Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2006 (12/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano miercoles 12 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

323495

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 15 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, que establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, y que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, la actual Administracion, siendo conciente de la dificil situacion economica por la que vienen atravesando la mayoria de vecinos de la jurisdiccion, se encuentra en la obligacion de brindar a sus Administrados las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones de caracter tributario. Estando a lo MORDAZA expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por MAYORIA, con dispensa del tramite y lectura del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Denominacion y Alcance Establezcase en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, un Regimen de Beneficios Tributarios en favor de las personas naturales y juridicas, que mantengan pendiente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Articulo Segundo.- Regimen de Beneficios a) Establezcase durante el periodo de vigencia de la presente Ordenanza, la condonacion de los intereses moratorios, gastos administrativos y costas procesales respecto a las deudas por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias pendientes de pago con vencimiento hasta el 30 de junio de 2006. b) Reduzcase en 20% el tributo insoluto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los Ejercicios anteriores al 2004, por el pago voluntario y al contado del saldo anual por dicho tributo. Articulo Tercero.- De los Recursos Tributarios en Tramite Los deudores tributarios y/o infractores que mantengan reclamaciones pendientes de pronunciamiento de parte de la administracion y que deseen acogerse a los beneficios otorgados mediante la presente Ordenanza, presentaran original y fotocopia autenticada del escrito de desistimiento de la impugnacion formulada y/o pagar las deudas reclamadas. Articulo Cuarto.- Reconocimiento de Deuda Queda entendido que los deudores tributarios y/o infractores que se hayan acogido a cualquiera de los beneficios mencionados, reconocen expresamente la obligacion materia de regularizacion, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones respecto a las deudas canceladas al MORDAZA de estos beneficios. Articulo Quinto.- Garantia o Medidas Cautelares Las garantias que se encuentren otorgadas o las medidas cautelares ejecutadas a favor de la

Municipalidad, se mantendran en tanto se concluya la cobranza de la deuda tributaria, salvo que el deudor tributario la sustituya por otra garantia a satisfaccion de la Municipalidad. Articulo Sexto.- Vigencia El beneficio establecido en la presente Ordenanza entrara en vigente desde el dia 15 de MORDAZA hasta el 27 de MORDAZA del presente ano. Transcurrido dicho plazo se procedera a ejecutar la cobranza del integro de las deudas tributarias. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente MORDAZA, asi como para ampliar el plazo de vigencia senalado en el articulo 6º de la presente Ordenanza. Segunda.- Los Administrados que mantengan convenios de pago pendientes de cancelacion, respecto a deudas de caracter tributario, podran acogerse al presente beneficio de conformidad a lo establecido en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, para lo cual deberan solicitarlo mediante Carta Simple, acompanando para tal efecto el pago total recalculado del convenio segun la liquidacion que para tal efecto emita el Departamento de Recaudacion y Control. Tercera.- Dejese sin efecto las Ordenes de Pago por Impuesto Predial respecto solo a los Ejercicios 2002 al 2005, a excepcion de aquellas que hayan originado medidas cautelares firmes como parte de su cobranza por via coactiva. Cuarta.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y dependencias a su cargo, Departamento de Informatica, Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza, al Departamento de Imagen Institucional su difusion y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 12124

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2006-MSB-A
San MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, este ano se celebra el Centesimo Octagesimo MORDAZA Aniversario de la Independencia de nuestra Nacion. Que, la presente Gestion Municipal tiene como politica promover, incentivar y cultivar en nuestra comunidad los valores civicos patrioticos, resaltando el respeto a nuestros simbolos patrios. Que, los vecinos de San MORDAZA, siempre se han caracterizado por el respeto y participacion en los actos civico patrioticos. Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los inmuebles del distrito de San MORDAZA, del 17 al 31 de MORDAZA del presente ano, con motivo de conmemorarse el 185º Aniversario de la Independencia del Peru.

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