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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (15/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de febrero de 2006 elevar al CND la propuesta de modalidad de transferencia; Que, en la indicada Resolución Presidencial se señala que la referida Comisión estará constituida por 8 (ocho)miembros, cuatro en representación del CND yadesignados a través de la Resolución en cuestión, siendo que los otros cuatro deberán ser designados mediante Resolución de Alcaldía de la Municipalidad Metropolitanade Lima; De conformidad con el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como miembro de la Comisión Bipartita de Transferencia, en representaciónde la Municipalidad Metropolitana de Lima, al Gerente delPrograma de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, señor Jorge López de Castilla Bado, responsable del proceso de Transferencia de funciones y competenciassectoriales a favor de la Municipalidad Metropolitana deLima. Artículo Segundo.- Disponer que el Gerente del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana designe a tres (3) integrantes de dicho Programa como miembros responsables de la Comisión Bipartita deTransferencia. Regístrese, publíquese y comuníquese. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 02727 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G49/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4B/G69/G6F/G73/G63/G6F/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G4D/GF3/G64/G75/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G56/GED/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G78/G70/G65/G6E/G64/G69/G6F/G20/G64/G65/G64/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G2C/G20/G72/G65/G76/G69/G73/G74/G61/G73/G2C/G20/G6C/G69/G62/G72/G6F/G73/G2C/G20/G6C/G6F/G74/G65/G72/GED/G61/G73/G2C/G67/G6F/G6C/G6F/G73/G69/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 180-C/MC Comas, 28 de diciembre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMASVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre del 2005, el Dictamen de la Comisión Especial Mixta de Desarrollo Humano y de Administración, Finanzas, Planificación y, Presupuesto, sobre Instalaciónde Kioscos o módulos en la vía pública para el expendiode Diarios, Revistas, Libros, Loterías, Golosinas ycomplementos en el distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, representan al vecindario,promueven la adecuada prestación de los serviciospúblicos locales y el desarrollo integral, sostenible yarmónico de su circunscripción; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 67-2005-C/MC del 25 de julio de 2005, el Concejo Municipal de Comas, dispuso la conformación de una Comisión Especial Mixtaconformada por las Comisiones Ordinarias de DesarrolloHumano y de Administración, Finanzas, Planificación,Presupuesto y Asesoría Legal, con el objeto de queefectúe el estudio y evaluación de la propuesta de ordenanza, referida a la instalación de Kioscos o módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas,loterías, libros, golosinas y complementarios; Que, el objetivo de la Instalación de Kioscos o módulos en la vía pública para el expendio de revistas,loterías, libros, golosinas y complementarias en la jurisdicción del distrito de Comas, es beneficiar ypromover al sector de trabajadores ambulantes,quienes cumplen con difundir cultura e información dela prensa escrita, promover el turismo y la gestiónmunicipal para contribuir con el desarrollo social de la comunidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades, luego del debatecorrespondiente, el Pleno del Concejo aprobó porUnanimidad la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la “Normativa Local para la Instalación de Kioscos y/o Módulos en la víapública, para el expendio de Diarios, Revistas, Libros, Loterías, Golosinas y Complementos en el distrito de Comas; la cual consta de 30 artículos y dos (2)Disposiciones Complementarias; en base a lasconsideraciones expuestas en la presenteOrdenanza. Artículo Segundo.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del Acta, para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde “NORMATIVA LOCAL PARA LA INSTALACIÓN DE KIOSCOS Y/O MÓDULOS EN LA VÍA PÚBLICA, PARA EL EXPENDIO DE DIARIOS, REVISTAS, LIBROS, LOTERÍAS, GOLOSINAS Y COMPLEMENTOS EN EL DISTRITO DE COMAS” TÍTULO I BASE LEGAL La presente ordenanza se sustenta en la siguiente normativa: - Constitución Política del Perú. - Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 - Ley Nº 10674, de los expendedores de diarios, revistas y loterías. - Ley Nº 156-2004-EF TUO de la Ley de Tributación Municipal - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley del Libro Nº 28086. TÍTULO II La presente Ordenanza norma las actividades de los expendedores de diarios, revistas, loterías, golosinas y complementos en la vía pública, dentro de la Jurisdiccionaldel distrito de Comas. GENERALIDADES Artículo Primero.- La presente Ordenanza Municipal regula los aspectos técnicos, administrativos y socialessobre la ubicación de kioscos y/o módulos en la víapública para el expendio de diarios, revistas, libros,loterías, golosinas y complementos, al amparo de la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y Ley Nº10674. Artículo Segundo.- El funcionamiento del Kiosco y/ o módulo para el expendio de diarios, revistas, libros,loterías, golosinas y complementos, obliga al conductordel mismo a contar con la respectiva AutorizaciónMunicipal de Funcionamiento. Artículo Tercero.- Para el caso de la Publicidad Exterior en los Kioscos o módulos, ésta será autorizadapor la Municipalidad de Comas y según las normastécnicas sobre anuncio y publicidad exterior y otras