Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2006 (08/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano sabado 8 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

323255

Acuerdo de Concejo Nº 139 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Modificase la denominacion de los procedimientos relacionados a la autorizacion para instalacion y/o exhibicion de elementos de publicidad exterior que se encuentran normados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de esta Municipalidad, de conformidad con lo senalado en el articulo 9º de la presente Ordenanza. Quinta.- Derogase la Ordenanza Nº 253-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de MORDAZA de 2006 y las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Sexta.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas reglamentarias y complementarias a la presente Ordenanza. Setima.- Todas las solicitudes de autorizacion en tramite deberan adecuarse a la presente Ordenanza, para lo cual los interesados deberan presentar un escrito de adecuacion dentro de un plazo de treinta (30) dias habiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Octava.- En todo lo no previsto por la presente Ordenanza y siempre que no se opongan apliquese de manera supletoria las normas, ordenanzas, disposiciones, definiciones y clasificaciones que regulan lo concerniente a la publicidad exterior en la provincia de Lima. Novena.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 11831

pago, poniendose al dia en las mismas, medida que repercutira en la captacion de recursos economicos para brindar prestacion efectiva de los servicios publicos; siendo por ello conveniente dar todas las facilidades posibles a los contribuyentes y/o administrados, mediante un programa de beneficios tributarios y no tributarios, que permitan el saneamiento de las deudas contraidas por dichos conceptos; En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo aprobo por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- OBJETIVO Establezcase en la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre, "EL PROGRAMA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRATIVOS", para la regularizacion de las obligaciones tributarias y no tributarias, dirigido a aquellos contribuyentes o administrados que mantengan obligaciones pendientes de pago al 30 de junio del 2006. Articulo 2º.- ALCANCE El beneficio que se otorga mediante la presente Ordenanza, comprende los siguientes conceptos: Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas; con excepcion de las Multas Administrativas impuestas por construir sin Licencia de Obra, las cuales se regiran segun lo dispuesto en la Ordenanza Nº 213-MPL. Articulo 3º.- VIGENCIA La presente Ordenanza estara vigente a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, hasta el dia 26 de MORDAZA del 2006, a cuyo termino la Administracion Tributaria procedera automaticamente a cobrar la totalidad de las obligaciones no canceladas, incluyendo el factor de ajuste o actualizacion, intereses moratorios, costas y gastos por cobranza ordinaria y/o coactiva, segun sea el caso. Articulo 4º.- REGIMEN DE BENEFICIOS El regimen de beneficios se aplicara de la forma siguiente: 4.1 BENEFICIO TRIBUTARIO 4.1.1 Impuesto Predial Condonacion del 100% del factor de ajuste o actualizacion, intereses moratorios y costas y gastos por cobranza coactiva, que aparecen en el estado de cuenta corriente. La condonacion del factor de ajuste MORDAZA senalado, tambien comprende a los contribuyentes que durante la vigencia de la presente Ordenanza, abonen inclusive las cuotas restantes impagas del Impuesto Predial correspondiente al ano 2006. 4.1.2 Multas Tributarias Los contribuyentes que se encuentren en condicion de omisos a la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, o subvaluantes por la modificacion en las caracteristicas del predio, pueden efectuar la MORDAZA de la referida declaracion, sin el pago de sancion alguna (multa tributaria) durante el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, debiendo generarsele los tributos correspondientes segun sea el caso, con la condonacion del 100% del factor de ajuste e intereses moratorios. 4.1.3 Arbitrios Municipales Se condonara el 100% del factor de ajuste o actualizacion e intereses moratorios de los importes que aparecen en el estado de cuenta corriente del contribuyente. Articulo 5º.- BENEFICIO ADMINISTRATIVO Los contribuyentes o administrados que se acojan a los alcances de la presente ordenanza, gozaran de los siguientes beneficios:

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Programa de beneficios para la regularizacion de las obligaciones tributarias y administrativas pendientes de pago
ORDENANZA Nº 219-MPL Pueblo Libre, 6 de MORDAZA del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE: Visto, en sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 019-2006-MPL/CPL-CPDE, de la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales como organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es politica de la Municipalidad de Pueblo Libre establecer beneficios a sus administrados, con la finalidad que cumplan voluntariamente con regularizar sus obligaciones tributarias y administrativas pendientes de

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