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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2006 (08/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323260El Peruano sábado 8 de julio de 2006 matrimonio como institución siendo la familia célula fundamental de la sociedad de conformidad con lodispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política del Estado; Que, el Artículo 233º del Código Civil establece "La regulación jurídica de la familia que tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en laConstitución Política"; Que, el numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 establece que, "Corresponde al ConcejoMunicipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a la ley"; Que, es deber de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distrito que se encuentren aún en una situación dehecho y requieren formalizar su situación conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido, con motivos de aunamos a la celebración del Día de laFamilia; Estando al Informe Nº 846-2006-GAJ/MDSM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de lasfacultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el Primer RegidorHábil Luis Caballero Sabino y con el voto unánime de los señores Regidores Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda OfeliaFerrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Ella CastañedaAbanto, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Carlos Enrique Calderón Carvajal, Roberto Asunción Castillo Paulino, GloriaLuz Santillán Ríos, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Señor Alcalde a la celebración del III MATRIMONIO CIVIL MASIVO, el día 9 de setiembre del 2006, en el marco de las actividades celebratorias del Día de la Familia, 11.00a.m. en la explanada de esta Comuna. Artículo Segundo.- ESTABLECER como pago único por derecho de trámite la suma de Sesenta y 00/100Nuevos Soles (S/. 60.00), por Acta Matrimonial. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente los demásrequisitos exigidos por ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, la Unidad de ImagenInstitucional y División de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 11910 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20 /G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G70/G6F/G72/G61/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G49/G6E/G64/G65/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2006-MDSMP San Martín de Porres, 7 de julio del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO, Que el 28 de Julio de 1821 se proclamó la Independencia del Perú; y,CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, conpersonería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 38º de la Constitución Política del Perú, establece que "Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales,así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación"; Que, el sábado 28 de Julio de 1821, en solemne ceremonia llena de júbilo y efervescencia patriótica, desde un tabladillo acondicionado en la plaza de Armas de la ciudad de Lima, el Libertador don José de SanMartín, enarbolando el nuevo estandarte patrio blanco y rojo, proclamó la Independencia del Perú pronunciando las siguientes palabras: "EL PERÚ ES DESDE ESTE MOMENTO LIBRE E INDEPENDIENTE POR LA VOLUNTAD GENERAL DELOS PUEBLOS Y POR LA JUSTICIA DE SU CAUSA QUE DIOS DEFIENDE". ¡VIVA LA PATRIA! ¡VIVA LA LIBERTAD! ¡VIVA LA INDEPENDENCIA! Que, en esta fecha tan significativa que enarbola nuestra independencia de España el término del yugoColonial y el ingreso de nuestra patria a la vida Republicana y Democrática llena de esperanzas para el pueblo peruano y en especial para la comunidaddel distrito de San Martín de Porres, que en remembranza se debe decretar el embanderamiento general; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas por los Artículos 6º, 20º Numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL del distrito de San Martín de Porres desde el día 7 al 31 de julio del presenteaño, en todas las viviendas, edificios, locales comerciales e instituciones de este distrito, con ocasión de conmemorarse el ciento ochenta y cinco aniversario dela Independencia del Perú. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal y a las Gerencias de Servicios y Programas Sociales, de Participación Ciudadana, Seguridad Ciudadana, y laUnidad de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTE Alcalde 11934 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G75/G62/G64/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G2D /G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 065-06-GODU/MDS Surquillo, 27 de junio de 2006 LA GERENCIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 90186-06, promovido por doña SUNILDE EDILEMA VEGA MUÑOZ VDA. de LOPEZ, que solicita la SUBDIVISIÓN del Lote Matriz. Ubicadocon frente a Jr. Manuel Iturregui Nºs. 1000-1002-1004- 1006-1010 (Antes General Velarde), esquina con Jr.