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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2006 (29/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 105

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 29 de julio de 2006 325521REPUBLICADELPERU /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G46/G69/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G64/G65/G6C/G20 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G4C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20 /G64/G65/G20 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G2D/G20/G50/G41/G41/G47 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 670-2006-MINSA Lima, 24 de julio del 2006Visto, el Informe Nº 001-2006-L-PAAG EN LIQUIDACIÓN/MINSA “Informe sobre el proceso deliquidación del Programa de Administración de Acuerdos de Gestión - PAAG; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, dispuso que los componentes funcionales de los Programas de los Ministerios de Salud: diseño,planeación, normatividad, coordinación, administración, evaluación, control y otros, se asignarán a los órganos competentes, según la naturaleza de sus funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 007-2006-SA modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto SupremoNº 023-2005-SA y, en su artículo 4º faculta al Ministerio de Salud a liquidar o transferir los proyectos y programas a su cargo a los órganos correspondientes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 480-2006/ MINSA, se declaró en liquidación al Programa de Administración de Acuerdos de Gestión - PAAG y se aprobóel Instructivo para la Liquidación de dicho Programa, designándose al responsable del proceso de liquidación mediante la Resolución Ministerial Nº 490-2006/MINSA; Que, el Informe Nº 001-2006-L-PAAG EN LIQUIDACIÓN/MINSA “Informe sobre el proceso de liquidación del Programa de Administración de Acuerdosde Gestión - PAAG da por cumplido el mandato de la Resolución Ministerial Nº 480-2006/MINSA, habiéndose procedido a la liquidación y realizado las transferenciasdel PAAG en los términos señalados en dicho Informe, requiriéndose la culminación de los procesos correspondientes al balance final, la conciliación decuentas, así como la presentación de toda la documentación que sustente su consistencia y de los formatos de cierre a la Dirección Nacional dePresupuesto Público y la Contaduría Pública, órganos rectores en materia presupuestal y contable; Que, en el acápite 3.3 del Instructivo del Proceso de Liquidación aprobado por Resolución Ministerial Nº 480- 2006/MINSA, se regulan las acciones del proceso de liquidación a cargo de un responsable, las que, alvencimiento del plazo establecido deben culminar ante la Unidad Ejecutora receptora 001 del Ministerio de Salud, con la participación directa del Liquidador, así comocon la participación de las personas que brindaron servicios para el PAAG, para lo cual se debe encargar la supervisión de la culminación de esos procesos de cierrey extinción formal del PAAG, en la Oficina General de Administración que actúa como entidad receptora, designándose a las personas que acompañarán, bajoresponsabilidad, dicho proceso incluyendo la entrega de toda la información documental; Que, con las visaciones de la Oficina General de Administración, la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el inciso l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar, con eficacia al 8 de julio de 2006, el plazo para la presentación del Informe Final que debe presentar el responsable del proceso de Liquidacióndel Programa de Administración de Acuerdos de Gestión - PAAG, por el término de 60 días. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina General de Administración, la supervisión del proceso de culminaciónde las acciones de transferencia correspondientes a los literales d), f), h), y k) del Instructivo para la Liquidación del PAAG, aprobado por Resolución Ministerial Nº 480- 2006/MINSA, las mismas que continuarán a cargo delresponsable del proceso de liquidación, designado mediante la Resolución Ministerial Nº 490-2006/MINSA. Artículo 3º.- Designar como integrantes de los equipos de trabajo y de apoyo al responsable del proceso de liquidación del PAAG que llevarán a cabo la culminación de los procesos enunciados en el artículoprecedente, a las siguientes personas: - César Romero Pacora, responsable del Proceso de Liquidación del PAAG. - Juan Jáuregui Valer - Domingo Cayo Espino- Henry Pando Ávalos - Jadis Apumayta Barahona - Ingrid Pierrend Alvarez- Fiorella Escattolon Ortega - Rina Magallanes Cortez - Hugo Tellez Chacón- Miguel Patazca Delgado - Jesús Alfonso López Córdova - Víctor Raúl Carrasco Herrera- Oscar Almerco Chamorro - Maria del Carmen Gabulle Huamán - Oswaldo Carrasco Buitrón- Juan Fernando Raymondi Chumbemuni - Mario Velásquez Castillo - Miguel Manyari Olascuaga- Eduardo Nagahata Nagahata - Alfredo Bautista Vítor Artículo 4º.- Las personas designadas en el acápite precedente, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones contractuales vigentes, deberán presentaral responsable del proceso de liquidación del PAAG, toda la documentación requerida para sustentar la consistencia y razonabilidad de la información financieracontable, debidamente conciliada, para concluir el Balance Final de Cierre, así como hacer entrega del acervo documental del PAAG; asimismo, deberánelaborar la información a ser remitida a los órganos rectores de contabilidad y presupuesto nacional; comunicando el cierre de las operaciones del PAAG alas entidades bancarias, proveedores y demás personas y entidades correspondientes. Artículo 5º.- Facultar a la Oficina de Logística a efectuar las acciones correspondientes dentro del ámbito de su competencia para el cumplimiento de la presente resolución ministerial. Artículo 6º.- El responsable del proceso de liquidación presentará a la Oficina General de Administración, el Informe Final de Liquidación,adjuntando el proyecto de resolución ministerial que declara la extinción del PAAG, para su remisión al Despacho Ministerial. Artículo 7º.- Déjense sin efecto las normas que se opongan a la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 00484-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 687-2006/MINSA Lima, 25 de julio del 2006 Visto el Oficio N° 0354-2005-OGC/MINSA, de la Oficina General de Comunicaciones, mediante el cual se solicita la aprobación de la “DIRECTIVA ADMINISTRATIVA PARA LA PUBLICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓNEN EL PORTAL DEL MINISTERIO DE SALUD”;