Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2006 (14/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 14 de MORDAZA de 2006

de Directores de las Unidades de Gestion Educativa Local, en el ambito nacional. Articulo 2º.- Naturaleza de la Institucion La Unidad de Gestion Educativa ­ UGEL, es una instancia de ejecucion descentralizada del Gobierno Regional, con autonomia en el ambito de su competencia. Esta a cargo de un Director que es designado por tres (3) anos, previo Concurso Publico convocado por la Direccion Regional de Educacion respectiva. Articulo 3º.- Principios El MORDAZA de Concurso Publico para la Seleccion de Directores de UGEL, se desarrollara con observancia de los principios del debido MORDAZA, asi como la equidad, medicion tecnica, merito, objetividad, probidad, transparencia, veracidad e imparcialidad. Articulo 4º.- Base Legal El presente Reglamento se sustenta en las siguientes normas: a) Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 27680, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion. b) Ley Nº 26771, Ley de Nepotismo. c) Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificada por la Ley Nº 28164. d) Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. e) Ley Nº 27588, Ley de Prohibiciones e Incompatibilidades de Funcionarios. f) Ley Nº 27658 modificada por la Ley Nº 27842, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. g) Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, Reglamento de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la gestion del Estado. h) Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. i) Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso en la Informacion Publica. j) Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. k) Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. l) Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº27902. m) Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. n) Ley Nº 28302, Ley que modifica el Articulo 73º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. o) Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico. p) Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. q) Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276. r) Decreto Supremo Nº 19-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado. s) Decreto Supremo Nº 009-2005-ED "Reglamento de Gestion del Sistema Educativo". Articulo 5º.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento, son de aplicacion obligatoria para: a) Las Direcciones Regionales de Educacion. b) Los Gobiernos Regionales. c) El Ministerio de Educacion, segun mandato de la Ley Nº 28302. CAPITULO II DE LA CONVOCATORIA, CONFORMACION DE LA COMISION REGIONAL DE CONCURSO Y SUS FUNCIONES, Y DE LAS ABSTENCIONES Articulo 6º.- Convocatoria El Concurso Publico sera convocado por la Direccion Regional de Educacion, en coordinacion con el Gobierno Regional, mediante la Resolucion Directoral Regional correspondiente, la misma que constituira una Comision Regional de Concurso Publico encargada de seleccionar a los Directores de Unidades de Gestion Educativa Local de su jurisdiccion. La convocatoria sera publicada en un diario de circulacion de la region, en la pagina WEB, en el mural institucional y en otros medios de difusion regional. Articulo 7º.- Conformacion de la Comision Regional de Concurso La Comision Regional de Concurso Publico estara integrada por:

a) El Director de Gestion Institucional de la Direccion Regional de Educacion, quien la preside. b) Un representante del Gobierno Regional, elegido por el Presidente. c) El Director de Gestion Pedagogica de la Direccion Regional de Educacion. Podran participar en calidad de observadores con voz, pero sin MORDAZA, representantes acreditados de las siguientes instituciones: a) Del Consejo Participativo Regional de Educacion. b) Del Ministerio Publico. c) De la Defensoria del Pueblo. Articulo 8º.- Funciones de la Comision Son funciones de la Comision Regional de Concurso Publico: a) Organizar y ejecutar el Concurso Publico, en el MORDAZA del presente Reglamento. b) Elaborar y aprobar las Bases del Concurso Publico. c) Formular y publicar el Cronograma de Actividades del Concurso Publico. d) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y las Bases del Concurso. e) Evaluar los conocimientos, la experiencia, las capacidades y actitudes de los postulantes. f) Elaborar y consignar en actas el cuadro de meritos de los postulantes, con la indicacion del puntaje total de cada uno de ellos, incluyendo las observaciones encontradas durante el desarrollo del Concurso Publico. g) Absolver las reclamaciones planteadas por los postulantes. h) Publicar los resultados del Concurso Publico. i) Formular el Informe Final de resultados del Concurso Publico para su entrega al Director Regional de Educacion, Presidente del Gobierno Regional y al Ministerio de Educacion. Articulo 9º.- Abstenciones Si hubiera alguna relacion de parentesco entre si, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad entre los integrantes de la Comision Regional de Concurso, los miembros de menor jerarquia estan impedidos de participar, debiendo ser inmediatamente reemplazados. CAPITULO III DEL PERFIL DEL DIRECTOR DE LA UGEL, DE LOS FACTORES DE EVALUACION, DE LOS REQUISITOS MINIMOS PARA POSTULAR Y DE LOS IMPEDIMENTOS Articulo 10º.- Perfil del Director de UGEL En el MORDAZA del Concurso Publico, se tendra en cuenta el siguiente perfil basico para un Director de UGEL: a) Conocimiento y aplicacion de las politicas educativas nacionales, regionales y locales. b) Conocimiento de la Ley General de Educacion y la normatividad que la implementa. c) Conocimiento de la realidad educativa y social de la region y particularmente de la UGEL a la cual postula. d) Liderazgo y solvencia moral comprobada. e) Capacidad para el manejo de procesos modernos de gestion educativa y para formular, ejecutar y evaluar planes y programas para el desarrollo local, en concordancia con las politicas educativas locales, regionales y nacionales. f) Capacidad para establecer relaciones consistentes con los diversos agentes educativos, las instituciones sociales y la comunidad organizada, en el MORDAZA de una mejor atencion de los servicios educativos, desarrollar proyectos, generar consensos y resolver conflictos. g) Capacidad para el adecuado desarrollo de procesos de administracion de personal y de recursos materiales y financieros. h) Capacidad para el impulso de modernos procesos de gestion pedagogica en curriculo, capacitacion del personal, innovaciones pedagogicas, servicios de tutoria y prevencion educativa, evaluacion del educando y supervision. i) Capacidad para el trabajo con enfoque intersectorial y multidisciplinario, para el abordaje y solucion de los problemas educativos y sociales de su ambito jurisdiccional. j) Habilidad para promover e involucrar al personal en el cumplimiento de los planes, programas y politicas nacionales, regionales y sociales, dentro de un adecuado clima institucional. k) Habilidad para la utilizacion de las tecnologias de informacion y comunicacion ­ TICs.

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