con los artículos 194ºy 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II, del Título Preliminar de laLey Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 118-C/MC de fecha 19 de mayo del 2004 se aprobó el Reglamento Interno delConcejo Distrital de Comas, el cual en su artículo 64º señala que las Comisiones Permanentes de Regidores y el Cuadro de sus Integrantes se establecen anualmente,a propuesta del Alcalde, en la primera Sesión Ordinaria oExtraordinaria que el Concejo celebre; y el artículo 82ºprescribe que el Concejo cuenta con seis ComisionesPermanentes: de Administración, Planificación, Economía, Finanzas y Asuntos Legales ; de Desarrollo Urbano; de Participación Vecinal y Seguridad Ciudadana;de Desarrollo Ambiental; de Desarrollo Humano; delPrograma de Vaso de Leche y Programa de AsistenciaSocial y Alimentaria; Que, de conformidad con los incisos 4) y 14) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones del Alcalde entre otras,la de proponer al Concejo Municipal los proyectos deReglamento Interno del Concejo Municipal, los depersonal, los administrativos y todos los que seannecesarios para el Gobierno y la administración municipal; Que, son atribuciones del Concejo Municipal entre otras la de aprobar por Ordenanza el Reglamento delConcejo Municipal, de conformidad con el numeral12) del artículo 9º de la Ley Orgánica deMunicipalidades;Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972, LeyOrgánica de Municipalidades luego del debatecorrespondiente, el Pleno del Concejo aprobó porMayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas,en sus artículos 82º, 83º y 84º; en base a lasconsideraciones expuestas en la presente Ordenanza; los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 82º.- El Concejo cuenta con siete (7) Comisiones Permanentes que corresponderán a lascompetencias, atribuciones y funciones de la municipalidad. Las Comisiones Permanentes son: 1.- Comisión de Administración, Planificación, Economía y Finanzas. 2.- Comisión de Asuntos Jurídicos. 3.- Comisión de Desarrollo Urbano. 4.- Comisión de Participación Vecinal.5.- Comisión de Desarrollo Ambiental.6.- Comisión de Desarrollo Humano.7.- Comisión del Programa de Vaso de Leche y Programa de Asistencia Social y Alimentaria. Artículo 83º.- Corresponde a la Comisión Permanente de Administración, Planificación, Economía y Finanzas,pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltospor el concejo relacionados con: 1.- La formulación, aprobación, ampliación, modificación, ejecución, evaluación y control del Plan deAcción y Presupuesto de la Municipalidad. 2.- La Cuenta General del Ejercicio Anual.3.- La propuesta de creación, modificación, supresión, exoneración o inafectación de tributos municipales; 4.- Empréstitos internos y externos;5.- Propuestas que impliquen gastos no presupuestados; 6.- Los Planes y proyectos de desarrollo Distrital;7.- Las inversiones y egresos de la Municipalidad; 8.- Empresas y organismos desconcentrados de la Municipalidad; 9.- La Estructura Orgánica y la Organización de la Municipalidad; 10.- Exámenes especiales, auditorias económicas y actos de control; 11.- Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 84º.- Corresponde a la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, sobre los asuntos que deben serresuelto por el Concejo, relacionado con: 1.- Interpretación y aplicación de las normas legales; 2.- Vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y de Regidores; 3.- Proyectos de la Ley de competencia de la Municipalidad a ser presentados al Congreso de laRepublica. 4.- Conflictos de competencia con los Poderes Públicos o autoridades ajenas a la Municipalidad y losconflictos de jurisdicción y competencia; 5.- Celebración de Convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales; 6.- Creación de empresas municipales para la prestación de servicios públicos municipales; 7.- Asuntos Administrativos;8.- Aceptación de donaciones, legados y otras liberalidades; 9.- Altas y Bajas de Bienes;10.- Donación, Cesión en uso, arrendamiento, transferencia o modificación de propiedad o posesión; 11.- Expropiación de Inmuebles por causa de necesidad pública; 12.- Otros que le encomiende el Concejo.