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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2006 (14/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 14 de julio de 2006 323633REPUBLICADELPERU o contratación definitiva. Toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberáregularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a la finalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de laEntidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico- legal sustentatorio, a la Contraloría General de la Repúblicay al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estadode la ejecución de las prestaciones; Que, por Informe Nº 606-2006-AG-OGAJ, de fecha 6 de julio de 2006, la Oficina General de Asesoría Jurídica delMinisterio de Agricultura, ha emitido el correspondiente Informe Legal, señalando que resulta procedente que a través de la Resolución Ministerial correspondiente, seapruebe la exoneración del proceso de selección para la adquisición de bienes y la contratación de servicios estrictamente necesarios para mitigar los eventosacaecidos en las provincias declaradas en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo Nº 020-2006-PCM en las actividades pecuaria y agrícola, conforme lo dispone elartículo 19º inciso c) del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, por lo expuesto, resulta procedente exonerar del proceso de selección correspondientes las adquisiciones y contrataciones efectuadas por la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración delMinisterio de Agricultura de los bienes y servicios estrictamente necesarios para atender el desastre, conforme a lo previsto en el tercer párrafo del artículo148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por haberse presentado la causal deexoneración de procesos de selección de las adquisiciones y contrataciones, por situación de emergencia, prevista en el inciso c) del artículo 19º delreferido Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 19º y artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 142º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Resolución Ministerial Nº 058-2006-AG, de fecha 24 de enero de 2006, incluyendo los procesos de selección detallados en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Resolución Ministerial,debiendo publicarse en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y en la Página WEB del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Exonérese de los procesos de selección correspondientes, las adquisiciones realizadas por la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración delMinisterio de Agricultura, realizadas en el marco del Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo Nº 020-2006- PCM, por los bienes y servicios cuyos montos que se detallanen el Anexo Nº 02 que forma parte de la presente Resolución Ministerial, que suman S/. 412,050.00 Nuevos Soles (Cuatrocientos doce mil cincuenta y 00/100 Nuevos Soles yafectan a la Cadena Funcional Programática: Sistema de Defensa Nacional - Acciones de Emergencia, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, correspondiente al añofiscal 2006. Artículo 3º.- Autorícese con eficacia anticipada al 28 de abril de 2006, a la Oficina de Logística de la Oficina General deAdministración del Ministerio de Agricultura, para que realice las acciones necesarias para implementar lo dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a Contraloría General de la República y al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión.Artículo 5º.- Publíquese la presente Resolución Ministerial, en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electrónico deAdquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 00017-1 EDUCACIÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C DECRETO SUPREMO Nº 018-2006-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 019-2004-ED, se aprobó el Reglamento General del Concurso Público de selección de Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local, en aplicación de la Ley Nº 28302, quemodificó el artículo 73º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, que señala que la Unidad de Gestión Educativa Local, está a cargo de un Director que esdesignado previo concurso público, convocado por la respectiva Dirección Regional de Educación, dicha designación se hace por un período de tres (3) años, altérmino del cual se vuelve a convocar a concurso público; Que, como consecuencia de la evaluación de los procesos de Concurso Público efectuados para lacobertura de cargos de Directores de Unidades de Gestión Educativa Local a nivel nacional, se ha constatado la necesidad de modificar y reordenar lasdisposiciones del Decreto Supremo Nº 019-2004-ED; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del País, el inciso 2) del artículo 3ºdel Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Artículo Primero.- De la Aprobación del Reglamento. Aprobar el Reglamento General de Concurso Público de Selección de Directores de las Unidades de GestiónEducativa Local, el mismo que consta de ocho Capítulos, veintinueve artículos y tres Disposiciones Transitorias Complementarias y Finales. Artículo Segundo.- De la Derogación. Derogar el Decreto Supremo Nº 019-2004-ED. Artículo Tercero.- Del Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de julio del año dos mil seis. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de la Presidencia de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE DIRECTORES DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CAPÍTULO I DE LA FINALIDAD, PRINCIPIOS, BASE LEGAL Y ALCANCE Artículo 1º.- Finalidad El presente Reglamento tiene como finalidad, regular el proceso de Concurso Público para cubrir los cargos