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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 12 de julio de 2006 323493REPUBLICADELPERU Que, con Expediente Nº 3971-2005 la Promotora Somarsa E.I.R.L. reclama la Nulidad del trámite de Habilitación Urbana promovida por la Asociación de Propietarios de Vivienda Los Sauces de Carabayllo, que es en este caso los compradores de lotes. El Título II-XIV del Reglamento Nacional de Construcción, señala que los propietarios de los terrenos materia de Habilitación son los mayoresobligados a realizar la Habilitación Urbana y en casoque todos los lotes hubiesen sido vendidos, la regularización se efectuará por la junta de compradores de los lotes. Que, con fecha 21 de abril de 2005, la Comisión Técnica Calificadora y Dictaminadora de Habilitación Urbana, reconocido con Resolución de Alcaldía Nº 084-2006-A/MDC del 6 de febrero del 2006, Dictaminó en forma FAVORABLE, la aprobación de Proyectos de Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por la "Asociación de Propietarios de Vivienda Los Sauces deCarabayllo". Que, mediante Informe Nº 010-2005/SGHU/GDUR/ MDC de fecha 11.abril.2005 e Informe Nº 160-2006/ GDUR/MDC de fecha 26.mayo.2006 la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural menciona que el recurrente ha respetado los Planos Urbanos. Que, con informe Nº 0147-2006-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda se proyecteresolución, considerando sus recomendacioens, entre las que considera declarar Aprobado en vía de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutadadenominada "Asociación de Propietarios de Vivienda Los Sauces de Carabayllo"; Estando a las facultades conferidas en la Ley General de Habilitación Urbana Nº 26878, el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y sus modificatorias, el TítuloII del Reglamento Nacional de Construcciones y con lasfacultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE Artículo Primero.- ACUMULAR, el Expediente Nº 724-2005, Expediente Nº 3541-2005, Expediente Nº 7405-2005 presentados por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA LOS SAUCES DE CARABAYLLO, solicitando APROBACIÓN EN VÍA DE REGULARIZACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA; así como el Expediente Nº 3971-2005, Expediente Nº 6805-2005, Expediente Nº 9911-2005, Expediente Nº 1010-2006, Expediente Nº 1302-2006, Expediente Nº 1308- 2006, Expediente Nº 3677-2006, presentados por la Empresa PROMOTORA SOMARSA E.I.R.L. solicitandoOPOSICIÓN Y NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO DEAPROBACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA promovido por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA LOS SAUCES DE CARABAYLLO; en estricta aplicación de lo dispuesto en los Arts. 144º, 145º, 149º, 219º y 220º de la Ley Nº 27444; convirtiéndose todo lo actuado en un procedimiento trilateral. Artículo Segundo.- APROBAR la solicitud de "Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada" promovida por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA LOS SAUCES DE CARABAYLLO, del Proyecto de Vivienda Residencial de Densidad Media RDM delterreno de 61,500.00 m 2, compuesto por las Parcelas Nº 85 y Nº 131 de la ex Cooperativa Caudivilla-Huacoy-Punchauca, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y Región Lima; inscrito en la Partida Electrónica Nº 11632700, Asiento 0001 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; conforme al Plano Nº 027-GDUR/ MDC el mismo que forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- DECLARAR INFUNDADA la solicitud promovida por la Empresa PROMOTORA SOMARSA E.I.R.L.sobre OPOSICIÓN Y NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA seguida por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA LOSSAUCES DE CARABAYLLO, conforme a los fundamentosexpuestos. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA LOS SAUCES DE CARABAYLLO, la culminación de las obras de Habilitación Urbana, la misma que estará supeditada a los proyectosaprobados por esta Corporación Edil, conforme a lasespecificaciones técnicas siguientes:Que, visto el Oficio Nº 253-2006-GOREMAD/GRDS de fecha 14 de junio del 2006, de la Gerencia Regionalde Desarrollo Social y estando a lo acordado por elConsejo Regional en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el catorce de junio del dos mil seis, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; HA APROBADO:Artículo Primero.- APRUÉBESE el REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS REGIONALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADREDE DIOS, cuyo texto se anexa a la presente norma, formando parte integrante de la misma. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintiún días del mes de junio deldos mil seis. JOSÉ DE LA ROSA DEL MAESTRO RÍOS Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios 12009 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G20 /G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G4C/G6F/G73/G20/G53/G61/G75/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G43/G61/G72/G61/G62/G61/G79/G6C/G6C/G6F/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G6C/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 189-2006-A/MDC Carabayllo, 2 de junio de 2006VISTOS: Los Expedientes Nº 724-2005 de fecha 25.Ene.2005, presentados por la Asociación de Propietarios de Vivienda Los Sauces de Carabayllo,representado por el Sr. Ángel Moisés Romero Tafur, quien solicita la aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno de 61,500.00m 2, parcelas signadas con los Nºs. 85 y 131 ubicadas a la altura del Km. 20 de la Av. Túpac Amaru del distrito de Carabayllo, provincia y Región de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 350-2000/ MDC, de fecha 8 de noviembre de 2000, se aprueba la Habilitación Urbana Ejecutada promovida por laPromotora Somarsa E.I.R.L., de acuerdo al plano Nº 004-00-MDC/CDHU, para el terreno de 61,500.00 m 2, constituido por las parcelas Nºs. 85 y 131 ubicado en el distrito de Carabayllo. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 090-2002 de fecha 15 de marzo del 2002, se deja sin efecto laResolución de Alcaldía Nº 350-2000/MDC, por que no obra el expediente de Habilitación Urbana en los archivos del área correspondiente, asimismo, resalta deficiencias técnicas y administrativas incurridas en la emisión de esta Resolución. Que, con Expediente Nº 724-2005 de fecha 25.Ene.2005 y adjuntos, la Asociación Propietarios de Vivienda LosSauces de Carabayllo, solicita la aprobación de HabilitaciónUrbana Ejecutada del terreno de 61,500.00 m 2 parcelas signadas con los Nºs. 85 y 131, por cuanto la Inmobiliaria Somarsa E.I.R.L., no tenía permiso de la Municipalidad deCarabayllo para efectuar venta de terrenos tal como constaen los contratos de compra-venta, siendo éstos rústicos yno tenían Habilitación Urbana.