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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2006 (14/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 14 de julio de 2006 323617REPUBLICADELPERU - soda cáustica. - ácidos láctico, oxálico y acético.- ácido fórmico. - azufre. - aceites esenciales.- Bacillus thuringiensis . - Preparados biodinámicos y homeopáticos. Artículo 46º.- Limpieza de equipos En la extracción y procesamiento, todos los equipos deben ser de acero inoxidable, desinfectados exclusivamente con agua caliente, vapor y detergentes biodegradables. La miel no deberá ser calentada a unatemperatura mayor que 37.5ºC. CAPÍTULO X DE LA PROHIBICIÓN DE ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS (OVMs) EN LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA Artículo 47º.- Prohibición de Organismos Genéticamente Modificados El uso de OVMs está prohibido en la producción y transformación de productos orgánicos por su incompatibilidad con los principios de la agricultura orgánica, su naturaleza irreversible y el riesgo potencialal ambiente y la salud humana. La prohibición de uso se extiende a sus derivados incluyendo ingredientes, aditivos y auxiliares de transformación. Artículo 48º.- Separación de productos o cultivos con Organismos Genéticamente Modificados Los productos orgánicos deben estar libres de contaminación de OVMs y el operador debe tomar medidas para prevenir y mitigar el riesgo decontaminación durante todas las fases del proceso productivo: cultivo o crianza, transformación, almacenaje, transporte e inclusive durante el empacado y lacomercialización. Artículo 49º.- Período de Transición El período de transición sólo podrá iniciarse en áreas donde por lo menos en los 3 años anteriores no se hubiere realizado actividad alguna con OVMs. Elorganismo de certificación, podrá reducir este período, verificando en cada caso la información que manejaba el agricultor al adquirir y/o utilizar los insumos para suproducción. Artículo 50º.- Prohibición de producción paralela Las unidades de producción orgánica no podrán tener paralelamente producción con OVMs ni usar semillas, almácigos, material de propagación, inoculantes u otrosproductos derivados de éstos. Artículo 51º.- Prohibición de desechos de animales, sometidos a Organismos Genéticamente Modificados Está prohibido el uso de estiércol, fertilizantes, compost y otros insumos semejantes originados de animales que fueron manejados con OVMs o en base a sus derivados. Artículo 52º.- Prohibición de Organismos Genéticamente Modificados en Alimentación animal Está prohibido el uso de raciones, forrajes, concentrados, suplementos, vitaminas, minerales, productos veterinarios y otros aditivos que contengan OVMs o sus derivados. CAPÍTULO XI DE LA TRANSFORMACIÓN Y MANEJO DE ALIMENTOS Artículo 53º.- Transformación y manejo de alimentos La transformación y manejo de alimentos orgánicos debe mantener la inocuidad, calidad e integridad del producto, y debe ser realizado en forma separada entiempo y/o espacio de la manipulación y transformación de productos no orgánicos.Los métodos de transformación deben estar basados en procesos químicos, físicos y biológicos que nodeterioren la calidad orgánica de todos los ingredientes en cada etapa del proceso. Están permitidos los siguientes procesos: - Físicos y mecánicos. - Químicos.- Biológicos. - Ahumados. - Extracción.- Precipitación. - Filtración. Artículo 54º.- Etiquetado de productos orgánicos Los productos orgánicos deben ser identificados mediante el etiquetado en todas las etapas de la cadenaproductiva hasta la comercialización. Artículo 55º.- Prevención y control de la contaminación El operador debe contar con procedimientos documentados sobre el proceso de transformación, losmismos que deben incluir disposiciones para prevenir y controlar la contaminación, durante todo el proceso incluyendo el transporte y almacenamiento. Artículo 56º.- Limpieza de instalaciones El operador debe utilizar los medios y medidas permitidos o recomendados en el presente Reglamento Técnico para la descontaminación, limpieza o desinfección de todas las instalaciones donde se mantenga, maneje,transforme o almacene los productos orgánicos. Artículo 57º.- Condiciones de almacenamiento Además del almacenamiento a temperatura ambiente, las siguientes condiciones están permitidas para ello (ver Anexo 4): - Atmósfera controlada. - Atmósfera modificada.- Enfriamiento. - Congelamiento. - Secado.- Regulación de la humedad. - El gas etileno está permitido para la maduración. Artículo 58º.- Manejo de plagas Las plagas deben ser evitadas a través de buenas prácticas en los procesos. Esto incluye limpieza generale higiene. Los tratamientos con agentes de regulación de plagas deben, por lo tanto, ser considerados como la última medida a aplicar siempre que estén aprobadospor el organismo de certificación. Artículo 59º.- Control de plagas Están prohibidos la irradiación y el uso de pesticidas y desinfectantes persistentes o cancerígenos para el control de plagas. Los tratamientos recomendados parael control de plagas incluyen: barreras físicas, sonido, ultrasonido, luz solar normal y ultravioleta, trampas (incluyendo las de feromonas y de cebos estáticos),control de la temperatura, atmósfera controlada y tierra de diatomeas. Pudiendo considerarse además: - Métodos preventivos como la eliminación del hábitat de las plagas y limitar el acceso a las instalaciones. - Métodos mecánicos, físicos y biológicos.- Sustancias pesticidas incluidas en los anexos de este reglamento. - Otras sustancias usadas en trampas. Artículo 60º.- Protección de productos en almacenes El operador debe establecer normas internas de protección y desinfección durante el almacenamiento, para garantizar la inexistencia de residuos indeseablesque podrían contaminar a los alimentos tratados. Artículo 61º.- Condición para que un producto se considere como orgánico Un producto transformado será considerado orgánico cuando por lo menos el 95% de sus ingredientes (en