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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 29 de julio de 2006 325537REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, modificada por “Ley deReforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización”, Ley Nº 27680, señala que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan laparticipación vecinal en el desarrollo local; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, señala que los GobiernosRegionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto en laGestión Pública. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación yfuncionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; Que, asimismo, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de losservicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Así también el artículo IX establece que el Proceso de PlaneaciónLocal es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, el artículo 53º de la ley precedente señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a laley de la materia, y en concordancia a los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción; Que, el artículo 3º de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, señala que ésta tiene por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto ypromover su ejecución, a través de programas y proyectos, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible.Asimismo, optimizar el uso de los recursos, a través de un adecuado control social en las acciones públicas; Que, el inciso c) del artículo 1º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF , señala que el Presupuesto Participativo es un Procesoque fortalece las relaciones Estado-sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local conla participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos; Que, los Instructivos para el Proceso del Presupuesto Participativo establecen las orientaciones acerca de la debida programación de las actividades del Proceso asícomo las acciones en la mejora de las capacidades de gestión y de la efectiva participación de los agentes participantes en la toma de decisiones en torno aldesarrollo de la localidad; Que, el artículo 1º de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293, señala que la presenteLey se crea con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías ynormas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión; Que, mediante la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva Nº 4-2002-EF/ 68.01 aprobada mediante Resolución Directoral Nº 12- 2002-EF/68.01 señala que los Gobiernos Locales tienenobservancia obligatoria de las normas que regulan el Sistema Nacional de Inversión Pública en la ejecución de Proyectos de Inversión con Recursos Públicos; Que, el Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 186 y su modificatoria, aprobada mediante Ordenanza Nº 187,establecen las normas de constitución, conformación y funcionamiento de las Juntas de Delegados Vecinales; así como también establecen las normas para laelección, vacancia, cumplimiento de obligaciones y goce de derechos de los Delegados Vecinales de Miraflores; Que, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo aprobó por unanimidad la siguiente:ORDENANZA REGLAMENTO DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Título I Normas Generales del Proceso Participativo Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1º.- Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar las diversas acciones y procedimientos a través de lascuales la ciudadanía y la sociedad civil del distrito participan en las actividades del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo. Artículo 2º.- Finalidad. La finalidad de la presente Ordenanza es la de promover la participación y adecuada inclusión de la ciudadanía en la toma de decisiones para alcanzar el desarrollo integral del distrito. Artículo 3º.- Ámbito de aplicación. El presente Reglamento es de aplicación obligatoria en la jurisdicción del distrito de Miraflores y comprende a los ciudadanos, sociedad civil organizada del distrito y las unidades orgánicas competentes del Gobierno Local. Artículo 4º.- Base Legal. - Constitución Política del Perú. Artículo 197º. - Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización. Artículo 17º. - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo IX del Título Preliminar, Artículos Nos. 9º y 53º. - Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo. Artículos Nos. 3º y 6º. - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF - Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Resolución Directoral Nº 11-2006-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 1-2006-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2007”. - Resolución Directoral Nº 12-2002-EF/68.01 que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. - Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 186-MM y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza Nº 187-MM. Capítulo II Definiciones Básicas Para efectos de la correcta comprensión de la presente norma se entiende por: a.Presupuesto Participativo. Es el proceso de participación ciudadana que fortalece las relaciones Estado y sociedad y que conduce al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo local que incluyen la participación de lacomunidad organizada en el proceso de toma de decisiones, en la orientación y destino de los recursos municipales de acuerdo a los lineamientos que se exponenen el Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito. b.Agentes Participantes. Son ciudadanos que participan, con voz y voto en la discusión y toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo. Los Agentes Participantes están conformados por: 1. Alcalde de Miraflores. 2. Regidores de la Municipalidad de Miraflores. 3. Representantes de las organizaciones de la sociedad civil debidamente acreditadas en el ProcesoParticipativo y ante la Municipalidad de Miraflores. 4. Representantes de instituciones públicas y privadas con sede en la jurisdicción de Miraflores.