Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2006 (12/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

323478

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 12 de MORDAZA de 2006

solicitudes de vacancia que se interpongan ante esta instancia, y que determinar si las pruebas que obran en el expediente han sido obtenidas licita o ilicitamente es un aspecto que debe ser dilucidado mediante sentencia en la via penal, por lo que no es de aplicacion para el caso de autos lo senalado en el articulo 199º del Codigo Procesal Civil; Que, el Colegiado ha merituado todos los elementos facticos y las consideraciones legales que comprendieron el mencionado MORDAZA de vacancia, con arreglo a ley, el derecho y la justicia, en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 181º de la Constitucion Politica del Estado y articulo 23º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Por tales consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio a las atribuciones que le confiere el inciso a) del articulo 5º de su Ley Organica; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso extraordinario presentado por el abogado de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA vacado del Concejo Distrital de Papayal, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 12062

LOGIS de fecha 10 de noviembre del 2004 para que el regidor MORDAZA MORDAZA Querevalu labore como asistente de la Direccion de Desarrollo y Promocion Social de la Municipalidad Distrital de La Brea- Negritos, a fojas 6, restriccion en la contratacion que segun el recurrente, estaria configurada con la MORDAZA del recibo por honorarios profesionales Nº 000013 del 15 de noviembre del 2004, otorgada por el regidor a la referida municipalidad, a fojas 37; Que, si bien la solicitud de vacancia se fundamenta en la suscripcion de un contrato de Locacion de Servicios de fecha 10 de noviembre de 2004, es de verse, que de la propia redaccion del contrato y de las pruebas que obran en el expediente, el objeto del contrato se cumplio del 13 de octubre al 12 de noviembre del 2004 circunstancia que es corroborada con la conformidad de servicios Nº 78-2004-DIDPES a fojas 36, con la MORDAZA del recibo por honorarios profesionales a fojas 37, y del propio dicho del apelante con relacion al pago efectuado por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA mediante cheque numero 38022623 del Banco Wiese del 19 de noviembre del 2004 - lapso durante el cual el ciudadano MORDAZA MORDAZA Querevalu, no ejercia el cargo de regidor del citado concejo, conforme se acredita con la MORDAZA del Oficio Nº 172-2004-MDLB/CEP del 17 de noviembre del 2004 por el que se le invita a la juramentacion del cargo, tal como lo establece el articulo 6º de la Ley que Establece la Conformidad de Comisiones de Transferencia de la Administracion Municipal Nº 26997; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar Infundado el Recurso de Apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en consecuencia confirmar en todos sus extremos el Acuerdo de Concejo Nº 081-2005-MDLB que rechazo la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de la MORDAZA, provincia de Talara, departamento de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 12063

Confirman Acuerdo de Concejo que rechazo solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA y Regidor del Concejo Distrital de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 1208-2006-JNE
Expediente Nº 314-2005 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006 VISTO el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 081-2005-MDLB del 28 de noviembre de 2005, que rechazo la solicitud de vacancia de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Querevalu de sus cargos como MORDAZA y regidor, respectivamente, del Concejo Distrital de La MORDAZA, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por la causal de vacancia prevista y sancionada en el inciso 9) del articulo 22º, concordada con el articulo 63º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa, conforme lo dispone el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA en sesion extraordinaria de fecha 28 de noviembre de 2005, declaro por 4 (cuatro) votos contra 1 (uno) rechazar la vacancia de los cargos de MORDAZA y regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Querevalu, respectivamente al considerar el citado concejo que los afectados no estaban incursos dentro de los impedimentos o restricciones de contratacion previstos y sancionados en el articulo 63º de la Ley Organica de Municipalidades, segun consta de fojas 13 a 17; Que, se le imputa a los afectados haber suscrito el contrato de Locacion de Servicios Nº 193-2004-MDLB/

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Talara
RESOLUCION Nº 1217-2006-JNE
Expediente Nº 440-2006 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006 Visto, el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 49-04-2006-MPT de fecha 3 de MORDAZA de 2006, del Concejo Provincial de Talara, departamento de MORDAZA, que resuelve declarar improcedente la solicitud de vacancia del cargo de regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitada por el recurrente; CONSIDERANDO: Que, segun el acta de Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 002-3-2006-MPT de fecha 30 de marzo de 2006, que corre en MORDAZA certificada de fojas 2 a 21, en dicha sesion, el Concejo Provincial de Talara debatio la solicitud de vacancia presentada por el apelante respecto del cargo de regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustentada en la causal de vacancia prevista en el inciso 6) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.