Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2006 (23/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

Aprueban Reglamento del Fondo de Garantia de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION CONASEV Nº 042-2006-EF/94.10 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2006 VISTOS: Los proyectos de Reglamento del Fondo de Garantia de la Bolsa de Valores de MORDAZA contenidos en los expedientes Nºs 2005025705 y 2006009644, las opiniones recogidas a traves del MORDAZA de consulta ciudadana efectuado a traves del MORDAZA del MORDAZA de Valores y los Memorandos Nº 3324-2005-EF/94.20 y 1959-2006-EF/94.20, presentados por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el articulo 158º del Texto Unico Concordado de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, toda bolsa debe mantener un Fondo de Garantia con la finalidad exclusiva de respaldar hasta el limite de dicho fondo todas las operaciones de las sociedades agentes frente a sus comitentes en relacion con las operaciones y actividades realizadas dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operen en dicha bolsa; Que, el Reglamento del Fondo de Garantia de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion Gerencia General Nº 060-98-EF/94.11, se encuentra vigente desde febrero de 1998, habiendo transcurrido mas de 8 anos de su vigencia; Que, luego de la modificacion de la Ley del MORDAZA de Valores mediante Ley Nº 27649, la cobertura del Fondo de Garantia se amplio respecto de las obligaciones de las sociedades agentes de bolsa frente a sus comitentes en relacion con las operaciones y actividades realizadas dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operen en dicha Bolsa; Que, asimismo, el Reglamento vigente ha sido modificado en cuanto al merito que deben tener las resoluciones para ejecutar el Fondo, asi como tambien resulta necesario efectuar modificaciones en aspectos sustanciales del dispositivo vinculados a los limites de ejecucion del Fondo, la forma como debe calcularse el patrimonio de fondo, el registro de las afectaciones respecto de dicho patrimonio, la prioridad para la reposicion, el plazo para reclamar con cargo a los recursos del Fondo y la preparacion y MORDAZA de la informacion financiera del Fondo, entre otros supuestos; Estando a lo dispuesto en los articulos 7º y 145º de la Ley del MORDAZA de Valores asi como a lo acordado por el Directorio reunido en sesion de fecha 10 de MORDAZA de 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Fondo de Garantia de la Bolsa de Valores de MORDAZA, el cual forma parte de la presente Resolucion y consta de cuatro (4) capitulos, diecinueve (19) articulos y cuatro (4) disposiciones complementarias. Articulo 2º.- Derogar el Reglamento del Fondo de Garantia de la Bolsa de Valores de MORDAZA aprobado por la Resolucion Gerencia General Nº 060-98-EF/94.11. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidente REGLAMENTO DEL FONDO DE GARANTIA DE LA BOLSA DE VALORES DE MORDAZA CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- Naturaleza Juridica y Finalidad.-

El Fondo de Garantia es un patrimonio MORDAZA administrado por la Bolsa de Valores de MORDAZA cuya finalidad exclusiva es establecer un mecanismo de proteccion en favor de los comitentes que realicen operaciones en el MORDAZA de valores, dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operen en dicha Bolsa. El Fondo de Garantia responde por todas las obligaciones de las sociedades agentes frente a sus comitentes derivadas de la realizacion de operaciones y actividades que se realicen en territorio nacional, y que constituyan infracciones a la reglamentacion del MORDAZA de valores, debidamente acreditadas a traves de acto administrativo, resolucion judicial o laudo arbitral. El Fondo de Garantia puede ser ejecutado hasta el limite del mismo acorde con una distribucion razonable y equitativa de sus recursos, segun los criterios y reglas del presente reglamento. Articulo 2º.- Conceptos materia de reposicion por el Fondo.El Fondo sirve para respaldar la obligacion de cargo de las sociedades agentes de bolsa de reponer a sus comitentes, en los casos indicados en el articulo 9º del presente reglamento, lo siguiente: a. Los valores o instrumentos financieros entregados para su venta o que provengan de compras u otras operaciones permitidas por la reglamentacion, efectuadas dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operen en la Bolsa de Valores de Lima; b. El importe entregado para la compra de valores o instrumentos financieros o que provenga de ventas u otras operaciones permitidas por la reglamentacion efectuadas dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operen en la Bolsa de Valores de Lima; c. El importe, los valores o los instrumentos financieros que corresponderian de haberse ejecutado fielmente la orden; d. El importe de los dividendos y demas derechos dejados de percibir que corresponda entregar a los comitentes; y, e. Otros supuestos contemplados por CONASEV. En el supuesto mencionado en literal a), el Fondo de Garantia restituira adicionalmente el importe de los dividendos y demas derechos dejados de percibir por el comitente. En los casos previstos en los literales b), c) y d) la reposicion cubrira adicionalmente el interes legal devengado. La tasa del interes legal aplicable sera la que fija el Banco Central de Reserva del Peru y que publica la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Articulo 3º.- Terminos Para todos los efectos, los terminos que se indican a continuacion tendran en el presente Reglamento el siguiente alcance: Area de Supervision: Area de Supervision de Asociados de la Bolsa de Valores de Lima. Bolsa: Bolsa de Valores de Lima. Comitente: persona natural, persona juridica o patrimonio MORDAZA que es cliente de una sociedad agente de bolsa. CONASEV: Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores. Directorio: Directorio de la Bolsa de Valores de Lima. Dias: Los utiles. Fondo: Fondo de Garantia. Sociedad Agente: Sociedad Agente de Bolsa Patrimonio neto contable: Monto equivalente al activo neto del Fondo; el cual esta determinado por la diferencia del monto total del activo menos el pasivo.

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