Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2006 (21/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

324442

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 21 de MORDAZA de 2006

Derechos Funcionales Articulo 22º.- Los Congresistas tienen derecho: a) A participar con voz y MORDAZA en las sesiones del Pleno y cuando MORDAZA miembros, en las de la Comision Permanente, de las Comisiones, del Consejo Directivo, de la Junta de Portavoces y de la Mesa Directiva, de acuerdo con las normas reglamentarias. Podran participar con voz pero sin MORDAZA, en las sesiones de cualquier otra comision y de las que no MORDAZA miembros o, siendo integrantes de una de ellas, tengan la calidad de accesitario y el titular se encuentre presente. En las sesiones secretas de la Comision de Inteligencia podran participar los Parlamentarios que no conforman dicha Comision siempre que exista acuerdo mayoritario de sus miembros permanentes y deben guardar secreto de la informacion clasificada de la que tomen conocimiento, aun despues del termino de sus funciones. (...) Reemplazo por el accesitario Articulo 25º.- En caso de muerte o enfermedad que lo inhabilite de manera temporal, por mas de sesenta dias naturales, o permanente o cumpla sentencia condenatoria por delito doloso o sea suspendido, inhabilitado o destituido por el Congreso, en aplicacion de lo que establece y dentro de las condiciones de suspension contempladas en el ar ticulo 100º de la Constitucion Politica, el Congresista sera reemplazado por el accesitario. En el caso de inhabilitacion permanente por enfermedad, el Congresista afectado no dejara de percibir sus haberes durante el periodo parlamentario correspondiente, sin perjuicio de la remuneracion que percibira el accesitario del mismo grupo politico. En caso de MORDAZA penal, si el Congresista ha sido suspendido o esta con detencion y mientras MORDAZA dure, los haberes del Congresista investigado y procesado seran depositados en una cuenta especial; de ser absuelto o no encontrarse lugar a instructiva en su contra, le sera entregada la suma acumulada y recobrara todos sus derechos y, en caso de sentencia condenatoria por delito doloso, revertira al Presupuesto del Congreso. En caso de suspension, el accesitario asume el cargo solo durante el plazo de la misma. Organizacion Parlamentaria Articulo 27º.- La organizacion parlamentaria del Congreso tiene los siguientes organos: a) b) c) d) e) El Pleno. El Consejo Directivo. La Presidencia. La Mesa Directiva. Las Comisiones, que pueden ser ordinarias, de investigacion y especiales.

proporcional al numero de miembros que componen su bancada. Le corresponde: 1. La elaboracion del Cuadro de Comisiones, para su aprobacion por el Consejo Directivo y, posteriormente, por el Pleno del Congreso. 2. La exoneracion, con la aprobacion de los tres MORDAZA de los miembros del Congreso alli representados, de los tramites de envio a comisiones y prepublicacion. En caso de proyectos remitidos por el Poder Ejecutivo con caracter de urgente, estas exoneraciones son aprobadas por la mayoria del numero legal de los miembros del Congreso alli representados. 3. La ampliacion de la agenda de la sesion y la determinacion de prioridades en el debate, todo ello con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de los miembros del Congreso alli representados. 4. Las demas atribuciones que le senale el presente Reglamento. La Presidencia del Congreso Articulo 32º.- El Presidente del Congreso tiene las siguientes funciones y atribuciones: (...) g) Exigir u ordenar a los organos del Gobierno y de la administracion en general, para que respondan los pedidos de informacion remitidos por los Congresistas, de conformidad con lo que dispone el articulo 96º de la Constitucion Politica. De no recibirse respuesta, a los quince dias de remitido el pedido, dispone que uno de los Vicepresidentes lo reitere, en la forma prevista en el articulo 87º del presente Reglamento. Disponer la expedicion del Pasaporte que corresponda a los senores Congresistas a que se refiere la Ley Nº 23274 modificada por el Decreto Legislativo Nº 832, e igualmente a quienes han presidido el Congreso y no tengan impedimento alguno. (...) Las Comisiones. Definicion y Reglas de Conformacion Articulo 34º.- Las Comisiones son grupos de trabajo especializados de Congresistas, cuya funcion principal es el seguimiento y fiscalizacion del funcionamiento de los organos estatales y, en par ticular, de los sectores que componen la Administracion Publica. Asimismo, les compete el estudio y dictamen de los proyectos de ley y la absolucion de consultas, en los asuntos que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o la materia. Cada comision esta integrada por miembros titulares y accesitarios, con excepcion de la Comision de Inteligencia cuyos miembros son titulares y permanentes, no contando con miembros accesitarios. Los miembros accesitarios reemplazan en caso de ausencia, al respectivo titular del mismo grupo parlamentario, para los efectos del computo del quorum y de las votaciones, sin perjuicio de los derechos que les corresponden como Congresistas. El Pleno del Congreso aprueba el cuadro de conformacion de Comisiones dentro de los cinco dias habiles posteriores a la instalacion del periodo anual de sesiones en el mes de MORDAZA, con excepcion de la Comision de Inteligencia que se elige por todo el periodo parlamentario. (...) Clases de Comisiones Articulo 35º.- Existen cuatro clases de comisiones: a) Comisiones Ordinarias; encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Congreso, con prioridad en la funcion legislativa y de fiscalizacion. El Presidente del Congreso, en coordinacion con los Grupos Parlamentarios o previa consulta al Consejo Directivo del Congreso, propone el numero de Comisiones Ordinarias teniendo en cuenta la Estructura del Estado. Sin

Todos los organos del Congreso tienen la obligacion de proporcionar la informacion y asuntos sobre los que conocen y asumen competencia a la institucion parlamentaria. La Presidencia o, en su caso, el Vocero de cada organo, dispone la remision de la informacion sobre la labor que desarrollan los organos que presiden o representan al organo del servicio parlamentario responsable de centralizar, sistematizar, organizar estadisticamente y publicar dicha informacion. Los datos se presentan y organizan segun las pautas conceptuales y criterios operativos aprobados por la Mesa Directiva, segun la propuesta de Oficialia Mayor. La ausencia de dicha implementacion tecnica no enerva el cumplimiento de la presente norma. La Junta de Portavoces Articulo 31º-A.- La Junta de Por tavoces esta compuesta por la Mesa Directiva y por un Portavoz por cada Grupo Parlamentario, quien tiene un MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.