Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2006 (12/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano miercoles 12 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323491

MORDAZA AMPUERO VILCARROMERO, Gerente Subregional de Ucayali, evidenciandose que durante el periodo 2001-2004, la administracion de la citada entidad, ha otorgado anticipos con cargo a rendir cuenta asi como viaticos por comision de servicios a funcionarios y servidores que hasta la fecha 21 de MORDAZA del 2005, no han cumplido con rendir cuenta documentada por los gastos efectuados; Observacion 02.- "La Gerencia Subregional durante el periodo 2001 ­ 2003 no ha programado procesos de seleccion en su Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, realizando por el MORDAZA de Seleccion de Menor Cuantia". De los hechos se advierte presunta responsabilidad administrativa a los ex Subgerentes de la Subregion de Ucayali ­ Contamana: Bahaman MORDAZA Saldana, MORDAZA MORDAZA Zumaeta y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, evidenciandose que las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios efectuados por dicha Subgerencia en el periodo 2001-2003, no programo procesos de seleccion en su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad, es decir que los Procesos de Adjudicaciones Directas Publicas y Selectivas, las adquisiciones para gastos corrientes y para la ejecucion de obras por gestion presupuestaria directa, fueron realizadas via adjudicacion de menor cuantia sin la participacion de otros proveedores; Observacion 03.- "No se ha cumplido con notificar a CONSUCOCE Y A PROMPYME, los Procesos de Seleccion de Menores Cuantias con valores referenciales superiores a Cuatro Unidades Impositivas Tributarias (4 UIT) por un importe de Ciento Sesenta y Siete Mil Quinientos Veintiuno y 50/100 Nuevos Soles (S/. 167,521.50)". De los hechos se advierte presunta responsabilidad administrativa ex Subgerentes de la Subregion de Ucayli ­ Contamana: Bahaman MORDAZA Saldana, MORDAZA MORDAZA Zumaeta y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, evidenciandose que la adquisicion de bienes y servicios efectuados por la mencionada Subgerencia en el periodo 2001-2004, se ha determinado que dicha Subgerencia ha adquirido bienes y servicios cuyos valores referenciales superaron las cuatro unidades impositivas tributarias (04 UIT), sin comunicar al CONSUCODE y a PROMPYME para su difusion respectiva, originando la no participacion de otros proveedores; Observacion 05.- "Ejecucion de Obras Bajo la Modalidad de Administracion Presupuestaria Directa incumpliendo la normatividad vigente". De los hechos se advierte presunta responsabilidad administrativa al Sr. Bahaman MORDAZA Saldana, ex Gerente de la Subregion de Ucayali ­ Contamana, se ha evidenciado deficiencias durante el MORDAZA integral de ejecucion de las obras presentadas en las fases de aprobacion del expediente tecnico, designacion de funciones a los encargados de la ejecucion y supervision de obras, realizacion de obras y el cumplimiento de las consideraciones tecnicas financieras en la liquidacion final de obras; Observacion 06.- "Pagos indebidos por mano de obra por un importe de Un Mil Novecientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,925.00) en la Obra: Refaccion C.E.P.M. Nº 64187 Roaboya Mestiza". De los hechos se advierte responsabilidad administrativa al ex Gerente de la Subregion de Ucayali de Contamana, senor Bahaman MORDAZA Saldana, al no salvaguardar los recursos del estado al no ejercer una efectiva supervision sobre sus funcionarios y servidores en el desarrollo de sus labores y al autorizar comprobantes de pagos y planilla de tareo de personal que no laboraron en la Obra: "Refaccion CEPM Nº 64187 Roaboya Mestiza", como operario y peon respectivamente y con su accionar negligente se retiro recursos del estado con fines desconocidos, por cuanto no se ha identificado quien cobro y MORDAZA las planillas; ocasionando un perjuicio economico por la suma de Un Mil Novecientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles (1,925.00); Observacion 07.- "Irregularidades en las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios efectuadas por la Gerencia Subregional de Ucayali ­ Contamana, por un importe de Doscientos Trece Mil Setecientos Noventa y Cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 213,795.00)". De los hechos se advierte responsabilidad administrativa a los ex Gerentes de la Subregion de

Ucayali - Contamana, senores Bahaman MORDAZA Saldana y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, evidenciandose que la referida Subgerencia ha adquirido bienes y contrato de servicios durante los periodos del 2001 ­ 2004, la adquisicion de antenas parabolicas y accesorios por los importes de Veinte Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20,500.00) y Diecinueve Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 19.500.00); irregulares en la adquisicion de bombas sumergibles y accesorios por el monto de Treinta y Seis Mil 00/100 Nuevos Soles (S/. 36.000.00) en ambos se ha evidenciado deficiencias en el MORDAZA de adquisicion de bienes efectuadas por la citada Subregion; En ese sentido, la presunta Negligencia e Incumplimiento de Deberes Funcionales, imputados al funcionario actual MORDAZA Ampuero Vilcarromero y ex funcionarios: MORDAZA MORDAZA Zumaeta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Bahaman MORDAZA Saldana todos de la Subregion de Ucayali ­ Contamana, en la presente investigacion, se encuentra debidamente fundamentada, del cual se desprende indicios razonables de la comision de faltas de caracter disciplinario, por lo que los administrados deberan esclarecer en el termino de un MORDAZA administrativo disciplinario, con la finalidad de que tenga la posibilidad de hacer uso del derecho de defensa que les asiste, tanto mas si como consecuencia de ello pudiesen ser posible de la sancion establecida en el Articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico", concordante con el Articulo 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa"; Que, de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 165º del Reglamento MORDAZA citado, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de MORDAZA, es competente para el conocimiento y MORDAZA administrativo disciplinario de funcionarios; Que, los citados administrados, habrian inobservado los siguientes dispositivos legales: Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico: Articulo 21º.- Son obligaciones de los servidores: literales a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el Servicio Publico y b) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos; Articulos 28º.- Son faltas de caracter disciplinario (...) d) "La negligencia en el desempeno de sus funciones" concordante con el Articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, senala que, "los funcionarios y servidores deberan actuar con correccion y justicia al realizar los actos administrativos que le correspondan cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad"; Estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Loreto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, Oficina Regional de Administracion; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RL y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL, de fecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, al senor MORDAZA AMPUERO VILCARROMERO, Gerente Subregion de Ucayali ­ Contamana y a los senores MORDAZA MORDAZA ZUMAETA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y BAHAMAN MORDAZA MORDAZA, ex funcionarios de la citada Subregion, en aplicacion del Articulo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" por presunta NEGLIGENCIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES; por las razones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 2º.- CONCEDER, al funcionario y ex funcionarios comprendidos en el articulo precedente, el

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