Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2006 (21/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano viernes 21 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

324443

embargo deben conformarse por lo menos las siguientes Comisiones Ordinarias. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. (...) Agraria. Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera. Comercio Exterior y Turismo. Constitucion y Reglamento. Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Publicos. Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas. Descentralizacion, Regionalizacion y Modernizacion de la Gestion del Estado. Economia. Educacion, Ciencia, Tecnologia, Cultura y Patrimonio Cultural. Energia y Minas. Fiscalizacion y Contraloria. Gobiernos Locales. Inteligencia. Justicia y Derechos Humanos. Juventud y Deporte. Mujer y Desarrollo Social. Presupuesto y Cuenta General de la Republica. Produccion y Pymes. Pueblos Andinoamazonicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecologia. Relaciones Exteriores. Salud, Poblacion, Familia y Personas con Discapacidad. Seguridad Social. Trabajo. Transportes y Comunicaciones. Vivienda y Construccion.

candidatos a los cargos de la Mesa Directiva y para conformar las comisiones y canalizaran la MORDAZA de propuestas legislativas de acuerdo a lo que senala el articulo 76º del presente Reglamento. Los documentos mediante los que se de cuenta de la eleccion de los referidos representantes, deben estar firmados por no menos de la mitad mas uno del numero de miembros que conforman el Grupo Parlamentario. Mociones de Orden del Dia Articulo 68º.- (...) Las mociones de orden del dia pueden ser fundamentadas por su autor por un tiempo no mayor de cinco minutos, y los grupos opositores tienen un minuto cada uno con un MORDAZA de cinco minutos entre todos. Sin embargo, en funcion de la cantidad de asuntos pendientes en la agenda, el Presidente puede senalar un tiempo menor. Su admision a debate requiere el MORDAZA favorable de la mayoria de Congresistas habiles; salvo disposicion constitucional diferente. La admision a debate, en lo que se refiere a la conformacion de Comisiones Investigadoras se rige por lo dispuesto en el articulo 88º del presente Reglamento. Las mociones de saludo de menor importancia se tramitan directamente ante el Consejo Directivo, salvo casos excepcionales, a criterio del Presidente. Etapas del procedimiento legislativo Articulo 73º.- El procedimiento legislativo se desarrolla por lo menos en las siguientes etapas: a) Iniciativa Legislativa; b) Estudio en comisiones; c) Publicacion de los dictamenes en el MORDAZA del Congreso, o en la Gaceta del Congreso o en el Diario Oficial El Peruano; d) Debate en el Pleno; e) Aprobacion por doble votacion; y, f) Promulgacion. Estan exceptuados de este procedimiento los proyectos con tramite distinto, previsto en el presente Reglamento o los que hubieran sido expresamente exonerados del mismo, por acuerdo de la Junta de Portavoces, con el MORDAZA que represente no menos de tres MORDAZA de los miembros del Congreso. Requisitos especiales Articulo 76º.- (...) 2. Las proposiciones de ley o de resolucion legislativa que presentan los Congresistas lo seran a traves del Grupo Parlamentario y requieren del respaldo: 2.1 De la mayoria de sus miembros, en el caso del Grupo Parlamentario conformado por seis (6) Congresistas, o 2.2 De no menos de seis (6) Congresistas en el caso de los Grupos Parlamentarios conformados por un numero de integrantes superior a seis (6) parlamentarios. En ambos casos el Directivo-Portavoz o quien lo reemplace debera certificar dicho respaldo. Cuando son varios los autores, se puede diferenciar entre autor o autores principales y adherentes. Ademas, estas proposiciones de ley o resolucion legislativa: (...) Debate y aprobacion Articulo 78º.- No se puede debatir ningun proyecto de ley que no tenga dictamen, ni ningun dictamen que no MORDAZA sido publicado en el MORDAZA del Congreso, o en la Gaceta del Congreso o en el Diario Oficial El Peruano, por lo menos siete (7) dias calendario MORDAZA de su debate en el Pleno del Congreso, salvo dispensa de uno de estos requisitos o de ambos, aprobada en la Junta de Portavoces, con el MORDAZA que represente

Los Grupos Parlamentarios. Definicion, Constitucion y Registro Articulo 37º.- Los Grupos Parlamentarios son conjuntos de Congresistas que comparten ideas o intereses comunes o afines y se conforman de acuerdo a las siguientes reglas: 1. Los partidos o alianzas de partidos que logren representacion al Congreso de la Republica, constituyen Grupo Parlamentario siempre que cuenten con un numero minimo de seis congresistas. 2. Si no lograran llegar al numero de representantes a que se refiere el inciso anter ior, seran considerados como Grupo Parlamentario Especial solo para los efectos de MORDAZA de proyectos de ley, salvo que se junten dos o mas agrupaciones representadas en el Congreso para constituir Grupo Parlamentario. 3. En ningun caso pueden constituir Grupo Parlamentario separado los Congresistas que pertenezcan a un mismo partido. 4. Cada Grupo Parlamentario aprueba su reglamento interno que obliga a todos sus integrantes. Los Grupos Parlamentarios son registrados en la Oficialia Mayor. Tienen derecho a contar con personal, recursos y ambientes para el desarrollo de sus funciones, en proporcion al numero de sus miembros. Cada Grupo Parlamentario elegira a sus representantes, titulares y suplentes, ante los organos directivos que establezca el Reglamento, dando cuenta por escrito de tales nombramientos a la Oficialia Mayor. Tambien propondran a sus

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.