Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2006 (20/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano jueves 20 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

324413

y construida especialmente para permitir que los vehiculos de recoleccion del servicio de limpieza publica, transfieran los residuos solidos urbanos a vehiculos de transporte de mayor capacidad, en condiciones sanitarias y ambientales aceptables. - Recoleccion: Es el servicio de limpieza publica, que consiste en el recojo de los residuos solidos urbanos, generados en inmuebles donde se desarrollan diferentes tipos de actividades, asi como la recoleccion de los residuos del aseo de calles dentro de la jurisdiccion distrital, en forma sanitaria, MORDAZA y ambientalmente adecuada. - Residuos Solidos de Ambito de Gestion Municipal.Son los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos. - Residuos Solidos de Ambito de Gestion No Municipal.- Son aquellos residuos generados en los procesos o actividades no comprendidas en el ambito de gestion municipal, de caracter peligroso, generados en las areas productivas e instalaciones industriales o especiales. No comprenden aquellos residuos similares a los domiciliarios y comerciales generados por dichas actividades. - Residuos Solidos Especiales: Se define asi a los escombros, objetos y materiales en desuso, residuos de parques y jardines y todos aquellos diferentes a los urbanos que por su naturaleza o volumen requieran tratamiento diferenciado. - Residuos Solidos Peligrosos: Son aquellos que presentan al menos una de las siguientes caracteristicas: inflamabilidad y/o autocombustibilidad, corrosividad, reactividad, toxicidad, explosividad, radiactividad o patogenecidad y son aquellos generados principalmente por establecimientos de salud, industriales y de instalaciones especiales. - Residuos Solidos de las Actividades de la Construccion: Son aquellos residuos fundamentalmente inertes que son generados en las actividades de construccion y demolicion de obras. - Residuos Solidos Urbanos: Es el sobrante o resto de las actividades humanas desarrolladas en los predios de la MORDAZA, considerados por sus generadores como inutil, indeseable o desechable, que se presenta en estado solido o semi-solido. Tambien se incluye dentro de esta definicion el residuo proveniente de las actividades de limpieza de calles, plazuelas y monumentos. - Segregacion: Accion de separar determinados componentes o elementos fisicos de los residuos solidos para ser manejados en forma especial. Si lo realiza el generador se denomina segregacion en la fuente u origen, - Servicio de Limpieza Publica: Es el conjunto de actividades conformadas por la recoleccion, transporte, operacion de planta de transferencia, operacion de disposicion final, aseo de vias publicas de caracter local que prestan las municipalidades, como parte de sus competencias en materia de sanidad publica y de conservacion del medio ambiente. - Transporte: Es la etapa del servicio de Limpieza Publica que consiste en el traslado de los residuos solidos, en vehiculos especiales y/o destinados para este fin, desde el ultimo tramo del servicio mismo hacia una planta de transferencia o lugar de disposicion final. Articulo 4º.- Organos competentes.- Para el cumplimiento de la presente Ordenanza son competentes: a) Organo de Ejecucion y Organizacion del Servicio: La Gerencia de Medio Ambiente a traves de la Subgerencia de Gestion de Residuos. b) Organos de Fiscalizacion: La Gerencia de Medio Ambiente a traves de la Subgerencia de Gestion de Residuos; y la Gerencia de Fiscalizacion a traves de la Subgerencia de Inspecciones, como organo de apoyo. c) Organo Decisorio.- La Subgerencia de Control de Sanciones, como autoridad decisoria, sera la competente para la emision de las resoluciones de imposicion de sanciones administrativas por incumplimiento a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, siendo la MORDAZA instancia la Gerencia de Fiscalizacion.

transferencia y transporte de los residuos solidos hasta un lugar de disposicion final debidamente autorizado por las autoridades pertinentes, exclusivamente de los residuos solidos de ambito de gestion municipal y de todas aquellas actividades que generen residuos afines a estos, elaborando para ello planes operativos de acuerdo a la condiciones y caracteristicas del distrito; estando a que los mismos son de responsabilidad del municipio desde el momento en que el generador los entrega a los operarios de la entidad responsable de la prestacion del servicio de residuos solidos, o cuando los dispone en el lugar establecido por dicha entidad para su recoleccion. Articulo 6º.- CAMPANAS DE EDUCACION AMBIENTAL.La Municipalidad desarrollara, a traves de la Gerencia de Medio Ambiente, campanas de Educacion Ambiental referente a la Gestion de los Residuos Solidos en el distrito, mediante campanas informativas referentes al uso, frecuencia, turno y horario de los diferentes servicios. Articulo 7º.- SEGREGACION DE RESIDUOS SOLIDOS.La Municipalidad, a traves de la Subgerencia de Gestion de Residuos, fomenta la minimizacion de los residuos solidos a traves de la segregacion en la fuente u origen por medio de campanas de educacion ambiental, a fin de formar parte de la responsabilidad de todos los generadores ubicados en la circunscripcion del distrito. Articulo 8º.- FUNCION SUPERVISORA.- La Municipalidad, a traves de la Gerencia de Medio Ambiente y la Subgerencia de Gestion de Residuos supervisa los aspectos tecnicos del manejo de los residuos solidos en la limpieza, recoleccion y transporte de los mismos dentro de su jurisdiccion, a fin de salvaguardar la salubridad de todos los vecinos.

CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES DE LOS GENERADORES
Articulo 9º.- Los generadores estan obligados a: 1. Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares a) Almacenar y disponer los residuos solidos en la via publica adyacente al frontis de la propiedad, mediante el uso de bolsas u otros recipientes debidamente cerrados en los horarios establecidos. b) Depositar los residuos solidos de maleza originados, en los puntos de acopio autorizados por la municipalidad. c) Mantener limpios el techo y fachada. d) Cumplir con las demas disposiciones emitidas por la Municipalidad, concernientes a los residuos solidos. 2. Viviendas Multifamiliares y/u Otros a) Contar colectivamente con depositos debidamente acondicionados y en adecuadas condiciones higienicas para la disposicion de los residuos solidos en viviendas multifamiliares con mas de diez departamentos o en edificios con mas de 03 pisos, incluyendo conjuntos habitacionales y condominios, a fin de evitar que MORDAZA expuestos en la via publica, los mismos que deberan ser expuestos en los horarios establecidos. b) Depositar los residuos solidos de maleza originados, en los puntos de acopio autorizados por la Municipalidad. c) Mantener limpios el techo y fachada. d) Cumplir con las demas disposiciones emitidas por la Municipalidad. 3. Establecimientos Comerciales e Industriales a) Contar con depositos de gran capacidad para la disposicion y en adecuadas condiciones higienicas de los residuos solidos para su facil manipulacion y recojo, los mismos que deberan ser dispuestos en los horarios establecidos. b) Realizar la limpieza de secciones comunes, pasajes, pasadizos y de los servicios higienicos en mercados, centros comerciales y galerias. c) Depositar los residuos solidos de maleza originados en los puntos de acopio autorizados por la Municipalidad. d) Mantener limpios el techo y fachada. e) Cumplir con las demas disposiciones emitidas por la Municipalidad concerniente a los residuos solidos.

CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD
Articulo 5º.- RESPONSABILIDAD MUNICIPAL.- La Municipalidad es responsable por la prestacion de la limpieza de vias y espacios publicos, de la recoleccion,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.