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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (27/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G33/G33/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de febrero de 2006 pequeñas áreas ubicadas en las laderas de cerros, con reducidas posibilidades de dotarles servicios y vías, siendo una solución a la escasez de terreno el crecimiento en altura; Que, el distrito posee áreas con diferentes niveles de consolidación urbana, desde los más desarrollados sectores hasta los pueblos jóvenes en vía de crecimiento,con la existencia de una gran cantidad de viviendas que requieren mejorar su calidad habitacional y cuenten con la capacidad estructural y arquitectónica de crecer en altura; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto unánime del ConcejoMunicipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se explica lo siguiente; ORDENANZA: Artículo Primero.- CREAR el Programa Municipal de Vivienda que promueva la construcción formal de viviendas, con la intervención de la Municipalidad como agente promotor de los mecanismos técnico-financieroexistentes; el Programa Techo Propio como facilitador en el proceso de postulación del Bono Familiar Habitacional. El Programa estará principalmenteorientado a la organización de la demanda, generación de ahorro y asistencia técnica en el desarrollo de proyectos de Adquisición de Vivienda Nueva,Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Artículo Segundo.- La participación al Programa es de iniciativa individual en todo el proceso el que incluyela fase de inscripción, calificación técnica y financiera, ejecución de obras y saneamiento físico legal de acuerdo a su reglamento. Artículo Tercero.- La operatividad del Programa se sustenta en la participación de profesionales afines al sector vivienda, constituidos en Entidades Técnicas,quienes serán las responsables de verificar el saneamiento física legal de los inmuebles, del desarrollo de expedientes técnicos y de la ejecución de obras, deacuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26850, Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Cuarto.- FACULTAR: a la administración municipal a suscribir convenios con las notarias de la jurisdicción, los colegios profesionales, la SUNARP y entidades afines, a fin de facilitar los trámites que elmarco de la legislación permita. Artículo Quinto.- Para el desarrollo del Programa de Vivienda la Municipalidad de Independencia realizarálas siguientes acciones: - Identificar las potenciales áreas de intervención. - Crear y mantener el Registro de Unidades de Vivienda a intervenir. - Difundir el Programa.- Generar la normatividad complementaria para facilitar la implementación del Programa. - Crear mecanismos de gestión ágiles y asequibles para facilitar el proceso de formalización de las Unidades de Vivienda a Intervenir. - Emitir los certificados, licencias de obras, habitabilidad y las necesarias (valorización de obra de la construcción, etc.) - Formar equipos técnicos para la evaluación de las Unidades de Vivienda a Intervenir y para la difusión del programa. - Facilitar el acceso a fuentes de financiamiento de los postulantes en el proceso de elaboración de expedientes técnicos de obra. Artículo Sexto.- DISPONER, el funcionamiento de una Oficina de Asesoría Técnica a cargo de la Gerencia de Gestión Urbana, con el objetivo de implementar yejecutar el desarrollo del Programa Municipal de Vivienda, cuyas acciones serán registrar, verificar, evaluar y aprobar técnicamente los proyectos de vivienda (sea enmodalidad de mejoramiento o densificaciones), así como supervisar la obra y otorgar la conformidad de la misma. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Urbana la gestión del Programa Municipal de Vivienda a la que se le faculta a planificar y aplicar el desarrollo progresivo del mismo a través de la Oficinade Asesoría Técnica, que a su vez estará dirigida o bien por el propio Gerente de Gestión Urbana u otro funcionario designado para tal fin.Artículo Sétimo.- Podrán acogerse a este programa los contribuyentes propietarios de inmuebles que cumplan con los requisitos establecidos para el otorgamiento del BONO FAMILIAR HABITACIONAL ypara el PROGRAMA TECHO PROPIO respectivamente, que hayan sido calificados favorablemente por la oficina de Asesoría Técnica de la Municipalidad. Artículo Octavo.- FACÚLTESE. Al Despacho de Alcaldía para que en el plazo de 30 días de aprobada y publicada la presente Ordenanza, apruebe elReglamento del Programa Municipal de Vivienda, así como dicte el acto administrativo necesario para adecuar los derechos a que se refiere el TUPA de la Municipalidad. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Gestión Urbana y demás dependencias elcumplimiento de la presente Ordenanza, disponiéndose los recursos necesarios, a fin de difundir e implementar el Programa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 03474 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G61/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G50/G61/G6E/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G69/G6F/G73/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64 /G4D/G65/G78/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 10 Miraflores, 16 de febrero de 2006 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: Visto por el Concejo en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Organización Panamericana de la Salud y la Red Mexicana de Municipios por la Salud han cursado invitación al señor Alcalde para participar de la Reunión del Comité Ejecutivo de la Red Panamericana deMunicipios Saludables y como panelista en la XII Reunión Nacional de la Red Mexicana de Municipios por la Salud “El Papel del Municipio en la Reforma Estructural enSalud” respectivamente; Que, la Reunión del Comité Ejecutivo de la Red Panamericana de Municipios Saludables tendrá lugar enManzanillo, Colima, República Mexicana, los días 28 de febrero y 1 de marzo del 2006, y a la misma asistirá el señor Alcalde considerando que Miraflores ejerce laPresidencia de la Red de Municipios y Comunidades Saludables del Perú, mientras que la XII Reunión Nacional de la Red Mexicana de Municipios por la Salud “El Papeldel Municipio en la Reforma Estructural en Salud” se llevará a cabo del 2 al 4 de marzo del año presente en la misma ciudad; Que, los objetivos de dicha reunión de trabajo y evento son crear espacios para propiciar el análisis e intercambio de experiencias en materia de salud, ademásde brindar apoyo técnico y asesoría en la elaboración y ejecución de proyectos municipales enfocados a promover la salud; Que, la citada invitación tiene por finalidad que el señor Alcalde participe de la reunión de trabajo previa al evento además de llevar a cabo una exposición sobre laexperiencia de los gobiernos locales peruanos en materia de salud, debiéndose precisar que los organizadores asumirán parcialmente los gastos;