Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2006 (21/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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LICA DEL P E

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324430

NORMAS LEGALES
LEY Nº 28793

El Peruano viernes 21 de MORDAZA de 2006

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 00279-1

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE PROTECCION, CONSERVACION Y REPOBLAMIENTO DE LAS ISLAS, ROCAS Y PUNTAS GUANERAS DEL MORDAZA
Articulo 1º.- De la declaracion de interes nacional Declarase de interes nacional la proteccion, conservacion y repoblamiento de las islas, rocas y puntas guaneras del pais. Articulo 2º.- Del plazo Encargase al Ministerio de Agricultura para que, en un plazo no mayor de noventa (90) dias, contados a partir del dia siguiente de la fecha de vigencia de la presente Ley, incorpore las islas y puntas guaneras del MORDAZA, como Areas Naturales Protegidas, dentro del Sistema de Areas Naturales Protegidas - SINANPE, en la categoria que corresponda, conforme a lo establecido en los articulos 7º y 22º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas; la extraccion del guano se realizara teniendo en cuenta la sostenibilidad. Articulo 3º.- Del repoblamiento El Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, en coordinacion con el Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento Sostenible de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS y el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, elaborara el Plan de Accion de Emergencia, Conservacion y Repoblamiento que debera ejecutarse en las islas, rocas y puntas guaneras del pais. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesion de Pleno realizada el dia veintiocho de octubre de dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Peru, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 00279-3

LEY Nº 28792
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DEJA SIN EFECTO EL DECRETO SUPREMO Nº 003-2006-SA Y RESTITUYE LA VIGENCIA DE LOS DECRETOS SUPREMOS NUMS. 011-2002-SA Y 015-2002-SA
Articulo 1º.- Del objeto de la Ley Dejase sin efecto el Decreto Supremo Nº 003-2006SA de fecha 3 de marzo de 2006 que aprueba el Reglamento de Concurso para Acceder a los Cargos de Directores de los Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud. Articulo 2º.- Del restablecimiento de la vigencia de los Decretos Supremos nums. 011-2002-SA y 0152002-SA Restituyese la vigencia de los Decretos Supremos nums. 011-2002-SA de fecha 10 de setiembre de 2002 que aprueba el Reglamento de Concurso para Cargos de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud y para Jefaturas de Departamentos y Servicios de los Institutos Especializados, Hospitales y Centros de Salud, y 0152002-SA de fecha 12 de diciembre de 2002 que modifica el Reglamento de Concurso para el Cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesion del Pleno realizada el dia veintitres de marzo de dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Peru, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 00279-2

LEY Nº 28794
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA EL FUNCIONAMIENTO DE UN HOSPITAL REGIONAL EN EL DEPARTAMENTO DE MORDAZA
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Declarase de necesidad y utilidad publica el funcionamiento de un hospital regional en el departamento de Ayacucho.

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