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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324402El Peruano jueves 20 de julio de 2006 h) Ante el incumplimiento de pago de la deuda, de acuerdo a las facilidades establecidas en la presente Ordenanza, la Administración procederá a requerir el íntegro de la deuda tributaria y no tributaria más los intereses deley. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- VIGENCIA DE LA NORMA La presente Ordenanza tendrá una vigencia de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación en Diario Oficial El Peruano. Segunda.- ACCIONES DE COBRANZA Suspender durante la vigencia de esta norma, las acciones de cobranza de la deuda tributaria y no tributariacomprendidas en la presente Ordenanza, en el estado que se encuentren. Tercera.- CUMPLIMIENTO Encárguese a las Gerencias de Rentas, de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y deTecnologías de Información y de las Comunicaciones, el cumplimiento del presente dispositivo Municipal. Cuarta.- FACULTADES DEL ALCALDE Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementariasnecesarias para la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 00159-1 Establecen disposiciones para la Regularización de Edificaciones sinLicencia de Obra ORDENANZA Nº 129 La Molina, 17 de julio del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINAVisto; en Sesión Ordinaria del 13 de julio del 2006, el Dictamen Nº 009 del 13 de julio del 2006 de la Comisión deAsuntos Jurídicos, mediante el cual recomiendan la aprobación del Proyecto de Ordenanza sobre regularización de edificaciones sin Licencia de Obra; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo integral, sostenible y armonioso de su circunscripción, viabilizan el crecimiento económico e impulsan la justiciasocial; Que, es propósito de este Gobierno Municipal facilitar el acceso a la formalidad de grupos humanos numerososque han realizado edificaciones sin contar con las autorizaciones legales correspondientes; Que, estos vecinos que son parte importante de la realidad urbana de La Molina han creado, a través de los años, una riqueza cuantiosa invirtiendo con gran esfuerzo en la edificación de sus viviendas; inversión que, al nocontar con el respaldo documentario que la formalidad exige, deprecia su valor, no puede ser objeto de fuente de financiamiento y traba el tráfico inmobiliario; Que, es política de la actual Gestión Municipal alentar el desarrollo económico y social del vecindario, reconociendo el importante esfuerzo económico que supoblación ha efectuado en la construcción de sus viviendas, situación que hace necesario establecer un nuevo proceso de regularización de edificaciones en el distrito, queconsidere beneficios adicionales a los inmuebles ubicados en las urbanizaciones en desarrollo y que se precisan en la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los Artículos 9º, numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD y condispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE OBRA Artículo Primero.- CONTENIDO Los propietarios de construcciones que hayan sido edificadas de conformidad con las normas establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones y las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 198 que reglamenta lazonificación en el distrito de La Molina, en terrenos que cuenten con habilitación urbana aprobada, sin licencia de obra hasta la fecha de publicación de la presenteOrdenanza, podrán sanear su situación exonerados del pago de multas y otras sanciones; iniciando el trámite durante la vigencia de esta Norma Legal mediante elprocedimiento de Regularización de Edificaciones, contenido en la Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC y sus normascomplementarias. Artículo Segundo.- ALCANCES DE LA REGULARIZACIÓN El beneficio de la exoneración del pago de multas y demás sanciones, a que se refiere la presente Ordenanza,alcanza el procedimiento enunciado en el Artículo Primero de la presente Norma Legal. La Resolución emitida en base a la presente Ordenanza, con la que la Subgerencia de Obras Privadas, Habilitaciones Urbanas y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano autoriza las Regularizaciones, es título suficiente para quese deje sin efecto las multas y demás sanciones, cualquiera sea el estado en que se encuentren, que hayan sido generadas como producto de las construcciones que seregularizan. Los pagos que, por estos conceptos, se hayan efectuado antes de la vigencia de esta Norma Legal tienencarácter cancelatorio, por lo tanto, no podrán ser objeto de devolución ni compensación. Artículo Tercero.- BENEFICIOS ADICIONALES Los propietarios de los inmuebles que se encuentren ubicados en las zonas que se precisan en este numeral,están exonerados durante la vigencia de esta Ordenanza, del pago de los derechos municipales precisados en los códigos Nºs. 17.01 - Certificados de ParámetrosUrbanísticos y Edificatorios; 17.06 - Regularización de Obras sin Licencia de para Edificaciones a partir del 21 julio de 1999; y, 17.07 - Otorgamientos de Licencia de Obra en víade Regularización, del Texto Único de Procesos Administrativos - TUPA. Estas zonas son: ASENTAMIENTOS: - ASENTAMIENTO HUMANO : MATAZANGO - ASENTAMIENTO HUMANO : LOS PINOS - ASENTAMIENTO HUMANO : VIÑA ALTA - ASENTAMIENTO HUMANO : CERRO ALTO DE LA MOLINA - ASENTAMIENTO HUMANO : LAS HORMIGAS ASOCIACIONES: - ASOCIACIÓN VECINAL: PIEDRA VIVA - ASOCIACIÓN DE PARTICIPANTES DEL PROGRAMA DE VIVIENDA MINERA SAN FRANCISCO - ASOCIACIÓN DE RESIDENTES DE ESTACIÓN EXPERIMENTAL AGRÍCOLA DE LA MOLINA / LADO ESTE. - ASOCIACIÓN DE VIVIENDA ROARDI. COOPERATIVAS: - COOPERATIVA DE VIVIENDA MUSA- LA MOLINA / L.T.D.A- I-II-III Y IV ETAPAS - COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS CONSTRUC- TORES Artículo Cuarto.- ACOGIMIENTO DE EXPEDIENTES EN TRÁMITE Los titulares de procedimientos, sobre regularización de obras, que se encuentren en trámite y hayan sido iniciados antes de la vigencia de la presente Ordenanza,