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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 21 de julio de 2006 324445REPUBLICADELPERU grabada, pueden solicitar copia de la parte del Acta que corresponda.Las personas que deben comparecer y seencuentren fuera de la ciudad de Lima o del país,tendrán derecho al reembolso de pasajes y viáticospor cuenta del Congreso, salvo que los Congresistas se trasladen al lugar donde aquellas se encuentren.” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA.- Lo dispuesto en la presente Resolución Legislativa entra en vigencia a partir del 26 de julio de 2006. Publíquese, comuníquese y cúmplase.Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la República 00231-1 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F PCM /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G64/G61/G74/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G35/G2D/G39/G32/G2D/G50/G43/G4D DECRETO SUPREMO Nº 041-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 095-92-PCM expedido el 30 de diciembre de 1992, se autorizó las donaciones y transferencias que en forma definitivaefectuó el Programa 01 - Despacho Presidencial - Palaciode Gobierno, de un lote de 500 unidades de vehículosmotorizados, a favor de diversas organizacionespúblicas e instituciones sociales; Que, de acuerdo con la información contenida en el Oficio Múltiple Nº 045-DP/JCM-DGL-DCP-93, elCertificado Policial de Identificación Vehicular Nº 31007-1, la Póliza de Importación Nº 78011 y la PartidaNº 03019973 del Registro de Personas Jurídicas, cuyascopias obran en el Expediente Nº 200609400 presentado ante la Presidencia del Consejo de Ministros, se aprecia que existe error en el nombre de la entidad receptora dela donación y la marca correcta del vehículo donado,consignados en el Ítem 317 del artículo 1º del DecretoSupremo Nº 095-92-PCM; De conformidad con el inciso 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 26889 - LeyMarco para la Producción y Sistematización Legislativa; DECRETA: Artículo 1º.- Rectificación del Decreto Supremo Nº 095-92-PCM Rectificar el Ítem 317 del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 095-92-PCM de la siguiente manera: N/O CIUDAD CANT. ENTIDAD M ARCA CHASIS MOTOR VALOR RECEPTORA SOLES DE DONACIÓN 317 Lima 1 Comunidad ISUZU KAD527395864 C240286565 14 434,77 Campesina San BartoloméArtículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 00279-20 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G2C/G20/G65/G6E /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G43/G4D RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 193-2006-PCM Lima, 20 de julio de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 246-2003- PCM, de fecha 26 de agosto de 2003, se designó al señor Ramón Barúa Alzamora como miembro del Directorio de la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos, en representación de la Presidenciadel Consejo de Ministros; Que, el señor Ramón Barúa Alzamora ha presentado su carta de renuncia al citado Directorio; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, y Leyes Nºs. 26366 y 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Ramón Barúa Alzamora al cargo de miembro del Directorio de la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos, en representaciónde la Presidencia del Consejo de Ministros, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 0279-24 AGRICULTURA /G4C/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G46/G61/G72/G6D/G61/G63/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G79 /G42/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G55/G73/G6F/G20 /G56/G65/G74/G65/G72/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 529-2006-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 11 de julio de 2006CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional deSanidad Agraria - SENASA, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene, entre otrasfunciones, la de establecer mecanismos de control,registro y fiscalización respecto de insumos de uso animal, así como biológicos y fármacos, igualmente