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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324400El Peruano jueves 20 de julio de 2006 Segunda.- El Alcalde queda autorizado a suscribir convenios con las instituciones públicas o privadas que permitan garantizar el desarrollo, la probidad, legalidad y transparencia del proceso del Presupuesto Participativoen la jurisdicción del distrito de Carabayllo. Tercera.- Autorizar al Alcalde dictar las medidas complementarias para el mejor desarrollo de las actividadesdel Proceso del Presupuesto Participativo. Artículo Segundo.- Ratificar en todos sus extremos los Títulos I y II de la Ordenanza Nº 078-A/MDC. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia deDesarrollo Social, Económico y Cooperación Internacional, Gerencia de Desarrollo Urbano-Rural y Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de la presenteOrdenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 00149-1 Disponen la celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2006-A/MDC Carabayllo, 16 de junio de 2006 VISTO: El Informe Nº 50-2006-SGRC/SC/MDC del 16 de junio de 2006 y el Informe Nº 20-2006-SGRC/SC/MDC del 7 de marzo del 2006; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomia política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional -Ley Nº 27680, concordante además con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitución Política, es deber del Estado, por ende de todo Gobierno Local, el de proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condición de instituciones naturales yfundamentales de la sociedad; Que, el Art. 84º numeral 2 Subíndice 2.4 y numeral 3 subíndice 3.3 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades prevee que; constituyen funciones de los Gobiernos Locales, el organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, protección y apoyo a lapoblación en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad; ... así como el de promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Que, es política de la actual gestión el de realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la Institución Municipal en todo el ámbito de su jurisdicción ybuscar el bienestar de la comunidad del distrito de Carabayllo; promoviendo para ello entre otros aspectos, el fortalecimiento de la familia y la sociedad a través de laformalización de las uniones de hecho, de parejas que por motivos económicos y/o de otra índole, mantienen un estado de concubinato indefinito, correspondiendo al GobiernoLocal promover campañas de MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, como el que se realizará el día 24 de junio del 2006 a horas 14.00 pm. en la Piscina Municipal "RicardoPalma" de la Urb. Santa Isabel, distrito de Carabayllo; con la finalidad de procurar que dichas personas formalicen su estado civil; Estando a la facultad conferida en el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER, la celebración del "MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO", en forma generalpara toda la jurisdicción del distrito de Carabayllo, a realizarse el día 24 de junio del 2006, a horas 14.00 pm. en la Piscina Municipal del Complejo Deportivo "Ricardo Palma" de la Urb. Santa Isabel - distrito de Carabayllo. Artículo Segundo.- DISPONER, que para la realización de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con presentar los siguientes requisitos: - Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de cada uno de los contrayentes (actualizadas). - Certificado de Soltería de ambos contrayentes, o Copia Certificada de la Partida de Defunción del cónyuge anterior, o Copia Certificada de la Sentencia de Divorcio o deinvalidación del matrimonio anterior, o el Certificado Consular de soltería o viudez, según sea el caso. - Certificado médico de ambos contrayentes.- Certificado domiciliario de ambos contrayentes. - Copia del documento nacional de identidad de ambos contrayentes. - Copia de los documentos de identidad de los testigos. - Pago único de S/. 50.00 (Cincuenta Nuevos Soles), por concepto de tasa por pliego matrimonial y derecho de ceremonia. Artículo Tercero.- DISPENSAR, de la publicación de edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido conla presentación de la documentación establecida como requisitos, y que se encuentren aptos para contraer matrimonio; esto al amparo de la facultad conferida en elArt. 252º del Código Civil vigente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la Secretaría General, Gerencia de Administración yFinanzas, Subgerencia de Registro Civil y Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; el cumplimiento de presente Decreto; así como a la Subgerencia de Imagen Institucionalsu difusión y publicación oportuna. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 00148-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Establecen Beneficio Especial de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas 2006 ORDENANZA Nº 128 La Molina, 17 de julio del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto; en Sesión Ordinaria del 13 de julio del 2006, el Dictamen Nº 016 del 12 de julio del 2006 de la Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática, mediante el cual recomiendan la aprobación del Proyectode Ordenanza que establece el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificado por las Leyes Nºs. 27680 y 28607, y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los GobiernosLocales tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a los dispositivos legales vigentes, se establece que la recaudación, administración y fiscalización de los Tributos Municipales corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentre ubicado el predio; Que, parte de esa tarea, entre otros conceptos, consiste en la actualización permanente de la base de datos del sistema predial, la promoción de programas destinados almejor cumplimiento de las obligaciones, el control del proceso de fraccionamiento de pagos y la planificación de las políticas pertinentes para el buen desenvolvimiento desus funciones;