Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2006 (16/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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324042

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 16 de MORDAZA de 2006

Aprueban Tasa de interes moratorio aplicable al incumplimiento de pagos, transferencias u otra operacion similar vinculada a beneficios en el Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones
CIRCULAR Nº AFP- 76 -2006
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2006 Ref.: Tasa de interes moratorio aplicable al incumplimiento de pagos, transferencias u otra operacion similar vinculada a beneficios en el Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones. Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y de conformidad con lo establecido en el articulo 6º del Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, se dispone lo siguiente: 1. Alcance.La presente Circular es aplicable a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) y a las Empresas de Seguros inscritas en el Registro del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP). 2. Tasa de interes moratorio en Nuevos Soles y Dolares Americanos.Las tasas de interes moratorio para el pago extemporaneo de la pension u otro beneficio al interior del SPP seran estimadas , por la AFP y la empresa de seguros, segun la moneda que se trate, sobre la base de la aplicacion de los factores diario y acumulado de la tasa de interes activa de MORDAZA promedio en moneda nacional (TAMN) y en moneda extranjera (TAMEX), que publica esta Superintendencia. El interes moratorio correspondera al tiempo que medie entre la fecha de vigencia dispuesta en la normativa del SPP y la fecha en que efectivamente se MORDAZA realizado el pago de la pension o beneficio al interior del SPP, debiendo para ello utilizar los factores acumulados vigentes haciendo uso del aplicativo que se presenta en el sitio web de la Superintendencia (http://www.sbs.gob.pe/por talsbs/ TipoTasa/indice.htm), bajo el modelo siguiente: Para moneda nacional: Mf = Mi * (faTAMNf/faTAMNi). Para moneda extranjera Mf = Mi * (faTAMEXf/faTAMEXi); en donde: : monto a pagar al pensionista, segun la moneda que se trate, y que incluye los intereses moratorios correspondientes; Mi : monto que debio pagarse al pensionista, segun la moneda que se trate, segun la normativa del SPP; : factor acumulado de la TAMN registrado faTAMNf al dia anterior en que se paga al pensionista; faTAMNi : factor acumulado de la TAMN registrado al dia anterior en que debio pagarse al pensionista, segun la normativa del SPP; faTAMEX f : factor acumulado de la TAMEX registrado al dia anterior en que se paga al pensionista; faTAMEXi : factor acumulado de la TAMEX registrado al dia anterior en que debio pagarse al pensionista, segun la normativa del SPP. 3. Oportunidad de pago.En caso exista demora en el pago de la pension del afiliado o en otro beneficio establecido en la normativa del SPP, los intereses moratorios correspondientes seran pagados por la AFP o la empresa de seguros, segun el caso, con ocasion de la regularizacion de los montos de pension o beneficios dejados de percibir por el afiliado. Mf

4. Compensacion en el capital para pension.En caso existan demoras en la transferencia del capital para pension y/o en la constitucion del aporte adicional o recursos relacionados al otorgamiento de beneficios por parte de la AFP o la empresa de seguros y, como producto de la variacion del valor cuota durante el periodo referido, el monto de la pension del afiliado se reduzca, se debera realizar un pago a titulo de compensacion equivalente al monto de la perdida resultante en el Capital para Pension. El monto compensatorio (MC) sera igual a: En el caso de extornos o salidas de recursos por la demora en la transferencia del capital para pension: MC = max [(VCi ­ VCf) * Nº cuotas i , 0] En el caso de ingresos de recursos al capital para pension por la demora en la transferencia del aporte adicional: MC = max [(VC f ­VCi ) * Nº cuotas i , 0] en donde: : valor cuota vigente al ultimo dia dispuesto en la normativa para la transferencia de los recursos; : ultimo valor cuota disponible al momento VCf de la transferencia efectiva de los recursos; Nº cuotas : numero de cuotas sujetas a la transferencia en la fecha de vigencia dispuesta en la normativa. VCi Dichos montos se cancelaran al momento de realizar el traslado efectivo del capital para pension o del Aporte Adicional y formaran parte de estos, segun el caso. 5. Error de calculo.Para aquellos casos en que la AFP o la empresa de seguros realicen el calculo para la liquidacion del beneficio de manera erronea, correspondera pagar intereses moratorios por el monto del beneficio dejado de percibir. En el caso de demora en el pago de las pensiones bajo la modalidad de retiro programado, la AFP regularizara los montos de pension dejados de percibir, debiendo abonar los intereses moratorios correspondientes. 6. Vigencia.La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 00084-1

UNIVERSIDADES
Aprueban actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal 2006 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA
RESOLUCION RECTORAL Nº 03291-R-06 MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2006 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 07094-SG-06 de la Oficina General de Planificacion, sobre actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) 2006 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
CONSIDERANDO: Que el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) es el Documento de Gestion Institucional que contiene la planta organica de cargos definidos y aprobados de la Entidad, considerados como necesarios para su adecuado funcionamiento durante un periodo establecido, sobre la base de su estructura organica vigente, prevista en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF); Que mediante el MORDAZA resolutivo de la Resolucion Rectoral N° 06145-R-05 del 1 de diciembre de 2005, se regularizo el estado de vigencia del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) 2005 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, con prevision al ano 2006, aprobado con Resolucion Rectoral N° 04394-R-05 del 2 de setiembre de 2005, asimismo, las paginas 12 y 13 del referido CAP, segun lo establecido, con vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 2005; Que mediante D.S. N° 043-2004-PCM del 18 de junio

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