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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 21 de julio de 2006 324443REPUBLICADELPERU embargo deben conformarse por lo menos las siguientes Comisiones Ordinarias. 1. Agraria. 2. Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.3. Comercio Exterior y Turismo. 4. Constitución y Reglamento. 5. Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos. 6. Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas. 7. Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del Estado. 8. Economía.9. Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural. 10. Energía y Minas.11. Fiscalización y Contraloría. 12. Gobiernos Locales. 13. Inteligencia.14. Justicia y Derechos Humanos.15. Juventud y Deporte.16. Mujer y Desarrollo Social.17. Presupuesto y Cuenta General de la República. 18. Producción y Pymes.19. Pueblos Andinoamazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología. 20. Relaciones Exteriores.21. Salud, Población, Familia y Personas con Discapacidad. 22. Seguridad Social.23. Trabajo.24. Transportes y Comunicaciones.25. Vivienda y Construcción. (...) Los Grupos Parlamentarios. Definición, Constitución y RegistroArtículo 37º.- Los Grupos Parlamentarios son conjuntos de Congresistas que comparten ideas ointereses comunes o afines y se conforman de acuerdo a las siguientes reglas: 1. Los partidos o alianzas de partidos que logren representación al Congreso de la Republica, constituyen Grupo Parlamentario siempre quecuenten con un número mínimo de seiscongresistas. 2. Si no lograran llegar al número de representantes a que se refiere el inciso anterior, serán considerados como Grupo Parlamentario Especial sólo para los efectos de presentación de proyectosde ley, salvo que se junten dos o más agrupacionesrepresentadas en el Congreso para constituirGrupo Parlamentario. 3. En ningún caso pueden constituir Grupo Parlamentario separado los Congresistas que pertenezcan a un mismo partido. 4. Cada Grupo Parlamentario aprueba su reglamento interno que obliga a todos sus integrantes. Los Grupos Parlamentarios son registrados en la Oficialía Mayor. Tienen derecho a contar conpersonal, recursos y ambientes para el desarrollo desus funciones, en proporción al número de sus miembros. Cada Grupo Parlamentario elegirá a susrepresentantes, titulares y suplentes, ante losórganos directivos que establezca el Reglamento,dando cuenta por escrito de tales nombramientos ala Oficialía Mayor. También propondrán a suscandidatos a los cargos de la Mesa Directiva y para conformar las comisiones y canalizarán lapresentación de propuestas legislativas de acuerdoa lo que señala el artículo 76º del presente Reglamento.Los documentos mediante los que se dé cuenta dela elección de los referidos representantes, deben estar firmados por no menos de la mitad más uno del número de miembros que conforman el GrupoParlamentario. Mociones de Orden del Día Artículo 68º.- (...) Las mociones de orden del día pueden ser fundamentadas por su autor por un tiempo no mayorde cinco minutos, y los grupos opositores tienen unminuto cada uno con un máximo de cinco minutosentre todos. Sin embargo, en función de la cantidadde asuntos pendientes en la agenda, el Presidente puede señalar un tiempo menor. Su admisión a debate requiere el voto favorable de la mayoría deCongresistas hábiles; salvo disposición constitucionaldiferente. La admisión a debate, en lo que se refiere ala conformación de Comisiones Investigadoras serige por lo dispuesto en el artículo 88º del presente Reglamento. Las mociones de saludo de menor importancia setramitan directamente ante el Consejo Directivo, salvocasos excepcionales, a criterio del Presidente. Etapas del procedimiento legislativo Artículo 73º.- El procedimiento legislativo se desarrolla por lo menos en las siguientes etapas: a) Iniciativa Legislativa; b) Estudio en comisiones;c) Publicación de los dictámenes en el Portal del Congreso, o en la Gaceta del Congreso o en el Diario Oficial El Peruano; d) Debate en el Pleno;e) Aprobación por doble votación; y,f) Promulgación. Están exceptuados de este procedimiento los proyectos con trámite distinto, previsto en el presenteReglamento o los que hubieran sido expresamenteexonerados del mismo, por acuerdo de la Junta dePortavoces, con el voto que represente no menos detres quintos de los miembros del Congreso. Requisitos especiales Artículo 76º.- (...) 2. Las proposiciones de ley o de resolución legislativa que presentan los Congresistas lo serán a través del Grupo Parlamentario y requieren del respaldo: 2.1 De la mayoría de sus miembros, en el caso del Grupo Parlamentario conformado por seis(6) Congresistas, o 2.2 De no menos de seis (6) Congresistas en el caso de los Grupos Parlamentarios conformados por un número de integrantessuperior a seis (6) parlamentarios. En ambos casos el Directivo-Portavoz o quien lo reemplace deberá certificar dicho respaldo. Cuando son varios los autores, se puede diferenciar entre autor o autores principales yadherentes.Además, estas proposiciones de ley o resoluciónlegislativa:(...) Debate y aprobación Artículo 78º.- No se puede debatir ningún proyecto de ley que no tenga dictamen, ni ningún dictamen queno haya sido publicado en el Portal del Congreso, oen la Gaceta del Congreso o en el Diario Oficial ElPeruano, por lo menos siete (7) días calendario antes de su debate en el Pleno del Congreso, salvo dispensa de uno de estos requisitos o de ambos, aprobada enla Junta de Portavoces, con el voto que represente