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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 28 de julio de 2006 325415REPUBLICADELPERU MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G61/G6E/G67/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G73 /G61/G6C/G74/G61/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G73/G20 /G61/G6C/G65/G63/G6F/G74/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA N° 296-2006-MDEA El Agustino, 26 de abril del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO POR CUANTO:El Concejo Municipal de El Agustino, en sesión extraordinaria de fecha 23 de junio del 2004, aprobó elPlan de Desarrollo Integral Concertado de El Agustino 2004-2014; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos IV del título preliminar y 82 del capítulo II, de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicoslocales, Planifican el desarrollo integral, sostenible y armónico de su jurisdicción, regula el uso de los bienes del dominio público, promueven y fomentan además del turismo local, laejecución, prevención, conservación y protección de las áreas naturales y el Patrimonio Cultural de la Nación; Que mediante Informe Nº 001-AMG-MDEA, de fecha 31 de marzo del 2005; se presento el proyecto integral referente a la “Red Turística, Arqueológica, Histórica y Cultural de El Agustino”; Que, en Sesión de Concejo de fecha 15 de diciembre del 2005, se aprobó el Presupuesto Institucional Anual; documento que contiene los proyectos y actividadespriorizadas en el marco del proceso del presupuesto participativo para el año 2006, la misma que establece la ejecución de la primera etapa del Mirador turístico de CatalinaHuanca; Que; mediante Informe Nº 010-2006-GEMU; de fecha 24 de abril del 2006, la Gerencia Municipal señala que esnecesario preservar las zonas adyacentes y circundantes al mirador y la zona Eco-turística de las terrazas de Catalina Huanca, recomendándose la necesidad de que lamunicipalidad realice una demarcación limítrofe entre la reserva ecoturística y el área de expansión urbana con la finalidad de precisar la intangibilidad de estas áreas,permitiendo su protección y conservación, acorde con la actual propuesta técnica de zonificación y el plano Distrital aprobado por Ley Nº 25116; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto unánime del ConcejoMunicipal se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Declarar intangibles a las zonas altas de los cerros adyacentes y circundantes al futuro mirador turístico, así como las zonas altas del A.H. “Las Terrazas de Catalina Huanca”, preservándolas comoáreas de habilitación recreacional y reserva ecológica, destinadas al ecoturismo del distrito. Artículo Segundo.- Encargar la Gerencia de Desarrollo Urbano, la colocación de los hitos limítrofes conforme se señala en el referido proyecto. Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a las demás dependencias participar en la implementación del presente proyecto, de acuerdo a sus respectivascompetencias, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 00531-1MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G31/G2D/G4D/G44/G4D/G4D/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3 /G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2006-MDMM Magdalena del Mar, 26 de julio de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 271-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 12 de julio de 2006, el ConcejoMunicipal estableció el beneficio de regularización de obligaciones tributarias en el distrito de Magdalena del Mar; Que, según el artículo sexto de la referida Ordenanza, la vigencia del beneficio está comprendida desde el día 15 hasta el día 27 de julio del presente año, pudiendo ser extendido el plazo, en todo o en parte, en concordancia conlo dispuesto en su primera disposición complementaria y final, que otorga facultad para que mediante Decreto de Alcaldía se dicten las disposiciones reglamentarias y/ocomplementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 4 de agosto de 2006 la vigencia de la Ordenanza Nº 271-MDMM queestableció el Beneficio de Regularización de Obligaciones Tributarias en el distrito de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras,Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y su difusión al Departamento de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 00486-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G22/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G2C /G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G6F/G20/G44/G65/G66/G75/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G22 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 28 Miraflores, 24 de julio de 2006 EL ALCALDE DE MIRAFLORESCONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 228 publicada el 29 de abril de 2006, se aprobó la "Campaña Promocional de Adquisición de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defunción a través de Internet"; Que, la citada Ordenanza dispone que la adquisición de partidas deberá ser solicitada ingresando a la página web www.miraflores.gob.pe, las mismas que tendrán un valorpromocional de S/. 5.00 (cinco nuevos soles), incluida la entrega a domicilio dentro de Lima Metropolitana, efectuando el pago correspondiente a través de tarjeta de crédito,campaña que duraría 30 días calendario;