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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2006 (23/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324784El Peruano domingo 23 de julio de 2006 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20 /G64/G65 /G47/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G6F/G6C/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN CONASEV Nº 042-2006-EF/94.10 Lima, 21 de julio de 2006 VISTOS: Los proyectos de Reglamento del Fondo de Garantía de la Bolsa de Valores de Lima contenidos en los expedientes Nºs 2005025705 y 2006009644, las opiniones recogidas através del proceso de consulta ciudadana efectuado a través del Portal del Mercado de Valores y los Memorandos Nº 3324-2005-EF/94.20 y 1959-2006-EF/94.20, presentadospor la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por el artículo 158º del Texto Único Concordado de la Ley del Mercado deValores, Decreto Supremo Nº 093-2002-EF , toda bolsa debe mantener un Fondo de Garantía con la finalidad exclusiva de respaldar hasta el límite de dicho fondotodas las operaciones de las sociedades agentes frente a sus comitentes en relación con las operaciones y actividades realizadas dentro y fuera de los mecanismoscentralizados que operen en dicha bolsa; Que, el Reglamento del Fondo de Garantía de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución GerenciaGeneral Nº 060-98-EF/94.11, se encuentra vigente desde febrero de 1998, habiendo transcurrido más de 8 años de su vigencia; Que, luego de la modificación de la Ley del Mercado de Valores mediante Ley Nº 27649, la cobertura del Fondo de Garantía se amplió respecto de las obligaciones de lassociedades agentes de bolsa frente a sus comitentes en relación con las operaciones y actividades realizadas dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operen endicha Bolsa; Que, asimismo, el Reglamento vigente ha sido modificado en cuanto al mérito que deben tener las resoluciones paraejecutar el Fondo, así como también resulta necesario efectuar modificaciones en aspectos sustanciales del dispositivo vinculados a los límites de ejecución del Fondo, laforma como debe calcularse el patrimonio de fondo, el registro de las afectaciones respecto de dicho patrimonio, la prioridad para la reposición, el plazo para reclamar con cargo a losrecursos del Fondo y la preparación y presentación de la información financiera del Fondo, entre otros supuestos; Estando a lo dispuesto en los artículos 7º y 145º de la Ley del Mercado de Valores así como a lo acordado por el Directorio reunido en sesión de fecha 10 de julio de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del Fondo de Garantía de la Bolsa de Valores de Lima, el cual forma parte de la presente Resolución y consta de cuatro (4) capítulos, diecinueve (19) artículos y cuatro (4)disposiciones complementarias. Artículo 2º.- Derogar el Reglamento del Fondo de Garantía de la Bolsa de Valores de Lima aprobado por laResolución Gerencia General Nº 060-98-EF/94.11. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente REGLAMENTO DEL FONDO DE GARANTÍA DE LA BOLSA DE VALORES DE LIMA CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- Naturaleza Jurídica y Finalidad.-El Fondo de Garantía es un patrimonio autónomo administrado por la Bolsa de Valores de Lima cuyafinalidad exclusiva es establecer un mecanismo deprotección en favor de los comitentes que realicenoperaciones en el mercado de valores, dentro y fuera delos mecanismos centralizados que operen en dicha Bolsa. El Fondo de Garantía responde por todas las obligaciones de las sociedades agentes frente a suscomitentes derivadas de la realización de operaciones yactividades que se realicen en territorio nacional, y queconstituyan infracciones a la reglamentación del mercado de valores, debidamente acreditadas a través de acto administrativo, resolución judicial o laudo arbitral. El Fondo de Garantía puede ser ejecutado hasta el límite del mismo acorde con una distribución razonable yequitativa de sus recursos, según los criterios y reglas del presente reglamento. Artículo 2º.- Conceptos materia de reposición por el Fondo.- El Fondo sirve para respaldar la obligación de cargo de las sociedades agentes de bolsa de reponer a suscomitentes, en los casos indicados en el artículo 9º del presente reglamento, lo siguiente: a. Los valores o instrumentos financieros entregados para su venta o que provengan de compras u otrasoperaciones permitidas por la reglamentación,efectuadas dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operen en la Bolsa de Valores de Lima; b. El importe entregado para la compra de valores o instrumentos financieros o que provenga de ventas uotras operaciones permitidas por la reglamentaciónefectuadas dentro y fuera de los mecanismoscentralizados que operen en la Bolsa de Valores de Lima; c. El importe, los valores o los instrumentos financieros que corresponderían de haberse ejecutado fielmente laorden; d. El importe de los dividendos y demás derechos dejados de percibir que corresponda entregar a loscomitentes; y, e. Otros supuestos contemplados por CONASEV. En el supuesto mencionado en literal a), el Fondo de Garantía restituirá adicionalmente el importe de losdividendos y demás derechos dejados de percibir por elcomitente. En los casos previstos en los literales b), c) y d) la reposición cubrirá adicionalmente el interés legaldevengado. La tasa del interés legal aplicable será laque fija el Banco Central de Reserva del Perú y quepublica la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP . Artículo 3º.- Términos Para todos los efectos, los términos que se indican a continuación tendrán en el presente Reglamento elsiguiente alcance: Área de Supervisión: Área de Supervisión de Asociados de la Bolsa de Valores de Lima. Bolsa: Bolsa de Valores de Lima.Comitente: persona natural, persona jurídica o patrimonio autónomo que es cliente de una sociedad agente de bolsa. CONASEV: Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores. Directorio: Directorio de la Bolsa de Valores de Lima. Días: Los útiles. Fondo: Fondo de Garantía.Sociedad Agente: Sociedad Agente de Bolsa Patrimonio neto contable: Monto equivalente al activo neto del Fondo; el cual está determinado por ladiferencia del monto total del activo menos el pasivo.