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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324788El Peruano domingo 23 de julio de 2006 los Gobiernos Regionales y Locales como condición previa para acceder a la acreditación y, que esresponsabilidad del CND establecer en coordinación con el Gobierno Nacional los requisitos específicos para cada función a transferirse; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, establece las disposiciones aplicables para la formulaciónde los mencionados requisitos específicos y de los indicadores a ser empleados para determinar la procedencia o no de la transferencia de las funcionessectoriales; Que, el CND, mediante Resolución Presidencial Nº 058-CND-P-2006, ha aprobado la Directiva Nº 004-CND-P-2006 a través de la cual se han regulado los procedimientos y plazos aplicables al ciclo del proceso de acreditación del año 2006, señalándose que losrequisitos específicos e indicadores de cumplimiento correspondientes a las Funciones Sectoriales incluidas en el Plan Anual 2006, serán aprobados medianteResolución Presidencial; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del CND, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de julio de 2006,de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 27783 y sus normas modificatorias, la Ley Nº 27867 y sus normas modificatorias y complementarias, el artículo 2ºdel Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, y en uso de las atribuciones dispuestas por la Resolución Presidencial Nº 036-CND-P-2006, Reglamento de Organización yFunciones del Consejo Nacional de Descentralización; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación de los indicadores de cumplimiento y procedimientos de verificación delos requisitos generales de acreditación. Aprobar los indicadores de cumplimiento y los procedimientos de verificación de los requisitos generalesseñalados en el artículo 21.1 del Reglamento de la Ley Nº 28273, aplicables al ciclo del proceso de acreditación del año 2006, los mismos que en el Anexo 1 formanparte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobación de requisitos específicos, indicadores de cumplimiento y procedimientos de verificación de los requisitos específicos de acreditación. Aprobar los requisitos específicos y sus correspondientes indicadores de cumplimiento y los procedimientos de verificación a aplicarse para lacertificación de las funciones sectoriales a ser transferidas a los Gobiernos Regionales, contenidas en el Plan Anual de Transferencias de CompetenciasSectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021- 2006-PCM, los mismos que en el Anexo 2 forman partede la presente Resolución. Artículo 3º.- De la publicación de los Anexos. Los Anexos a que se refieren los artículos precedentes, serán publicados en la página web del CND: http://www.cnd.gob.pe. Artículo 4º.- Requisitos específicos, indicadores de cumplimiento y procedimientos de verificaciónde las funciones contenidas en los Planes Anuales de Transferencia de los años 2004 y 2005. Los requisitos específicos, indicadores de cumplimiento y procedimientos de verificación aprobados mediante las Resoluciones Presidenciales Nº 015-CND- P-2005 y 065-CND-P-2005 aplicables para lacertificación de las funciones comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2004y 2005, respectivamente, mantienen su vigencia para los efectos de la certificación de las funciones sectoriales comprendidas en el ciclo de acreditación del año 2006. Artículo 5º.- De la derogatoria y vigencia. Quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DÍAZ Presidente 00281-1 INDECI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G22/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20 /G42/GE1/G73/G69/G63/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G45/G73/G74/G69/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G22/G20 /G79/G20 /G6C/G61/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61 /G22/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20 /G79/G20 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G20 /G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G45/G73/G74/G69/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 317-2006-INDECI 10 de julio de 2006 Vistos: El Informe Nº 030-2006-INDECI/10.2 del 3.MAY.2006 y el Memorándum Nº 1050-2006/INDECI/10.2 del 14.JUN.2006, ambos de la Dirección Nacional de Prevención, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 19338 y normas modificatorias y ampliatorias se establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es el organismo central, rector y conductor del SINADECI, encargado dela organización de la población, coordinación, planeamiento y control de las Actividades de Defensa Civil, siendo su función la de normar, asesorar, coordinar,orientar, supervisar el planeamiento y la ejecución de la Defensa Civil, a fin de alcanzar sus objetivos y cumplir sus fines de prevenir daños, disminuyendo su magnitud,a través de las medidas de previsión necesarias para reducir los efectos de los desastres y calamidades; Que, en el marco de la normatividad que rige el funcionamiento y la organización del INDECI, la Dirección Nacional de Prevención tiene la función de formular y proponer reglamentos, procedimientos y normastécnicas de prevención frente a desastres supervisando su cumplimiento por los sectores e instituciones que integran el SINADECI; Que, de conformidad con el artículo 61º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional tiene entre sus funciones, el dirigir elSistema Regional de Defensa Civil - SIREDECI, así como organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a losdamnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas; Que, entre las acciones de prevención de desastres a que hace referencia la precitada norma, se encuentra la ejecución de las Estimaciones de Riesgo, que comprende la identificación del peligro, el análisis devulnerabilidad y el cálculo del riesgo; Que, entre los años 2004 y 2005, el INDECI a través de las Direcciones Regionales de Defensa Civil harealizado diversos cursos de Capacitación sobre Estimación del Riesgo, con la finalidad de formar profesionales especialistas, los mismos que han sidoregistrados en los respectivos Gobiernos Regionales; Que, mediante el Informe de Vistos, la Dirección Nacional de Prevención ha recomendado se apruebe elproyecto de Manual para la Estimación del Riesgo y la Directiva de Normas para la Programación y Ejecución de la Estimación del Riesgo que eleva, a fin que losórganos pertenecientes al SINADECI, cuenten con un documento técnico orientador así como un procedimiento uniforme para la ejecución de la Estimación del Riesgo; Que, resulta conveniente aprobar el Manual para la Estimación del Riesgo así como la Directiva de Normas para la Programación y Ejecución de la Estimación delRiesgo propuestas; Con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Prevención y de la Oficina de AsesoríaJurídica;