Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2006 (16/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA 16 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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y el Carne del CONADIS, o en su defecto debera encontrarse inscrito en el Registro Distrital de Personas con Discapacidad de la OMAPED - Los Olivos. Articulo Cuarto.- INCORPORAR en el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, el procedimiento de Beneficio de Exoneracion de Pago de Derechos Administrativos por Concepto de Licencia de Funcionamiento, Certificados de Zonificacion y Conformidad de Establecimientos y/o Certificados de Defensa Civil, de acuerdo con los alcances del presente Acuerdo. Articulo Quinto.- FACULTAR al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias y/o complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 0412001/CDLO y demas disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la supervision del cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00088-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Otorgan beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 133/ML Lurin, 7 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Lurin visto en Sesion Ordinaria de fecha 7 de MORDAZA de 2006; el Informe Nº 1302006-GAT/ML, de la Gerencia de Administracion Tributaria sobre la aprobacion del Beneficio Tributario a las Deudas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional establece que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendoles a los Concejos Municipales, las funciones normativas que establece el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la cual la ejercen mediante Ordenanzas; Que, el articulo 41º del Codigo Tributario establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley y que excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administre; Que, es politica de la actual gestion municipal establecer medidas y facilidades extraordinarias que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias, dada la situacion y las dificultades de indole economica que atraviesan los contribuyentes del distrito Lurin, tomando en consideracion que existe voluntad de la poblacion de regularizar sus deudas de caracter tributario; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 9º numerales 8) y 9) y del Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION Establezcase dentro de la Jurisdiccion del distrito de Lurin un Beneficio Tributario, dirigido a dar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, por las deudas pendiente de pago generadas al 30 de junio de 2006, del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Articulo 2º.- BENEFICIO TRIBUTARIO Se condonaran el 100% del factor de ajuste e intereses moratorios del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Articulo 3º.- DEL FRACCIONAMIENTO Los contribuyentes que se encuentren con convenio de fraccionamiento vigente, podran cancelar el saldo pendiente de acuerdo al beneficio otorgado en la presente norma. Los contribuyentes que deseen efectuar convenio de fraccionamiento, podran acogerse al presente beneficio de acuerdo con la Ordenanza Municipal Nº 013/ML sobre Fraccionamiento de Deuda Tributaria. Ar ticulo 4.- DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS IMPUGNADAS Los contribuyentes que tengan deudas tributarias con recurso de reclamacion deberan efectuar el desistimiento de su recurso para acogerse al beneficio tributario. Articulo 5º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD Los pagos efectuados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente MORDAZA son validos y no generan devolucion ni compensacion. Articulo 6º.- DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS EN COBRANZA COACTIVA Tratandose de deudas tributarias en MORDAZA de cobranza coactiva, cualquiera sea el estado en que se encuentren, para acogerse al beneficio que establece el Articulo MORDAZA de la presente ordenanza, deberan cancelar previamente los gastos y costas del Procedimiento Coactivo.

Disponen el embanderamiento y limpieza de fachada de inmuebles y jardines de retiro con motivo del Aniversario Patrio
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2006-MDLO/ALC Los MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA
CONSIDERANDO: Que, el proximo 28 de MORDAZA se celebra el 185º Aniversario de la Declaracion de Independencia del Peru; Que, es politica de la actual administracion promover e incentivar el MORDAZA civico y cultural que afirme en la conciencia del vecindario el sentimiento de Peruanidad y respeto a nuestros Simbolos Nacionales, como un medio para el desarrollo del pais; Que, es deber del vecindario de Los MORDAZA, en conmemoracion del Aniversario Patrio, proceder al embanderamiento general, limpieza de fachadas y de jardines de retiro, asi como demas acciones tendientes a brindar al ornato de la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA la debida prestancia, acorde con tan trascendental ocasion; Que, la Comision Mixta por MORDAZA Patrias 2006, conformada con Resolucion de Alcaldia Nº 289-2006, mediante Oficio Nº 106-2006-MDLO/SR recomienda emitir el dispositivo municipal que disponga exhortar a los vecinos; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- EXHORTAR a la poblacion a que, durante el periodo comprendido entre el 12 y el 31 de MORDAZA del presente ano, proceda al EMBANDERAMIENTO GENERAL, LIMPIEZA DE LAS FACHADAS Y JARDINES DE RETIRO de las viviendas, establecimientos publicos y privados, comercios e industrias, asi como la ORNAMENTACION de los locales comerciales ubicados en la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA, con motivo de nuestro Aniversario Patrio. El no acatamiento a la presente disposicion sera sancionado de acuerdo al Cuadro de Sanciones y Escala de Multas Administrativas aprobados con Ordenanza N° 183CDLO. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion y difusion del presente Decreto de Alcaldia a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL y a la DIRECCION DE PREVENCION DEL RIESGO CIUDADANO la supervision de su cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00087-1

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