Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2006 (23/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias de concluido el viaje, los profesionales cuyo viaje se autoriza, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no libero ni exonero del pago de impuesto o derecho aduanero cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 00354-49

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de Emergencia Declarar en situacion de emergencia por el plazo de 120 dias, el sistema de agua potable y alcantarillado del distrito de Cieneguilla. Articulo 2º.- Nivel de Estudios para la ejecucion de obra en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica Para la ejecucion del proyecto de inversion publica "Obras Generales de Alcantarillado para Tambo Viejo y Anexos de Cieneguilla" la viabilidad sera otorgada con un estudio de preinversion a nivel de perfil. Articulo 3º.- Autorizacion de la ejecucion del Proyecto La Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA -SEDAPAL- se encargara de la ejecucion de las obras necesarias para la ejecucion del proyecto de inversion publica "Obras Generales de Alcantarillado para Tambo Viejo y Anexos de Cieneguilla" y de todo aquello que sea necesario para su funcionamiento. Articulo 4º.- Del financiamiento de las obras El Ministerio de Economia y Finanzas transferira los fondos para la ejecucion de la obra a que se refiere el articulo 2º del presente Decreto Supremo. El Gobierno Local podra participar del financiamiento de acuerdo a su disponibilidad presupuestal. Articulo 5º.- Refrendos El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00354-46

VIVIENDA
Declaran en situacion de emergencia el sistema de agua potable y alcantarillado del distrito de Cieneguilla por el plazo de 120 dias
DECRETO SUPREMO Nº 016-2006-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en su calidad de responsable de la prestacion de los servicios de saneamiento, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 del articulo 4º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; mediante Oficio Nº 0272006-A-MDC; solicito se declare en situacion de emergencia la prestacion de los servicios de saneamiento en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 54º de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338; se entiende por estado de emergencia, las situaciones que resulten en desastre como consecuencia de terremotos, sequias, inundaciones, huaycos, epidemias y otros, que afectan en parte significativa todo o parte de los servicios de saneamiento; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal e) del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, corresponde al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en su calidad de Ente Rector del sector, formular, proponer y coordinar con las entidades competentes la ejecucion de politicas de prevencion y mitigacion de riesgos, asi como la declaracion de emergencia correspondiente frente a aquellas situaciones que pongan en peligro inminente la prestacion de los servicios de saneamiento; Que, la MORDAZA disposicion complementaria, transitoria y final de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338; precisa que el ambito de responsabilidad de SEDAPAL comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, correspondiendole a dicha empresa ejecutar las obras de agua potable y alcantarillado en el ambito de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6.4 del articulo 6º de la Resolucion Ministerial Nº 372-2004-EF/ 15, por la que se aprueban la delegacion de facultades para declarar la viabilidad de Proyectos de Inversion Publica, las excepciones para el nivel de estudios de un proyecto de inversion publica, se aprobaran por Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico en base a un informe tecnico sustentatorio elaborado por la Unidad Formuladora y aprobado por la Oficina de Programacion e Inversiones correspondiente;

Aprueban transferencias financieras a favor del Gobierno Regional Amazonas y de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 175-2006-VIVIENDA MORDAZA, 28 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 75º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano , entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento MunicipalesEPS;

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