Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2006 (16/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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LICA DEL P E

RU

324048

NORMAS LEGALES
Impuesto Predial Deudas generadas hasta el 30 de junio del 2006, cuyo monto no sobrepase los S/. 1,000 Nuevos Soles. Deudas generadas hasta el 30 de junio del 2006, cuyo monto insoluto sobrepase los S/. 1,000 Nuevos Soles. Pago al Contado

El Peruano MORDAZA 16 de MORDAZA de 2006 En Caso de Impuesto Predial Pago Fraccionado Sin intereses de fraccionamiento hasta 6 cuotas. Monto insoluto, adicional el interes moratorio con un descuento del 50% y el interes de fraccionamiento en 6 cuotas.

Articulo 7º.- VIGENCIA El presente beneficio estara vigente desde el 17 de MORDAZA hasta el 19 de agosto del presente ano. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza, asi como, la prorroga de su vigencia de ser el caso. Segundo.- Encarguese del cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria y Subgerencia de Informatica y Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 00046-1

El monto insoluto (sin intereses, reajustes ni otros conceptos). El monto insoluto (sin intereses, reajustes ni otros conceptos).

En Caso de Multas Administrativas Multas Administrativas Pago al Contado Pago Fraccionado 10% de la deuda previo pago del 30% costos y gastos administrativos fraccionado en 6 cuotas, sin interes de fraccionamiento.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban realizacion de la MORDAZA " "Ponte al Dia por MORDAZA Patrias"
ORDENANZA Nº 086-MDPP MORDAZA MORDAZA, 5 de MORDAZA 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha ha aprobado la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE APRUEBA MORDAZA "PONTE AL DIA POR MORDAZA PATRIAS" Articulo 1º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer un regimen de excepcion para el pago voluntario de las deudas tributarias y deudas no tributarias, cuyo acreedor es la Municipalidad de MORDAZA Piedra. El regimen de excepcion comprende a las deudas tributarias y deudas no tributarias generadas hasta el 30 de junio del 2006, en cualquier instancia administrativa o judicial. Articulo 2º.- DEUDAS MATERIA DE ACOGIMIENTO Y FORMA DE PAGO La deuda materia del acogimiento se podra pagar de la siguiente forma:
En Caso de Arbitrios Municipales
Arbitrios Deudas generadas hasta el 31 diciembre del 2003, cuyo monto insoluto no sobrepase los S/. 500 Nuevos Soles. Pago al Contado Exoneracion del 100% del monto insoluto frente al pago al contado y/o fraccionado de los Arbitrios de los anos 2004, 2005 y 2006 del mes de junio. 50% del monto insoluto (sin intereses ni otros conceptos). Pago Fraccionado Sin interes de fraccionamiento hasta 6 cuotas.

Multas Administrativas emitidas 10% de la deuda (sin hasta el mes de MORDAZA del costos ni gastos 2006, excepto las Multas por administrativos). Habilitacion MORDAZA y Licencia de Construccion de Comercios e Industrias emitidas por GDU.

Ar ticulo 3º.- DEUDAS DE FISCALIZACION Y CATASTRO Condonacion de la Resolucion de Multa y los Interes respecto de las deudas derivadas del MORDAZA de fiscalizacion en caso de omisos sub valuadores y las generadas producto de la Ficha catastral Articulo 4º.- ACOGIMIENTO A LA PRESENTE ORDENANZA El acogimiento a la presente MORDAZA se podra realizar de la siguiente manera: 1) Mediante el pago al contado: se realizara en forma automatica a traves del pago de la deuda directamente en MORDAZA del palacio municipal y/o agencia municipales. En este caso, el pago registrado constituye la MORDAZA del acogimiento. 2) Mediante pago fraccionado: se realizara a traves de la MORDAZA de la solicitud de fraccionamiento en la gerencia y/o agencias municipales. En este caso el convenio suscrito por el funcionario correspondiente constituye la MORDAZA del acogimiento. El acogimiento a la presente MORDAZA, en cualquiera de las formas senaladas en los numerales 1) y 2) del presente articulo, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria o no tributaria.4 Articulo 5º.- DE LOS RECURSO IMPUGNATORIOS EN TRAMITE Los contribuyentes que hayan presentado un recurso de reclamacion, reconsideracion o apelacion, podran acogerse al beneficio de la presente Ordenanza, siempre que se desistan de sus recursos presentados. No se aceptaran desistimientos parciales. Tratandose de recursos seguidos ante organos distintos a la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, deberan presentar MORDAZA fedateada del desistimiento realizado. Articulo 6º.- DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS EN PROCEDIMIENTO COACTIVO Frente al pago al contado del total de la deuda que se encuentra en cobranza coactiva se exonera del pago de las costas y gastos administrativos y se procedera a suspender el procedimiento; en caso que el pago sea fraccionado se pagara el 30% de las costas y gastos administrativos, MORDAZA de que el contribuyente suscriba el convenio de fraccionamiento. Articulo 7º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion y vence el 27 de MORDAZA del 2006, vencido el plazo se procedera inmediatamente a ejecutar la cobranza del total de la deuda. Facultese al senor MORDAZA que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias y/o Reglamentarias, incluyendo la ampliacion de la vigencia del beneficio de la presente ordenanza, de ser necesaria la misma. Articulo 8º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion alguna. Registrese, comuniquese y cumplase RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00089-1

Deudas generadas hasta el 31 de diciembre del 2003, cuyo monto insoluto sobrepase los S/. 500.00 Nuevos Soles.

50% de monto insoluto, adicionalmente el interes moratorio con un descuento del 50% hasta 6 cuotas con interes de fraccionamiento. Con interes de fraccionamiento hasta 6 cuotas.

Deudas generales del 1 de enero del 2004 hasta el 30 de junio del 2006 cuyo monto insoluto no sobrepase los S/. 500.00 Nuevos Soles. Deudas generales del 1 de enero del 2004 hasta el 30 de junio del 2006 cuyo monto insoluto no sobrepase los S/. 500.00 Nuevos Soles

Monto insoluto (sin intereses, ni otros conceptos).

Monto insoluto (sin interes, ni otros conceptos).

Monto insoluto adicionalmente el interes moratorio con un descuento del 50% hasta 6 cuotas + interes del fraccionamiento.

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